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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (10/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de agosto de 2022 El Peruano / plazo improrrogable de diez (10) días hábiles adicionales al inicialmente otorgado. El 15 de noviembre de 2021, mediante O fi cio N° 068-2021-SG-UPNW16, la Universidad presentó documentación a fi n de levantar las observaciones realizadas a su SMLI mediante el O fi cio N° 0796-2021-SUNEDU-02-12. Cabe precisar que, la información presentada por la Universidad fue remitida dentro del plazo otorgado. El 29 de noviembre de 2021, se noti fi có a la Universidad el O fi cio N° 0967-2021-SUNEDU-02-12, a través del cual la Dilic, remite la Resolución de Trámite N° 3 del 29 de noviembre de 2021, mediante la cual se resuelve continuar con la evaluación de la SMLI presentada por la Universidad. El 17 de diciembre de 2021, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 1010-2021-SUNEDU-02-12, mediante el cual, la Dilic separó la pretensión referida al cambio de locación del programa de Medicina Humana 17, respecto de la creación de un (1) local y cambio de locación (ampliación de oferta académica) de dieciséis (16) programas de estudios. El 29 de diciembre de 2021, mediante O fi cio N° 1044-2021-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad el Informe de Observaciones N° 041-2021-SUNEDU-DILIC-EV, el mismo que detalla las observaciones y precisiones a la SMLI presentada. A tal efecto se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presente la información requerida. Asimismo, el 11 de enero de 2022 mediante O fi cio N° 001-2022-SG- UPNW 18, la Universidad solicitó ampliación de plazo por diez (10) días hábiles para subsanar las observaciones a su SMLI, la cual fue atendida mediante O fi cio N° 0018-2022-SUNEDU-02-12 noti fi cado el 13 de enero de 2022. El 1 de febrero de 2022 mediante O fi cio N° 004-2022-SG-UPNW 19, la Universidad remitió información con el objetivo de levantar las observaciones noti fi cadas mediante O fi cio N° 1044-2021-SUNEDU-02-12. El 7 de febrero de 2022, mediante O fi cio N° 072-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có la Resolución de Trámite N° 4, que resolvió realizar una Actividad de Verifi cación Remota (en adelante, AVR), a través de la plataforma Microsoft Teams, en los locales SL01, SL02, SL03 y SL04 los días 11, y 14 de febrero de 2022, a fi n de recabar información que evidencie el cumplimiento de las CBC vinculadas a su SMLI. El 8 de febrero de 2022, mediante O fi cio 005-2022-SG- UPNW 20, la Universidad solicitó la reprogramación de la AVR. En atención a ello, el 10 de febrero de 2022, mediante o fi cio N° 085-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có la Resolución de Trámite N° 5, que resolvió reprogramar la AVR a la Universidad en los locales SL01, SL02, SL03 y SL04 para efectuarse en los días 21 y 22 de febrero de 2022, a fi n de recabar información que evidencie el cumplimiento de las CBC. El 15 de febrero de 2022, mediante o fi cio N° 008-2022-SG-UPNW 21 la Universidad remitió información adicional solicitada para la AVR. El 23 de febrero de 2022, mediante Oficio N° 0120-2022-SUNEDU-02-12, se le notificó a la Universidad las Actas de inicio 22 y fin23 de la AVR, la copia del Anexo 1 del Acta de fin de AVR y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida Actividad, otorgándosele, además, el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de finalizada la AVR, para presentar la documentación requerida durante esta actividad. El 24 de febrero de 2022, mediante O fi cio N° 013-2022-SG-UPNW 24, la Universidad solicitó se le conceda un plazo adicional al otorgado mediante el Acta de Fin de AVR noti fi cada a través del O fi cio N° 0120-2022-SUNEDU-02-12. En razón a ello, el 28 de febrero de 2022 mediante o fi cio N° 0136-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic le concedió ampliar el plazo por tres (3) días hábiles adicionales al plazo otorgado. El 4 de abril de 2022, mediante O fi cio N° 003-2022-GG- UPNW 25, la Universidad formuló desistimiento del procedimiento de cambio