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54 NORMAS LEGALES Sábado 2 de abril de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar la vacancia de los cargos de Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad al 03 de abril de 2022; en atención a la culminación del período de designación de la señora Carla Lorena Pegorari Rodríguez y del señor Marcos Martín Yui Punin, establecida mediante Resolución del Consejo Directivo N° 010-2018-OEFA/CD, dándoles las gracias por los servicios prestados a la Entidad y el logro de las metas alcanzadas. Artículo 2°.- Modi fi car, con efectividad a partir del 03 de abril de 2022, el Artículo 2° de la Resolución del Consejo Directivo N° 021-2019-OEFA/CD, modi fi cada por la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2019-OEFA/CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°- La Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA estará conformada por los/las siguientes Vocales: - Señor César Abraham Neyra Cruzado - Señor Hebert Eduardo Tassano Velaochaga- Señora Mary Rojas Cuesta- Señor Ricardo Hernán Iberico Barrera” Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución a los vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental. A RTÍCULO 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO CÉSAR MALLAUPOMA GUTIÉRREZ Presidente del Consejo Directivo 2054864-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Asesora I de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000051-2022-MIGRACIONES Breña, 1 de abril del 2022VISTOS: El Informe N° 000120-2022-UAP/MIGRACIONES de la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina de Recursos Humanos, el Memorando N° 000574-2022-ORH/MIGRACIONES de la O fi cina de Recursos Humanos, el Informe N° 000232-2022-OAJ/MIGRACIONES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor I de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; Que, resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo; Con los vistos de la Gerencia General, las o fi cinas de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES. SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar a la señora MARLENI ALEXANDRA POEMAPE VARGAS en el cargo de confi anza de Asesora I de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ARMANDO MARTIN FERNANDEZ CAMPOS Superintendente Nacional 2054821-1 Disponen ampliación del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos de regularización migratoria previstos en el D.S. N° 010-2020-IN RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000053-2022-MIGRACIONES Breña, 1 de abril del 2022VISTOS:Los informes N° 000066-2022-DPM/MIGRACIONES y N° 000077-2022-DPM/MIGRACIONES de la Dirección de Política Migratoria; el Informe N° 000064-2022- DIROP/MIGRACIONES de la Dirección de Operaciones; el Memorando N° 000694-2022- DGTFM/MIGRACIONES de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria; el Informe N° 000175-2022-OAJ/MIGRACIONES y la Hoja de Elevación N° 000018-2022-OAJ- MIGRACIONES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo N° 1130, se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna, participación en la política de seguridad interna y fronteriza, y coordinación del control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los Puestos de Control Migratorio o Fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento; Que, con Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2017-IN, se establece, entre otras disposiciones, la regularización migratoria de las personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional de manera irregular; Que, con Decreto Supremo N° 010-2020-IN, se aprueban Medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras; el numeral 4.1 del artículo 4 de las medidas aprobadas por el decreto supremo mencionado, establece un plazo de ciento ochenta (180) días calendario para la presentación de la solicitud de regularización migratoria contados a partir de la entrada en vigencia de la citada norma; asimismo, el numeral 4.2 del artículo 4 del mismo cuerpo normativo, señala que MIGRACIONES puede disponer la ampliación de este plazo mediante Resolución de Superintendencia; Que, el citado decreto supremo en su artículo 2 establece que su vigencia se produce a partir de la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones;