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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (02/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 2 de abril de 2022 El Peruano / Segundo.- MODIFICAR la Resolución del Consejo Directivo N° 002-2018-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional de Jaén y su modi fi catoria; en el sentido de ACEPTAR el cese defi nitivo de las actividades académicas y administrativas del local licenciado (SL01), ubicado en Jirón Cuzco N° 250, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca. Tercero.- REQUERIR a la Universidad Nacional de Jaén: i. Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, al término del semestre académico 2022-I, las evidencias de la culminación de las obras de implementación del servicio de redes y fi bra óptica, según cronograma establecido en la “Actualización del Plan de implementación progresivo de los servicios de internet SL02”; y, presentar al término de los semestres académicos 2022-I y 2022-II, las evidencias de la culminación y/o avance de la ejecución de los siete (7) proyectos de inversión en infraestructura correspondientes al local SL02. ii. Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, al término de los semestres académicos 2023-II y 2024-II, evidencias de la ejecución del “Plan de Implementación Progresiva”, que incluye la implementación del equipamiento de quince (15) laboratorios, así como de la ejecución de los expedientes técnicos vinculados a los cuatro (4) laboratorios de cómputo proyectados. iii. Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, al término del semestre académico 2022-I, las evidencias de la culminación del traslado de equipos del local SL01 al local nuevo SL02 de los once (11) laboratorios y tres (3) talleres; y, para el 2022-II, las evidencias de la culminación de las actividades de mejora en los Talleres SL02TA01, SL02TA02 y SL02TA03, según lo establecido en el “Plan de traslado”. iv. Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, al término del semestre académico 2022-I, el contrato suscrito con la concesionaria que brindará el servicio de Comedor Universitario, así como los contratos vigentes del personal vinculado a los servicios complementarios sociales y culturales. Cuarto.- RECOMENDAR a la Universidad Nacional de Jaén, actualizar los protocolos de seguridad de todos sus laboratorios declarados en el Formato de Licenciamiento C6, al término del semestre académico 2023-II de acuerdo al “Plan de Implementación Progresiva”. Quinto.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 011-2022-SUNEDU-02-12 del 30 de marzo de 2022 a la Universidad Nacional de Jaén encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Séptimo. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Octavo.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 011-2022-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Modi fi cado mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD y 091-2021-SUNEDU/CD, publicadas en el diario o fi cial “El Peruano” el 31 de mayo de 2018, el 29 de junio de 2018, el 23 de julio de 2019, el 31 de octubre de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo de 2021 y 3 de septiembre de 2021, respectivamente. 2 Aprobado con Resolución del Consejo Directivo N° 001-2022- SUNEDU/ CD del 12 de enero de 2022, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 13 de enero de 2022. 3 Cabe señalar que mediante Resolución del Consejo Directivo N° 013-2021-SUNEDU/CD del 12 de febrero de 2021, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 13 de febrero de 2021, se modi fi có el Reglamento de Cese. 4 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 5 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 6 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) b) Creación de local. - Si se pretende crear un local en el ámbito territorial de la sede o fi lial que consta en la licencia institucional, a fi n de ofrecer programas nuevos o existentes conducentes a grados y títulos. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 43. establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) f) Cambio de locación: Si se pretende ampliar o trasladar la oferta académica a otros locales autorizados, siempre que consten en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 14, 15, 26, 27, 28, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. 7 RTD N° 002422-2022-SUNEDU-TD. 8 Ubicado en Sector Granja Yanuyacu, KM 23, carretera Jaén - San Ignacio. 9 Referido al cambio de locación (traslado) de la totalidad de la oferta licenciada conformada por seis (6) programas presenciales al nuevo local, de acuerdo al siguiente detalle: i) P01 Tecnología Médica con Especialidad en Laboratorio Clínico; ii) P02 Ingeniería Forestal y Ambiental; iii) P03 Ingeniería Civil; iv) P04 Ingeniería Mecánica y Eléctrica; v) P05 Ingeniería de Industrias Alimentarias; y, vi) P06 Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible. 10 RTD N° 009615-2022-SUNEDU-TD. 11 RTD N° 015526-2022-SUNEDU-TD. 12 RTD N° 017404-2022-SUNEDU-TD. 13 RTD N° 017412-2022-SUNEDU-TD. 14 RTD N° 018045-2022-SUNEDU-TD. 15 RTD N° 018911-2022-SUNEDU-TD. 16 RTD N° 019235-2022-SUNEDU-TD. 17 Las referidas reuniones se realizaron los días 27 de enero, 23 de febrero, 10 y 24 de marzo de 2022. Siendo que, la reunión del 27 de enero de 2022 fue realizada en virtud a la solicitud realizada mediante O fi cio N° 060-2022-UNJ/P (RTD N° 009615-2022-SUNEDU-TD) del 25 de enero de 2022. 18 RTD N° 009615-2022-SUNEDU-TD. 19 “Artículo 9.- Cese de actividades voluntario En caso, la universidad decida voluntariamente cesar sus actividades de forma total o parcial la prestación de servicio educativo superior universitario, el plazo de cese debe ser informado con una anticipación no menos a seis (6) meses al inicio de su ejecución. En caso de cierre voluntario, la universidad debe cumplir las obligaciones establecidas en el presente reglamento, según corresponda”. 2054709-1