de locación en la modalidad de ampliación de oferta respecto de los programas de Medicina Humana (P09) y Administración y Marketing (P12) 26. El 11 de abril de 2022, mediante o fi cio N° 0249-2022-SUNEDU-02-12, se le noti fi có a la Universidad un requerimiento de información adicional (en adelante, RIA), a fi n de que subsanen las observaciones detalladas en el Anexo I del referido documento, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles. El 25 de abril de 2022 mediante O fi cio N° 022-2022-SG-UPNW 27, la Universidad solicitó ampliación de plazo por cinco (5) días hábiles, el mismo que fue otorgado por la Dilic a través del O fi cio N° 0275-2022-SUNEDU-02-12, noti fi cado el 26 de abril de 2022. El 11 de mayo de 2022, la Universidad mediante Ofi cio N° 026-2022-SG-UPNW 28, remitió información parcial solicitada en el RIA mediante O fi cio de N° 0249-2022-SUNEDU-02-12. Asimismo, el 2 de junio de 2022, la Universidad mediante O fi cio N° 034-2022-SG- UPNW 29, remitió información parcial solicitada en el RIA, de forma extemporánea al plazo otorgado. En ese sentido, el 9 de junio de 2022, la Dilic noti fi có a la Universidad el O fi cio N° 0389-2022-SUNEDU-02-12 el cual remitió la Resolución de Trámite N° 7 del 8 de junio de 2022, mediante la cual resolvió suspender por cinco (5) días hábiles el cómputo del plazo del procedimiento de la Universidad. Finalmente, corresponde indicar que, durante el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, se realizaron nueve (9) reuniones 30 entre la Dilic y los representantes de la Universidad, a fi n de brindar información sobre aspectos relacionados con su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modificación de Licencia N° 029-2022-SUNEDU-02-12 del 19 de julio de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la solicitud de modificación de licencia institucional y reconocer: (i) la creación de local; y (ii) cambio de locación (ampliación de oferta académica) de quince (15) programas de pregrado en modalidad presencial 31, en los términos solicitados por la Universidad, en el marco de lo dispuesto en los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido, la Universidad evidenció contar con un marco normativo que regula los procesos de admisión, el desarrollo académico de los programas de la SMLI y los requisitos para la obtención del grado y título. Estas normas son consistentes entre sí y están alineadas a la Ley Universitaria. Se veri fi có que los planes de estudios de los programas de la SMLI, de fi nen el proceso formativo para el logro de los objetivos y las competencias que se detallan en los per fi les de egresado. Además, la estructura de los planes de estudios cumple con las disposiciones de la Ley Universitaria respecto de la organización académica de los programas de pregrado. Asimismo, la Universidad dispone de sistemas de información operativos para el desarrollo de los procesos académicos, administrativos y de aprendizaje virtual a nivel institucional. Asimismo, se evidenció que, el nuevo local no modi fi ca las características de demanda y oferta laboral y educativa aprobada en el licenciamiento institucional, por lo tanto, evidencia la sostenibilidad de los programas de estudios y la empleabilidad de los profesionales egresados. La Universidad evidenció contar con el derecho de uso y uso exclusivo del local nuevo SL04 para los fi nes del servicio educativo solicitado en la SMLI. Asimismo, cuenta con los documentos y procedimientos para la gestión de seguridad y salud de su comunidad universitaria. La Universidad cuenta con la disponibilidad de infraestructura, equipamiento y mobiliario en su nuevo local SL04 para el desarrollo de la actividad teórica de los programas solicitados en la SMLI, complementario a la actividad académica que viene desarrollando en sus locales autorizados. El aforo y ocupabilidad de los ambientes en el local nuevo SL04 permitirá el desarrollo de las actividades académicas solicitadas en la SMLI. La Universidad dispone de presupuesto y un plan de mantenimiento para el servicio de su infraestructura, mobiliario y equipamiento en el nuevo local SL04.