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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 17 de setiembre de 2021 El Peruano / JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulidad de lo actuado hasta citación dirigida a alcalde de la Municipalidad Provincial de Bellavista, departamento de San Martín, referido a procedimiento de vacancia RESOLUCIÓN Nº 0811-2021-JNE Expediente Nº JNE.2020032326 BELLAVISTA - SAN MARTÍNVACANCIATRASLADO Lima, seis de setiembre de dos mil veintiunoVISTOS: los actuados del procedimiento de vacancia seguido en contra de don Éduar Guevara Gallardo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Bellavista, departamento de San Martín (en adelante, señor alcalde), por la causa de infracción a las restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Primero. ANTECEDENTES 1.1. Mediante el escrito presentado el 28 de octubre de 2020, don Martín Ignacio Castro Cárdenas (en adelante, señor recurrente) solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el traslado de su solicitud de vacancia en contra del señor alcalde, por la causa de infracción a las restricciones de contratación, prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la LOM. 1.2. Con el Auto Nº 1, del 29 de octubre de 2020, se requirió al señor recurrente que presente el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente, el cual se realizó el 9 de noviembre de 2020. Por ello, con el Auto Nº 2, del 10 de noviembre de 2020, se trasladó la solicitud de vacancia al concejo municipal 1. 1.3. Posteriormente, el 16 de diciembre de 2020, don Wílder Vásquez Huanca, gerente municipal de la entidad edil, informó que, a través de un escrito presentado por los regidores del concejo, tomó conocimiento sobre la existencia de la solicitud de vacancia y del Auto Nº 2; sin embargo, a dicha fecha, no había sido noti fi cado con el referido auto y sus anexos. 1.4. En efecto, de acuerdo con lo expuesto en el Memorando Nº 0546-2020-SC-DGRS/JNE, del 21 de diciembre de 2020, la empresa Mito Courier S. A. C. comunicó la pérdida de las cédulas de noti fi cación del Auto Nº 2 y sus anexos, dirigidas al gerente municipal y al alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial de Bellavista. En razón de ello, se dispuso nuevamente el diligenciamiento del precitado auto, lo que se produjo el 8 de enero de 2021, tal como consta en los cargos de notifi cación 2. 1.5. Luego, con el escrito del 14 de enero de 2021, don Víctor Manuel Mendoza Amasifuén, regidor del concejo municipal, solicitó su adhesión al pedido de vacancia (en adelante, señor adherente). 1.6. Con los escritos presentados el 12 de febrero de 2021, el señor adherente informó que: a. Mediante carta notarial, el 22 de enero de 2021, los miembros del concejo municipal requirieron al señor alcalde que, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, convoque a la sesión extraordinaria de concejo para resolver el pedido de vacancia presentado en su contra. Asimismo, le indicaron que, en caso de incumplimiento, procederían conforme a lo establecido en el artículo 13 de la LOM. b. Ante el incumplimiento del señor alcalde, a través de cartas notariales diligenciadas el 3 y el 5 de febrero de 2021, don William Arévalo Saboya, primer regidor de la comuna, convocó al señor alcalde y a los miembros del concejo a la sesión extraordinaria de concejo para el 12 de febrero de 2021, a fi n de resolver el pedido de vacancia.1.7. El 22 de febrero de 2021, doña María Rodríguez Ramírez solicitó la adhesión al pedido de vacancia (en adelante, señora adherente). Luego, el 26 de febrero de 2021, la señora adherente informó que, en la sesión extraordinaria de concejo del 22 de febrero de 2021, no se emitió pronunciamiento sobre la aprobación o el rechazo de su solicitud de adhesión. 1.8. Por medio del O fi cio Nº 01592-2021-SG/JNE, publicado el 23 de abril de 2021, se solicitó al señor alcalde que remita documentación vinculada al trámite del procedimiento de vacancia seguido en su contra. 1.9. Con el O fi cio Nº 171-2021-A/MPB, presentado el 29 de abril de 2021, el señor alcalde señaló, entre otros, lo siguiente: a. Se encontraba con descanso médico. b. El 22 de febrero de 2021, fue noti fi cado para asistir a la sesión extraordinaria que se realizaría en la misma fecha, cuya agenda era resolver el pedido de vacancia. Dicha situación no le permitió ejercer su derecho a la defensa. c. Sin perjuicio de ello, remitió, entre otros, el Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 02- 2021 del Concejo Provincial de Bellavista, realizada el 22 de febrero de 2021, en la que se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 03-2021, que declaró fundada la vacancia presentada en su contra. Se precisa que la referida sesión extraordinaria es una continuación de la sesión programada para el 12 de febrero de 2021, la cual fue suspendida. 1.10. El 30 de abril de 2021, los señores regidores del Concejo Provincial de Bellavista presentaron el Informe Técnico Nº 001-2021-REGIDORES/MPB, en el que se exponen presuntos actos dilatorios efectuados por el señor alcalde en el procedimiento de vacancia seguido en su contra. En ese sentido, informan que: a. El señor alcalde fue noti fi cado a través de cartas notariales para lo siguiente: i) que convoque a la sesión extraordinaria de concejo para resolver el pedido de vacancia; ii) que asista a la sesión extraordinaria de concejo programada para el 12 de febrero de 2021; iii) que asista a la continuación de la mencionada sesión para el 22 de febrero de 2021, y iv) para noti fi carle con el Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 02-2021 del Concejo Provincial de Bellavista, realizada el 22 de febrero de 2021, en la que se declaró su vacancia. b. El 9 de abril de 2021, el señor alcalde presentó recurso de reconsideración en contra del acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria de concejo del 22 de febrero de 2021. c. Con la Carta Nº 001-2021-REGIDORES/ MPB, del 22 de abril de 2021, requirieron al señor alcalde el acceso a la información sobre el recurso de reconsideración presentado. Asimismo, con la Carta Nº 002-2021-REGIDORES/MPB, del 22 de abril de 2021, solicitaron al señor alcalde que convoque a sesión extraordinaria para tratar el mencionado recurso. d. La secretaria general (e) de la municipalidad convocó a la sesión extraordinaria de concejo para el 4 de junio de 2021, a fi n de resolver el recurso de reconsideración. e. Han presentado denuncias penales contra los que resulten responsables por la demora en el trámite del procedimiento de vacancia. 1.11. Con el O fi cio Nº 01977-2021-SG/JNE, del 18 de mayo de 2021, se remitió documentación al concejo municipal, relacionado con los pedidos presentados por los señores adherentes. 1.12. A través del O fi cio Nº 202-2021-A/MPB, presentado el 10 de junio de 2021, el señor alcalde informó que la sesión extraordinaria de concejo programada para el 4 de junio de 2021, a las 17:30 horas, tuvo que reprogramarse, puesto que su abogado defensor se encontraba mal de salud y, además, porque un grupo de personas protestaron y amenazaron en las instalaciones de la municipalidad. Asimismo, no había garantías a pesar de que se solicitó el apoyo de efectivos de la Policía Nacional del Perú, quienes manifestaron que estaban concentrados en la seguridad del proceso electoral del 6 de junio de 2021.