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29 NORMAS LEGALES Viernes 12 de noviembre de 2021 El Peruano / Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de diciembre de 2016. 2 La Resolución del Consejo Directivo que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad fue materia de una enmienda, resuelta a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 012-2018-SUNEDU/CD del 31 de enero de 2018, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 7 de febrero de 2018. 3 Ingresado mediante RTD N° 045456-2021-SUNEDU-TD. 4 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores (…) 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 5 Ingresado mediante RTD N° 011706-2016-SUNEDU-TD del 17 de mayo de 2016. 6 Ingresado mediante RTD N° 022496-2016-SUNEDU-TD del 31 de agosto de 2016. 7 Ingresado mediante RTD N° 024132-2016-SUNEDU-TD del 19 de septiembre de 2016. 2010469-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen medidas administrativas en el Distrito Judicial del Santa y dictan diversas disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000369-2021-CE-PJ Lima, 11 de noviembre del 2021 VISTO: El O fi cio N° 000568-2021-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; remitiendo el Informe N° 000101-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa solicitó la ampliación de competencia funcional del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio con turno abierto, a fi n de apoyar en la descarga de los procesos de corrupción de funcionarios, que es la carga pendiente más representativa que tiene el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria del referido Distrito Judicial. Segundo. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es un órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo que tiene entre sus funciones, emitir opinión técnica respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el Nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del antiguo modelo. Tercero. Que, al respecto, la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante O fi cio N° 000568-2021-ST-UETI-CPP-PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000101-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, en el cual se analizó la propuesta de la Corte Superior de Justicia del Santa para la ampliación de competencia funcional del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio con turno abierto. Al respecto, se concluyó que se debería otorgar viabilidad a la propuesta presentada, sustentada en la necesidad que el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, conozca y tramite en etapa de investigación preparatoria los procesos seguidos respecto a los delitos de corrupción de funcionarios con la misma competencia territorial que el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de la especialidad de Delitos de Corrupción de Funcionarios del mismo distrito y provincia, toda vez que permitirá incrementar progresivamente los ingresos al 6° Juzgado Penal Unipersonal de la especialidad de Delitos de Corrupción de Funcionarios; lo que incidirá en su nivel resolutivo y alcanzar el estándar de producción. Cuarto. Que, por lo expuesto en el referido informe y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1410-2021 de la sexagésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de noviembre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por tener que asistir a una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer en el Distrito Judicial del Santa, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas: a) Ampliar la competencia funcional del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio para el conocimiento de los procesos de investigación preparatoria de la especialidad de corrupción de funcionarios del Distrito Judicial del Santa; con la misma competencia territorial que el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa. b) Renombrar al Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, en Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa.