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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (21/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 135

135 NORMAS LEGALES Domingo 21 de agosto de 2022 El Peruano / Que, mediante Ordenanza N° 597-MDJM, publicada el 16 de octubre de 2019 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó las disposiciones para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa; Que, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a través del documento de visto, señala que es necesario modi fi car el Artículo Noveno de la Ordenanza N° 597-MDJM con la fi nalidad de modi fi car la periodicidad para la emisión de la resolución que declara y extingue deudas de cobranza dudosa o recuperación onerosa, a mérito de la Resolución de Alcaldía N° 016-2022-MDJM sobre Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable de la Municipalidad Distrital de Jesús María, que propone la real expresión de los saldos contables de la Municipalidad, con el propósito de contar con información real que permita tomar las decisiones más convenientes y oportunas para la gestión en materia de recaudación; la Resolución de Alcaldía N° 029-2022-MDJM del 31 de enero de 2022, que aprueba el Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de la Municipalidad Distrital de Jesús María; así como a la normatividad vigente, la Directiva N° 003-2022-EF/51.01 “Normas para la Preparación y Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos para el cierre del ejercicio fi scal y los períodos intermedios”, y el Instructivo para la Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos para el cierre del ejercicio fi scal y los periodos intermedios; Que, contando con el pronunciamiento de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; con la opinión legal procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las atribuciones otorgadas en el artículos 9, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO NOVENO DE LA ORDENANZA N° 597-MDJM QUE APRUEBA LAS DISPOSICIONES PARA DECLARAR Y EXTINGUIR DEUDA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA DE COBRANZA DUDOSA Y DE RECUPERACIÓN ONEROSA Articulo Primero.- MODIFICAR el artículo noveno de la Ordenanza N° 597-MDJM, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo Noveno. - De la declaración y extinción de deudas de cobranza dudosa o recuperación onerosa y su periodicidad La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas emitirá la resolución que declara y extingue deudas califi cadas como cobranza dudosa o recuperación onerosa y se sustentará en el informe que emita la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva dentro del año fi scal.” Artículo Segundo.- PRECISAR que queda sin efecto toda norma que se oponga a lo señalado el artículo precedente respecto de la periodicidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación de la misma, en el portal institucional de la Municipalidad de Jesús María: www.munijiesusmaria.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, así como su difusión masiva.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 2097630-1 Modifican la Ordenanza N° 637-MDJM, que regula el tendido, instalación, reordenamiento, reubicación, mantenimiento y retiro de infraestructura aérea para el servicio público de telecomunicaciones, en áreas de uso público del distrito de Jesús María ORDENANZA N° 670-MDJM Jesús María, 16 de agosto de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria N° 15 de la fecha;VISTOS: la Resolución N° 0103-2022/SEL- INDECOPI, el Memorando N° 300-2022-MDJM/SG de Secretaría General, el Informe N° 028-2022-MDJM-GSSC de la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad, el Informe N° 021-2022-MDJM-GF de la Gerencia de Fiscalización, el Informe N° 258-2022-GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 673-2022/MDJM/GM de la Gerencia Municipal, el Dictamen Conjunto N° 009-2022-MDJM/CDUA-CAJ de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ambiental y de la Comisión de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el 11 de marzo de 2021 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Ordenanza N° 637-MDJM que regula el tendido, instalación, reordenamiento, reubicación, mantenimiento y retiro de infraestructura aérea para el servicio público de telecomunicaciones, en áreas de uso público del distrito de Jesús María; Que, a través de la Resolución N° 0103-2022/SEL- INDECOPI, publicada el 4 de mayo de 2022 en el diario ofi cial “El Peruano”, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI declaró cuatro barreras burocráticas ilegales a diversas medidas materializadas en el artículo 8 (literales b, c y g del numeral 8.1 y literal b del numeral 8.4) de la Ordenanza N° 637-MDJM; Que, la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad elaboró el proyecto de ordenanza que modi fi que la Ordenanza N° 637-MDJM, toda vez que corresponde a esta entidad, como gobierno local, contar con marco normativo para poder fi scalizar el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria u otra fuente jurídica; Que, en lo que respecta a los códigos de infracción administrativa establecidos en la Ordenanza N° 637-MDJM, se dispondrán los cambios pertinentes al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, aprobado por Ordenanza N° 642-MDJM, a través de otra ordenanza; Contando con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Fiscalización, de la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad; con la opinión legal procedente