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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (01/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2022 El Peruano / de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados”; Que, a través del literal aa) del numeral 16.1, y numerales 16.2 y 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, se establece respectivamente: i) Autorizar al SIS, de manera excepcional, a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; ii) que, las referidas transferencias fi nancieras deberán aprobarse mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la que debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron dichos recursos; Que, respecto de las enfermedades de alto costo de atención, el artículo 31 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344 establece que si bien este tipo de enfermedades no están incluidas en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud - PEAS, pueden ser fi nanciadas para la población bajo el régimen subsidiado y semicontributivo por el FISSAL, y que el listado de las enfermedades que serán aseguradas deberá ser de fi nido previamente por el Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 325-2012/ MINSA se aprueba el Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención (LEAC), estableciéndose además que los gastos generados por la atención de las enfermedades de alto costo de atención serán fi nanciados por la Unidad Ejecutora 002 del Seguro integral de Salud – Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, de conformidad a lo previsto en la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud; Que, asimismo, a través de la Resolución Jefatural N° 093-2015/SIS se aprueba el Listado de Procedimientos de Alto Costo (LPAC) y con Resolución Ministerial N° 230-2020-MINSA se aprueba el Documento Técnico: Listado de Enfermedades Raras o Huérfanas (LERH); Que, a través del Informe en Conjunto N° 009-2022-SIS-FISSAL/DIF-CRRM-AALL con Proveído N° 089-2022-SIS-FISSAL/DIF, la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo – DIF del FISSAL concluye que, para asegurar la atención de los asegurados SIS y en el marco de los convenios y actas de compromisos suscritos entre el SIS, el FISSAL y el Gobierno Regional de Junín y Piura para el año 2022, se programará una transferencia fi nanciera, correspondiente al calendario marzo 2022 – V, por el importe de S/ 2,738,645.00 (Dos millones setecientos treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y cinco y 00/100 Soles), para el fi nanciamiento de prestaciones de salud por el mecanismo de pago: “Pago por Prestación”; Que, mediante el Informe N° 018-2022-SIS-FISSAL/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP del FISSAL emite opinión favorable y señala que otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 258, hasta por la suma de S/ 2,738,645.00 (Dos millones setecientos treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y cinco y 00/100 Soles) para la transferencia fi nanciera correspondiente al calendario marzo 2022-V, programada por la DIF del FISSAL y destinada al fi nanciamiento de prestaciones de salud brindadas a los asegurados SIS con cobertura FISSAL; Que, con Informe N° 073-2022-SIS-FISSAL/OAJ la Ofi cina de Asesoría Jurídica - OAJ del FISSAL señala que la propuesta de transferencia fi nanciera cuenta con la correspondiente conformidad presupuestal emitida por la OPP del FISSAL, por lo cual recomienda que sea remitida a la Jefatura del Seguro Integral de Salud para su aprobación; Que, a través del O fi cio N° 277-2022-SIS-FISSAL/J, la Jefa (e) del FISSAL da cuenta de la aprobación del sustento del proyecto de resolución jefatural y remite a la Jefatura del SIS la propuesta de transferencia fi nanciera correspondiente al calendario marzo 2022 – V, para su respectiva aprobación; Que, mediante Memorando N° 484-2022-SIS/ OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario marzo 2022 - V, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un monto de S/ 2,738,645.00 (Dos millones setecientos treinta y ocho mil seiscientos cuarenta y cinco y 00/100 Soles); Que, a través del Informe Legal N° 013-2022-SIS/ OGAJ-DE-EYAZ con Proveído N° 158-2022-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera que resulta viable que el Titular del Pliego emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras detalladas por el FISSAL en el Anexo N° 1 adjunto al O fi cio N° 277-2022-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud que se brinden a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, de conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 2,738,645.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 1 “Pliego 135 -Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora N° 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - calendario marzo 2022-V”, que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, en el marco de los Convenios y Actas de compromisos suscritos para el año 2022. Artículo 2.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo N° 1 en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ERNESTO VIDAL FERNÁNDEZ Jefe del Seguro Integral de Salud 2054283-1 Designan Directora Adjunta de la Oficina General de Administración de Recursos del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 067-2022/SIS Lima, 31 de marzo de 2022 VISTOS: El Informe N° 118-2022-SIS-OGAR/OGRH con Proveído N° 195-2022-SIS/OGAR de la O fi cina