NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 47
47 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Aprueban la Directiva Nº 00002-2021/ SBN, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certificación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales” RESOLUCIÓN Nº 0078-2021/SBN San Isidro, 14 de setiembre de 2021VISTOS:El Informe Nº 00176-2021/SBN-DNR-SDNC de fecha 09 de septiembre de 2021, de la Subdirección de Normas y Capacitación; el Memorando N° 00600-2021/SBN-DNR de fecha 10 de septiembre de 2021, de la Dirección de Normas y Registro; el Informe Nº 00738-2021/SBN-OPP de fecha 10 de septiembre de 2021, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00265-2021/SBN-OAJ de fecha 13 de septiembre de 2021, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los predios estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y e fi ciente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como ente rector. Que, en el artículo 34 del mencionado TUO, se establece que el ente rector brinda capacitación permanente al personal técnico a cargo de la administración de los predios estatales; asimismo, en el artículo 37 se prevé que los funcionarios y servidores encargados de las actividades relativas a la gestión de bienes estatales que, en razón de sus funciones, intervienen directamente en la aplicación de las normas del SNBE, deben ser profesionales y técnicos debidamente certi fi cados. Adicional a ello, se señala que la SBN administra la base de datos de los profesionales y técnicos que cuenten con dicha certi fi cación; Que, por su parte, en el artículo 51 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, se señala que la SBN realiza el desarrollo de capacidades del personal de las entidades encargado de las actividades relativas a la gestión de los predios estatales, a través de la capacitación y la asistencia técnica, para lo cual aprueba y ejecuta anualmente un plan de capacitación; asimismo, en el numeral 52.5 del artículo 52 se indica que el procedimiento de certi fi cación es el establecido en las Directivas que emite la SBN; Que, mediante la Directiva Nº 003-2015/SBN, denominada “Procedimientos para la capacitación y certi fi cación de profesionales y técnicos en la gestión de bienes estatales”, aprobada por la Resolución Nº 077-2015/SBN y modi fi cada por las Resoluciones Nº 097-2018/SBN y Nº 064-2020/SBN, se regula la ejecución de la función de capacitación que desarrolla la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como el procedimiento de certi fi cación de profesionales y técnicos que intervienen directamente en la aplicación de las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se señala que los títulos habilitantes emitidos tienen vigencia indeterminada, salvo que por ley o decreto legislativo se establezca un plazo determinado de vigencia; y, dispone que cuando la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fi scalización, podrá dejar sin efecto el título habilitante; Que, a partir de las nuevas disposiciones contempladas en el Reglamento de la Ley Nº 29151, entre las que destacan el establecimiento de la función de desarrollo de capacidades, a cargo de la SBN, que comprende tanto la capacitación como la asistencia técnica al personal de las entidades, encargado de las actividades relativas a la gestión de predios estatales, así como a la vigencia indeterminada de la certi fi cación de profesionales y técnicos en predios estatales, conforme a lo previsto en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta necesaria la emisión de una nueva directiva que comprenda tales modi fi caciones; Que, conforme a lo señalado en el Informe Nº 00176- 2021/SBN-DNR-SDNC de fecha 09 de septiembre de 2021, emitido por la Subdirección de Normas y Capacitación, que cuenta con la conformidad de la Dirección de Normas y Registro otorgada mediante el Memorándum Nº 00600-2021/SBN-DNR de fecha 10 de septiembre de 2021, se propone y sustenta la emisión de la Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certi fi cación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales”; asimismo, señala que el mencionado proyecto de directiva recoge los aportes y sugerencias realizados por la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, Procuraduría Pública y el Ámbito de Tecnología de la Información; Que, a través del Informe N° 00738-2021/SBN-OPP de fecha 10 de septiembre de 2021, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certi fi cación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales” e indica que se debe continuar con el trámite para su aprobación; Que, con el Informe N° 00265-2021/SBN-OAJ de fecha 13 de septiembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Subdirección de Normas y Capacitación, en el ámbito de sus competencias previstas en el literal a) del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, a través del Informe N° 00176-2021/SBN-DNR-SDNC, ha propuesto y sustentado el proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certi fi cación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales”, en atención a los cambios normativos efectuados con la emisión del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, por lo que corresponde derogar la Resolución Nº 077- 2015/SBN, de fecha 26 de noviembre de 2015, que aprueba la Directiva Nº 003-2015/SBN denominada “Procedimientos para la capacitación y certi fi cación de profesionales y técnicos en la gestión de bienes estatales”, la cual ha quedado desfasada, así como las Resoluciones Nº 097- 2018/SBN de fecha 27 de diciembre de 2018 y Nº 0064-2020/SBN de fecha 11 de setiembre de 2020, que la modi fi can; además, indica que el mencionado proyecto de Directiva cumple con las formalidades previstas en la Directiva N° 002-2017/SBN “Disposiciones para la emisión de documentos normativos en la SBN”, aprobada por la Resolución N° 051-2017/SBN, al contar con la estructura básica para la emisión de directivas, así como con el informe sustentatorio y la opinión técnica favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar una nueva Directiva que regule el procedimiento de desarrollo de capacidades que realiza la SBN, dirigido al personal de las entidades encargado de las actividades relativas a la gestión de los predios estatales, a través de la capacitación y asistencia técnica referidas a las normas del SNBE, normas complementarias y conexas, así como a la gestión de la propiedad predial estatal; y el procedimiento de certi fi cación de los profesionales y técnicos encargados de las actividades relativas a la gestión de predios estatales que, en razón de sus funciones, intervienen directamente en la aplicación de las normas del SNBE;