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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, mediante Resolución Suprema Nº 068-2016- RE, de 26 de abril de 2016, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Australia, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante República de Fiji, con residencia en Canberra, Australia; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Australia. Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Nueva Zelanda, con residencia en Canberra, Australia. Artículo 3.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea, con residencia en Canberra, Australia. Artículo 4.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante República de Fiji, con residencia en Canberra, Australia. Artículo 5.- La fecha de término de funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 6.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 7.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 8.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 9.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 1992708-7 Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2021-RE Lima, 16 de setiembre de 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 302-2015-RE, de 21 de diciembre de 2015, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Hernán Garro Gálvez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos; Que mediante Resolución Ministerial Nº 1181-2015- RE, se fi jó el 1 de enero de 2016, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Hernán Garro Gálvez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2.- La fecha de término de funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 1992708-8 Pasan a la situación de retiro a Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 120-2021-RE Lima, 16 de setiembre de 2021 VISTO:El Informe (OAP) Nº 223/2021, de 6 de setiembre de 2021, de la O fi cina de Administración de Personal, de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0272- 2016-RE, se dispuso pasar a la situación de disponibilidad, a su solicitud, a la Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Aída Elsa Arce Solari, a partir del 31 de agosto de 2016; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0672- 2019-RE, se dispuso extender el pase a la situación de disponibilidad a la citada funcionaria diplomática, hasta por un plazo máximo de dos años, a partir del 31 de agosto de 2019; Que, la situación de disponibilidad es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado temporalmente de la situación de actividad, entre otros motivos, a su solicitud, debidamente fundamentada y aprobada por el Jefe del Servicio Diplomático, conforme establece el artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; Que, el artículo 39 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y modi fi catorias,