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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (10/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de agosto de 2022 El Peruano / iii) Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar el semestre 2023-II, la actualización de las proyecciones de ocupabilidad de todos los laboratorios y talleres vinculados a la presente SMLI, así como un informe de las acciones ejecutadas y/o plani fi cadas para atender la demanda en los ambientes cuyos porcentajes de ocupabilidad se encuentren próximos al 100% de su capacidad, considerando la proyección de los periodos comprendidos entre 2024-I y 2027-II. Deberá incluir información de la Sala de Radiología (SL02TA04) y Taller de Ensamblaje y Robótica (SL03TA01), de los cuales no presentó información. iv) Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio de los semestres académicos 2024-II, 2025-I, 2025-II, y 2026-I, evidencias de la implementación del plan de contratación docente y del cumplimiento del perfi l docente declarado para los programas de la SMLI. v) Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio del semestre académico 2022-II, el contrato para el uso de la losa deportiva del Campo de Marte, así como los contratos vigentes del personal vinculado a los servicios complementarios, salud, sociales, psicopedagógicos, deportivos, culturales y biblioteca, con la fi nalidad de garantizar la continuidad de los servicios. Quinto.- RECOMENDAR a la Universidad Privada Norbert Wiener S.A.: (i) Fortalecer la política de investigación institucional de la Universidad, referida al desarrollo de proyectos de investigación con fuentes de fi nanciamiento externo, de manera que permita promover y mejorar los mecanismos de adjudicación de fondos concursables con instituciones públicas y privadas nacionales o internacionales que genere un impacto positivo en la calidad de la producción académica y cientí fi ca de la Universidad. Sexto.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Séptimo.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 029-2022-SUNEDU-02-12 del 19 de julio de 2022 a la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Octavo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Noveno.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 029-2022-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, publicada el 14 de marzo de 2017 en el diario o fi cial “El Peruano” y modi fi cada mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD y 091-2021-SUNEDU/CD, publicadas en el diario ofi cial “El Peruano” el 31 de mayo de 2018, el 29 de junio de 2018, el 23 de julio de 2019, el 31 de octubre de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo de 2021 y 3 de septiembre de 2021, respectivamente. 2 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 3 Cuya Fe de erratas fue publicada el 24 de noviembre de 2017 en el Diario Ofi cial “El Peruano”. 4 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad fue materia de recti fi caciones y modi fi caciones: i) RCD N° 067-2020-SUNEDU/CD y ii) RCD N° 069-2020-SUNEDU/CD ambas del 2 de julio de 2020; (iii) RCD N° 087-2021-SUNEDU/CD del 16 de agosto de 2021. 5 Sede (SL01) Jirón Eugenio Larrabure y Unanue N° 110, Urbanización Santa Beatriz, provincia distrito y departamento de Lima; (SL02) Avenida Arequipa N° 440, Urbanización Santa Beatriz, distrito, provincia y departamento de Lima; y, (SL03) Avenida Du Petit Thouars N° 2021, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. 6 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 7 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) b) Creación de local. - Si se pretende crear un local en el ámbito territorial de la sede o fi lial que consta en la licencia institucional, a fi n de ofrecer programas nuevos o existentes conducentes a grados y títulos. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 43. establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) f) Cambio de locación: Si se pretende ampliar o trasladar la oferta académica a otros locales autorizados, siempre que consten en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 14, 15, 26, 27, 28, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. 8 Presentada mediante RTD N° 047434-2021-SUNEDU-TD. 9 Referida al local (SL04) ubicado en el Jirón Coronel Pascual Saco Oliveros N° 140 – 160 Cercado, distrito, provincia y departamento de Lima. 10 Referida al cambio de locación del programa priorizado de Medicina Humana (P09); y al cambio de locación de dieciséis (16) programas de pregrado en modalidad presencial: (i) Farmacia y Bioquímica (P01); (ii) Enfermería (P02); (iii) Obstetricia (P03); (iv) Odontología (P04); (v) Tecnología Médica en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica (P05); (vi) Tecnología Médica en Terapia Física y Rehabilitación (P06); (vii) Psicología (P07); (viii) Nutrición Humana (P08); (ix) Administración en Turismo y Hotelería (P10), (x) Administración y Dirección de Empresas (P11); (xi) Administración y Marketing (P12); (xii) Administración y Negocios Internacionales (P13); (xiii) Ingeniería de Sistemas e Informática (P14); (xiv) Ingeniería Industrial y de Gestión Empresarial (P15); (xv) Derecho y Ciencia Política (P16); y, (xvi) Contabilidad y Auditoría (P17). Es necesario precisar que, el 22 de febrero de 2022 mediante RTD N° 013650-2022-SUNEDU-TD, la Universidad se desistió de su pretensión referida al programa Administración y Marketing (P12). Asimismo, el 4 de abril de 2022 mediante RTD N° 021136-2022-SUNEDU-TD, la Universidad formuló el desistimiento del Procedimiento de cambio de locación en la modalidad de ampliación de oferta respecto de los programas de Medicina Humana (P09) y Administración y Marketing (P12). En ese sentido, su pretensión está referida al cambio de locación de quince (15) programas de estudio de pregrado en la modalidad presencial. 11 RTD N° 047613-2021-SUNEDU-TD. 12 RTD N° 052239-2021-SUNEDU-TD. 13 Local ubicado en el Jirón Coronel Pascual Saco Oliveros N° 140 – 160 Cercado, distrito, provincia y departamento de Lima. 14 Los requisitos de la solicitud de modi fi cación de licencia institucional en el escenario de “creación de local” y “cambio de locación” se encuentran establecidos en los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 de la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. 15 RTD N° 058660-2021-SUNEDU-TD. 16 RTD N° 062992-2021-SUNEDU-TD. 17 La separación se justi fi có en razón a que la pretensión referida al cambio de locación del programa de Medicina Humana, se encuentra relacionada con la evaluación del Programa Priorizado de Medicina, procedimiento que, por razones de especialidad, corresponde la aplicación del “Modelo