NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 48
48 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Normas y Registro, la Subdirección de Normas y Capacitación y la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA; el Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA; y el literal b) y r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Directiva sobre Desarrollo de Capacidades y certi fi cación de profesionales y técnicos Apruébese la Directiva Nº 00002-2021/SBN, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Capacidades y Certi fi cación de Profesionales y Técnicos encargados de la Gestión de Predios Estatales”. Artículo 2.- Derogación de la Directiva Nº 003-2015/ SBN Deróguese la Resolución Nº 077-2015/SBN, de fecha 26 de noviembre de 2015 que aprueba la Directiva Nº 003-2015/SBN “Procedimientos para la capacitación y certi fi cación de profesionales y técnicos en la gestión de bienes Estatales”, así como las Resoluciones Nros. 097-2018/SBN de fecha 27 de diciembre de 2018 y 064-2020/SBN de fecha 11 de setiembre de 2020 que la modi fi can. Artículo 3.- Difusión y publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional de la SBN (www.sbn.gob.pe), el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional de Bienes Estatales 1991755-1 Designan Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales RESOLUCIÓN Nº 0079-2021/SBN San Isidro, 16 de setiembre de 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 089-2017/SBN de fecha 24 de noviembre de 2017, se designó a partir del 27 de noviembre de 2017, al señor Jaime Eduardo López Endo en el cargo de con fi anza de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Con el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 089- 2017/SBN de fecha 24 de noviembre de 2017. Artículo 2.- DESIGNAR a la señora JAQUELINE GUADALUPE PERALES OLANO, en el cargo de confi anza de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.sbn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA Superintendenta Nacional de Bienes Estatales 1992596-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban el Mandato Complementario que incorpora nuevas condiciones técnicas y económicas al Mandato de Acceso entre Dolphin Mobile S.A.C. y Entel Perú S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 169-2021-CD/OSIPTEL Lima, 14 de setiembre de 2021 MATERIA :Mandato Complementario de Acceso de Operador Móvil Virtual ADMINISTRADOS : Dolphin Mobile S.A.C. / Entel Perú S.A. EXPEDIENTE N° : 00001-2021-CD-DPRC/MOV VISTOS: (i) La solicitud presentada por Dolphin Mobile S.A.C. (en adelante, DOLPHIN MOBILE), para la emisión de un mandato complementario de Acceso de Operador Móvil Virtual que incorpore nuevas condiciones técnicas y económicas, que le permitan desarrollar una nueva oferta comercial como Operador Móvil Virtual Full, al Mandato de Acceso aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 093-2017-CD/OSIPTEL, entre la solicitante y Entel Perú S.A. (en adelante, ENTEL); y, (ii) El Informe Nº 00136-DPRC/2021 de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda la aprobación del mandato al que se re fi ere el numeral precedente; con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332 y sus modi fi catorias, establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y los mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o las actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, en el ámbito de su aplicación, la Ley Nº 30083 – Ley que Establece Medidas para Fortalecer la Competencia en el Mercado de los Servicios Públicos Móviles (en adelante, Ley Nº 30083) tiene por objeto fortalecer la competencia, dinamizar y expandir el mercado de servicios públicos móviles, mediante la inserción de los denominados operadores móviles virtuales (en adelante, OMV), cuya operación es de interés público y social;