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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (15/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / mrm = 1,3017 UIT * n Donde: mrm = Multa anual expresada en UIT. n = Número de veces que el Titular remitió fuera de plazo, hasta con 5 días útiles de atraso en un año calendario, el reporte de avance mensual del PI (se entiende año calendario el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre). II. MULTA POR REMITIR FUERA DE PLAZO LA INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOLICITADA. Por no cumplir con proporcionar la información requerida por Osinergmin en los plazos solicitados específicamente por escrito, de acuerdo a lo previsto en el ítem IV del cuadro consignado en el artículo 7 del Procedimiento. Las sanciones se calcularán anualmente. Para ello, se tomará en cuenta la evaluación que efectuará Osinergmin de cada uno de los requerimientos efectuados y la respuesta a dichos requerimientos, remitidos por el Titular en el año calendario transcurrido. El monto de la multa anual expresada en UIT para cada empresa en caso de incumplimiento, se calcula mediante la siguiente fórmula: m inf = 1,3017 UIT * n Donde: minf = Multa anual expresada en UIT. n = Número de veces que el Titular remitió fuera de plazo la información especí fi ca solicitada en un año calendario (se entiende año calendario el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre). III. MULTA POR PRESENTAR INFORMACIÓN INEXACTA O INCOMPLETA. Por presentar a Osinergmin información inexacta o incompleta por medio electrónico o físico, según corresponda, de acuerdo a lo previsto en el cuadro consignado en el artículo 7 del Procedimiento. Las sanciones se calculan anualmente, evaluando de forma mensual los reportes mensuales y/o la información especí fi ca remitidos por el Titular. El monto de la multa anual expresada en UIT para cada empresa en caso de incumplimientos, se calcula mediante la siguiente fórmula: m inex = 1,3017 UIT * n Donde: minex = Multa anual expresada en UIT. n = Número de veces que el Titular presentó información inexacta o incompleta en un año calendario (se entiende año calendario el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre). IV. MULTA POR NO PRESENTAR EL REPORTE DE AVANCE MENSUAL DEL PLAN DE INVERSIONES Y/O NO REMITIR LA INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOLICITADA. Por no presentar la información requerida por Osinergmin, según corresponda, de acuerdo a lo previsto en el ítem I y IV del cuadro consignado en el artículo 7 del Procedimiento. Las sanciones se calculan anualmente, evaluando de forma mensual los incumplimientos. Se considera también como no presentada cuando el reporte mensual y/o la información especí fi ca requerida se presenta con más de 5 días útiles de retraso. El monto de la multa anual expresada en UIT para cada empresa en caso de incumplimientos, se calcula mediante la siguiente fórmula:m noinf = 1,4110 UIT * n Donde: mnoinf = Multa anual expresada en UIT. n = Número de veces que el Titular no presentó el reporte mensual del PI y/o no remitió la información especí fi ca solicitada en un año calendario (se entiende año calendario el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre). V. MULTA POR NO CUMPLIR CON PONER EN SERVICIO ALGÚN ELEMENTO EN EL PLAZO PREVISTO EN EL PLAN DE INVERSIONES VIGENTE. Por no cumplir con poner en Operación Comercial algún Elemento en el plazo previsto en el Plan de Inversiones vigente. Las sanciones se calcularán anualmente. Para ello, se tomará en cuenta la evaluación que efectuará Osinergmin de cada uno de los reportes mensuales, la información especí fi ca remitida por el Titular; así como las inspecciones in situ efectuadas por Osinergmin en el año calendario transcurrido. El monto de la multa anual expresada en UIT para cada empresa en el caso de incumplimientos se calcula mediante la siguiente fórmula: ŵŶŽĐсσ௡ ௜ୀଵϬ͕ϬϬϬϮh/dΎĨΎD ŝ Donde: mnoc = Multa anual expresada en UIT. f = Factor de atraso cuyo valor es: Hasta 15 días: 0,0150 de 16 hasta 30 días: 0 ,0302 de 31 hasta 45 días: 0,0457 de 46 hasta más: 0,0613 respectivamente, en la Puesta en Servicio del Elemento. CMi = Costo en S/. según módulo vigente del Elemento en atraso. n = Número de elementos atrasados en un año calendario (se entiende año calendario el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre) . En caso no se ponga en servicio el elemento en la fecha prevista en el Plan de Inversiones, se efectuará la evaluación del impacto sobre la demanda en cada caso, cuyas consecuencias serán tomadas en cuenta en forma adicional al momento de graduar la multa. VI. MULTA POR NO CUMPLIR CON SOLICITAR LA SUSCRIPCIÓN DE LAS ACTAS DE VERIFICACIÓN DE ALTA Y/O DE VERIFICACIÓN DE BAJA EN EL PLAZO PREVISTO. Por no cumplir con solicitar la Suscripción de las Actas de Veri fi cación de Alta y/o Acta de Veri fi cación de Baja en el plazo previsto en los ítems II y III del cuadro consignado en el artículo 7 del Procedimiento. Las sanciones se calcularán anualmente. Para ello, se tomará en cuenta la evaluación que efectuará Osinergmin de las solicitudes presentadas por el Titular; así como las inspecciones in situ efectuadas por Osinergmin en el año calendario transcurrido. El monto de la multa anual expresada en UIT para cada empresa en el caso de incumplimientos se calcula mediante la siguiente fórmula: m nsa = 0,6508 UIT * n Donde: mnsa = Multa anual expresada en UIT. n = Número de solicitudes de suscripción de las Actas de Veri fi cación de Alta y/o Acta de Veri fi cación de Baja remitidas fuera de plazo en un año calendario (se entiende año calendario el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre).