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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (28/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Martes 28 de setiembre de 2021 El Peruano / Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Víctor Manuel Revilla Coayla en el cargo de regidor del Concejo Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte. 2. CONVOCAR a doña Nelly Cristina Araca Callata, identi fi cada con DNI N° 29414094, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASRODRÍGUEZ MONTEZASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Aprobada por Resolución N° 0412-2020-JNE, del 30 de octubre de 2020. 2 Aprobado por Resolución N° 0165-2020-JNE, del 19 de junio de 2020. 1995689-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 0834-2021-JNE Expediente N° JNE.2021091213 AGALLPAMPA - OTUZCO - LA LIBERTAD VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinte de setiembre de dos mil veintiuno.VISTO: el Ofi cio N° 213-2021-MDA/A, remitido, el 13 de setiembre de 2021, por don Roy Omar Alfaro Reyes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad (en adelante, señor alcalde), referido a la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Nabelcito García Quispe, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante el o fi cio del visto, el señor alcalde remitió la siguiente documentación relacionada al procedimiento de vacancia seguido en contra del señor regidor: a) Solicitud de vacancia, del 18 de mayo de 2021, presentada por el señor alcalde en contra del señor regidor. b) Sesiones ordinarias de concejo del 12 de enero, 2 y 16 de febrero, 2 y 16 de marzo, 6 y 20 de abril de 2021. c) Citaciones para las sesiones de concejo del 2 y 16 de febrero, 2 y 16 de marzo, 6 y 20 de abril de 2021. d) Constancia de inasistencias a las sesiones de concejo del 2 y 16 de febrero, 2 y 16 de marzo, 6 y 20 de abril de 2021, emitida el 30 de abril de 2021 por doña Sheyla Ysia Rubio, secretaria general de la municipalidad distrital (en adelante, señora secretaria general). e) Constancia de no presentación de documentos para justi fi car inasistencias a sesiones ordinarias, emitida el 30 de abril de 2021 por la señora secretaria general. f) Cargos de las convocatorias a sesión extraordinaria de concejo, programada para el 28 de mayo de 2021, dirigidas al señor regidor y a los miembros del concejo. g) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N° 03- 2021-MDA, del 28 de mayo de 2021, en la que el concejo declaró la vacancia del señor regidor. h) Acuerdo de Concejo N° 008-2021-MDA, del 1 de junio de 2021, que declara la vacancia del señor regidor. i) Cargo de noti fi cación del Acuerdo de Concejo N° 008-2021-MDA, dirigido al señor regidor y diligenciado el 7 de junio de 2021. j) Informe N° 035-2021-MDA-SG/SEYR, del 9 de julio de 2021, emitido por la señora secretaria general, sobre no presentación de recurso impugnatorio en contra del Acuerdo de Concejo N° 008-2021-MDA. k) Acta de Sesión Ordinaria de Concejo N° 14-2021- MDA, del 20 de julio de 2021, en la que el concejo acordó declarar consentido el Acuerdo de Concejo N° 008-2021-MDA. l) Comprobante de pago de tasa electoral, del 27 de agosto de 2021. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 establece, como atribución del Jurado Nacional de Elecciones, la administración de justicia en materia electoral. 1.2. El numeral 5 del referido artículo determina que es competencia de este organismo electoral “Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]”. En la LOM 1.3. El numeral 10 del artículo 9 indica lo siguiente: Artículo 9.- Atribuciones del Concejo Municipal Corresponde al concejo municipal:[…]10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor. 1.4. El artículo 23 señala lo siguiente: Artículo 23.- Procedimiento de declaración de vacancia del cargo de alcalde o regidor La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal. El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es susceptible de apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, el cual elevará los