Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (21/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 21 de agosto de 2022 El Peruano / que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorando N° 000803-2022-OTASS-OPP que hace suyo el Informe N° 000017-2022-OTASS-OPP-JOV, emite el informe previo favorable respecto a la solicitud de transferencia fi nanciera presentada por la EPS Moquegua S.A., por el monto ascendente a S/ 598,748.00 en atención a lo dispuesto en el inciso 16.2 del artículo 16 de la citada Ley N° 31365 y en el marco de todas sus competencias atribuidas en el ROF del OTASS; asimismo, señala que ha veri fi cado la disponibilidad presupuestal para atender la citada transferencia fi nanciera, entre otros aspectos; Que, con Informe Legal Nº 000276-2022-OTASS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, en consideración a la opinión de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y a lo informado por la Dirección de Gestión y Financiamiento, emite opinión favorable respecto a la emisión de la presente Resolución; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, el Texto Único Ordenado Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución del Consejo Directivo N° 010-2021-OTASS-CD. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, hasta por la suma de S/ 598,748.00 (Quinientos noventa y ocho mil setecientos cuarenta y ocho y 00/100 Soles) a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua – EPS Moquegua S.A., destinada a fi nanciar la Ficha Técnica F-28-GO, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2022 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores Reciben Asistencia Técnica y Financiera para la Prestación del Servicio, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera de los Prestadores, Meta Presupuestal 0007: Asistencia Financiera para el fortalecimiento de capacidades de las EPS, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, 6: Gastos de Capital, 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas, por el monto de S/ 598,478.00.Artículo 3.- Limitación al uso de los recursosLos recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS supervisa la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi ca el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la Ofi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a la EPS Moquegua S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el diario o fi cial El Peruano; y en el Portal Institucional del OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese y comuníquese.HÉCTOR VLADIMIR BARREDA DOMÍNGUEZ Director Ejecutivo ANEXO EPS MOQUEGUA S.A. N° CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE LA ACCIONPRESUPUESTO S/ 1 FI-28-GOF-28-GO: “ADQUISICIÓN DE SISTEMA SCADA; EN EL (LA) AMBITO EPS MOQUEGUA S.A. DISTRITO DE MOQUEGUA, DISTRITO DE SAN ANTONIO Y DISTRITO DE SAMEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO MOQUEGUA”. 598,748.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) 598,748.00 2097609-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones y designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional La Libertad RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA REGIONAL Nº 000005-2022-SUNAT/7G0000 DEJAN SIN EFECTO DESIGNACIÓN Y DESIGNAN AUXILIAR COACTIVO DE LA INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD Trujillo, 19 de agosto de 2022CONSIDERANDO:Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar a un nuevo personal de la Intendencia Regional La Libertad para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos