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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (25/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 25 de agosto de 2022 El Peruano / encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ANTONIO ACOSTA VILCHEZ Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos 2098338-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Música a favor de la Contraloría General, para el financiamiento de contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 094-2022-UNM Lima, 8 de agosto de 2022 Visto el Informe No. 023-2022-UNM/OPP-UP de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el O fi cio No. 040-2022-UNM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el O fi cio No. 237-2022-DGA-UNM de la Dirección General de Administración. CONSIDERANDO: Que mediante el Artículo 1 de la Ley No. 30597 se denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, asimismo el Artículo 2º establece que deberá adecuar su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley No. 30220, Ley Universitaria; Que el Artículo 4 de la Ley No. 30851, sobre la conformación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música señala que, el Ministerio de Educación designa a sus integrantes, previo procedimiento previsto en la norma; asimismo, el Artículo 29º de la Ley No. 30220, Ley Universitaria dispone que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan de acuerdo con la ley; Que mediante la Resolución Viceministerial No. 002-2019-MINEDU y la Resolución Viceministerial No. 068-2019-MINEDU, se constituye y reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música; asimismo mediante la Resolución Viceministerial No. 121-2021-MINEDU se designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora; Que de conformidad con los incisos a), f) y d) del numeral 6.1.5 del Artículo VI de la Resolución Viceministerial No. 244-2021-MINEDU que aprueba el documento normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, la Presidenta de la Comisión Organizadora ejerce la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora, dirige la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera y está facultada a emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia; asimismo, el inc. m) del mismo numeral le asigna las funciones que corresponden al Titular del Pliego; Que mediante la Ley No. 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 se aprobó el presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2022 y mediante la Resolución de Presidencia No. 297-2021-UNM se aprobó el Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional de Música para el citado año; Que de acuerdo con el artículo 76 del Decreto Legislativo No. 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las transferencias fi nancieras son los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario, así mismo se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que el artículo 20 de la Ley No. 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley No. 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que mediante Resolución de Contraloría No. 237- 2021-CG del 04 de noviembre de 2021, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que mediante el O fi cio Nº 001216-2022-CG/GAD, la Contraloría General de la República, CGR, manifestó que de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva Nº 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales” y otras normas, la CGR realizó el Concurso Público de Méritos Nº 01-2022 y designó al Consorcio Ramirez Gonzales Auditores & Consultores S. Civil y Urbano, Davila & Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2021 y 2022, habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoría por el periodo 2021, encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del periodo 2022, estableciendo como plazo máximo para efectuar la transferencia fi nanciera hasta el 10 de octubre de 2022; Que mediante la Resolución de Presidencia Nº 009-2022-UNM se autorizó una primera transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la Republica hasta por la suma de S/ 25,375.00 (veinticinco mil trescientos setenta y cinco y 00/100 Soles), correspondiente a la retribución económica solicitada para el fi nanciamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de realizar las labores de control posterior externo a la Universidad Nacional de Música del periodo 2021, en atención al O fi cio Nº 000131-2022- CG/GAD; Que mediante el O fi cio No. 237-2022-DGA-UNM, la Dirección General de Administración solicita se realicen los trámites para efectuar la segunda transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 25,375.00 (veinticinco mil trescientos setenta y cinco y 00/100 Soles) para fi nanciar los fi nes referidos previamente;