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132 NORMAS LEGALES Domingo 21 de agosto de 2022 El Peruano / POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, establece, que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a ley; Que, asimismo la Constitución Política del Perú consagra en su Artículo 1º que, “La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y el Estado”; y en el Artículo 44º señala: “Entre los deberes primordiales del Estado se encuentra el de proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar General que se fundamenta en la justicia y en el Desarrollo integral y equilibrado de la nación”; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que: “es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; en concordancia del literal e) que faculta aprobar su reglamento interno; asimismo el numeral 6), del artículo 8º establece que “La política y la gestión regional se rigen con criterios de e fi ciencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2022-MIDAGRI, que declara en emergencia el sector agrario y de riego a nivel nacional por el periodo de ciento veinte (120) días calendario, por los efectos generados por la COVID-19, el incremento de los precios de los insumos agrarios a nivel internacional y agravado por los confl ictos internacionales que impactan negativamente en el agro peruano, en la economía nacional y en la seguridad alimentaria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2022-SA, que Prorroga la Declaratoria de Emergencia Sanitaria, a partir del 02 de marzo del 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA, Nº 025-2021-SA. (hasta el 28 de agosto del 2022); Que, a través de Memorial Múltiple Nº 01/2022/GYA- QS, del mes de febrero del 2022, moradores del centro poblado Negritos/Urban-CPS-CV-Tumbes, solicitan al Gobernador Regional de Tumbes – Dr. José Antonio Alemán Infante, así, como al Alcalde de la Provincia de Contralmirante Villar – Med. Jesús Alberto Luna Ordinola, realicen las coordinaciones correspondientes de tal manera se DECLARE EN ESTADO DE EMERGENCIA POR SEQUÍA; Que, mediante el Informe Nº 054-2022/GOB.REG. TUMBES-OFREGERD-COER.MOD-EVA, de fecha 03 de marzo del 2022, el encargado del Módulo Evaluador COER – Ing. Lila N. Idrogo Flores, remitió al Jefe de la Ofi cina Regional de Gestión de Riesgo y Desastres, el Informe Técnico de Emergencias Región Tumbes 2021-2022, donde adjunta una data estadística de reportes de emergencias registradas en el SINPAD, validadas y verifi cadas por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional – COEN;Que, a través del O fi cio Nº 070-2022/MDC-ALC, de fecha 04 de marzo del 2022, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Casitas – Leoncio Clavijo Sánchez, alcanzo al Gobernador Regional de Tumbes – Dr. José Alemán Infante, el Informe Técnico referente al dé fi cit en precipitaciones o Ausencia de Lluvia en el Distrito de Casitas; Que, con el Informe Nº 181-2022/GOB.REG.TUMBES- GGR-OFREGERD-JO, de fecha 14 de marzo del 2022, el Jefe de la O fi cina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres – Ing. Jhon Yader Velarde Solís, remite Opinión Técnica sobre las condiciones de lluvias por debajo de sus valores normales, durante el presente verano – 2022 en el contexto de la Pandemia por la COVID – 19, asimismo, se pueda gestionar la declaratoria de Emergencia, para la contratación directa de bienes y servicios con cargo a regularizar en los tiempos establecidos por Ley, en atención a los ciudadanos del sector agropecuario de los distritos de casitas y Canoas de Punta Sal, ante el grave peligro de dé fi cit hídrico; Que, con el Informe Nº 20-2022/GOB.REG.TUMBES- DRAT.AACV.D, de fecha 11 de abril del 2022, el Director de la Agencia Agraria Contralmirante Villar – Casitas – Ing. Aníbal Iván Cruz Infante, alcanza al Director Regional de Agricultura Tumbes y reitera estado situacional del Sector Agropecuario, donde concluye que los tres distritos de la Provincia de Contralmirante Villar presentan problemas por escasez del recurso hídrico, lo cual a raíz de la ausencia de lluvias no se han activado las quebradas y no se han recargado los acuíferos como es debido tornándose el agua de los pozos muy salobre, conllevando a que las plantaciones y cultivos instalados se afecten en el sector agrícola, asimismo, en el sector ganadero la reducción de la producción y consecuentemente las ganancias. Concluyendo de la siguiente manera: Sector Ganadero: escasez de pasto, pasto seco producto de la fuerte radiación solar, valor nutritivo de pasto muy bajo, disminución en el peso del ganado en general, sobre todo en el ganado vacuno, poca demanda de la carne de ganado vacuno, reducción del precio de la carne de ganado vacuno. Sector Agrícola: pozos secos, caudales mínimos, agua salobre por volumen insu fi ciente de agua, reducción de super fi cies agrícolas hasta un 50%, reducción de siembra en gran parte de estos valles de la Provincia; Que, mediante el OFICIO Nº 464-2022-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-DRAT-D, de fecha 18 de abril del 2022, el Director Regional de Agricultura Tumbes – Ing. Gian Franco Mendoza Ramírez alcanzo al Gobernador Regional de Tumbes – Med. José Antonio Alemán Infante, el Informe Técnico Legal donde se acredita el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el dé fi cit hídrico que se presenta en la Provincia de Contralmirante Villar; Que, con el O fi cio Nº 002-2022-ANA-CRHC TUMBES-P, de fecha 16 de mayo del 2022, el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos Cuenca Tumbes alcanza al Gobernador Regional de Tumbes – Dr. José Antonio Alemán Infante, los acuerdos aprobados en la sesión ordinaria virtual del CRHCT, donde se aprobó elevar al Gobierno Regional de Tumbes, los documentos técnicos para que se apruebe la declaratoria de emergencia por défi cit hídrico en la Provincia de Contralmirante Villar; Que, con el Informe N.º 156-2022/GOB.REG. TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 19 de mayo del 2022, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica – Abog. Rayner Castro Arbañil, alcanza OPINIÓN, el cual sugiere que se eleve a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico a fi n de que emita dictamen respectivo para su aprobación o desaprobación sobre Declarar en Situación de Emergencia, el Sector Agropecuario de la Provincia de Contralmirante Villar de la Región Tumbes, a fi n de mitigar el impacto negativo a consecuencia del Dé fi cit Hídrico y promover la reactivación económica, en el marco de la Declaración en Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional por la Pandemia del COVID 19; Que, con el O fi cio Nº 263-2022/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR. De fecha 25 de mayo del 2022, el Gobernador Regional de Tumbes-Med. José Antonio Alemán Infante, alcanza al Consejo Regional el Informe Técnico de la Autoridad Nacional del Agua para su Evaluación de Declaratoria de Emergencia por Dé fi cit Hídrico;