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71 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo Segundo: ENCARGAR, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para que cumpla con realizar la Publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de esta Casa Superior de Estudios. Artículo Tercero: DISPONER, que la vigencia del Estatuto aprobado en el Artículo Primero de la presente resolución, será desde el día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto: DEROGAR, la Resolución de Comisión Organizadora Nº 008-2020-UNISCJSA que aprobó el Estatuto de la “Universidad Nacional lntercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa”, así como toda disposición que se oponga a la presente. Artículo Quinto: REMITIR, la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU y a la Fundación Intercultural para el Desarrollo “FUIDES”, para su conocimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo Sexto: DISPONER, el cumplimiento y acatamiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa. Artículo Séptimo: DISPONER, que el Secretario General remita copia de la presente Resolución a la Presidencia de Comisión Organizadora, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración y dependencias Administrativas y Académicas correspondientes, para su conocimiento y fi nes de Ley. Artículo Octavo: ENCÁRGUESE, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa”. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MOISES RONALD VASQUEZ CAICEDO AYRAS Presidente 2015282-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santo Toribio, provincia de Huaylas, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0896-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021091657 SANTO TORIBIO - HUAYLAS - ÁNCASHVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADO Lima, ocho de noviembre de dos mil veintiunoVISTO: el Ofi cio Nº 99-2021-MDST/A, presentado el 24 de setiembre de 2021, por don Álvaro Cairo Pérez Reyes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santo Toribio, provincia de Huaylas, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), mediante el cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que se declaró la vacancia del regidor don Augusto Luis Alva Martínez (en adelante, señor regidor), por las causas de ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal, e inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones de concejo municipal ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contempladas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. A través del O fi cio Nº 99-2021-MDST/A, el señor alcalde adjuntó, entre otros, los siguientes documentos:a. Solicitud de vacancia, presentada por doña Juana Máxima Príncipe Conde, del 8 de agosto de 2021. b. Citación de la “Convocatoria a Sesión Extraordinaria de Concejo municipal Nº 08-2021-MDST”, con la cual se cita al señor regidor a la sesión extraordinaria, del 19 de agosto del 2021. c. Carta Nº 33-2021-MDST/SG, del 10 de agosto de 2021, a través de la cual se le corre traslado al señor regidor de la solicitud de vacancia presentada en su contra. d. Acta de Noti fi cación, del 10 y 11 de agosto de 2021, por medio de la cual se le noti fi ca al señor regidor la Carta Nº 33-2021-MDST/SG. e. Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 08- 2021-MDST, del 19 de agosto de 2021, en la que se trató la solicitud de vacancia presentada en contra del señor regidor. f. Acuerdo de Concejo Nº 44-2021-MDST/A, del 20 de agosto de 2021, que formalizó la decisión municipal de vacar al señor regidor. g. Acta de Noti fi cación, del 25 y 26 de agosto de 2021, a través de la que se le noti fi có al señor regidor el Acuerdo de Concejo Nº 044-2021-MDST. h. Constancia de Acto Firme, del 21 de setiembre de 2021. i. Comprobante de pago por trámite de candidato no proclamado. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.1. Los literales j y u del artículo 5 establecen como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. […]u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos. En la LOM1.2. El tercer y cuarto párrafo del artículo 13 señalan lo siguiente: Artículo 13.- Sesiones del concejo municipal […]En la sesión extraordinaria solo se tratan los asuntos prefi jados en la agenda; tiene lugar cuando la convoca el alcalde o a solicitud de una tercera parte del numero legal de sus miembros. En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la petición, puede hacerlo el primer regidor o cualquier otro regidor, previa notifi cación escrita al alcalde. Entre la convocatoria y la sesión mediará cuando menos un lapso de 5 (días) hábiles. 1.3. Los numerales 4 y 7 del artículo 22 dispone que:Artículo 22.- Vacancia del cargo de alcalde o regidor […] 4. Ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal. […]7. Inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses. 1.4. El artículo 23 prescribe: Artículo 23.- Procedimiento de declaración de vacancia del cargo de alcalde o regidor