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16 NORMAS LEGALES Viernes 9 de diciembre de 2022 El Peruano / VISTA: la Resolución Nº 1859-2022-JNE, del 29 de julio de 2022, mediante la cual este órgano colegiado declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por don Arturo Pulgar Lucas, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Mi Buen Vecino. CONSIDERANDOS1. En la Resolución Nº 1859-2022-JNE, se observa que el visto, el numeral 1.1. de los antecedentes y el numeral 1 de la parte resolutiva hacen referencia al Gobierno Regional de Pasco, cuando lo preciso es mencionar “Gobierno Regional de Huánuco”. 2. En ese sentido, corresponde hacer la precisión pertinente en la citada resolución, dejando constancia de que este pronunciamiento no modi fi ca en modo alguno el sentido de la disposición que resuelve declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por don Arturo Pulgar Lucas, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Mi Buen Vecino. Ante ello, el Jurado Electoral Especial de Huánuco debe continuar con el trámite respectivo. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. PRECISAR en la Resolución Nº 1859-2022-JNE, del 29 de julio de 2022, que el visto, el numeral 1.1. de los antecedentes y el numeral 1 de la parte resolutiva deben quedar redactado de la siguiente manera: a) En el visto:VISTO: en audiencia pública virtual del 24 de julio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Arturo Pulgar Lucas, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Mi Buen Vecino (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00386-2022-JEE-HNCO/JNE, del 28 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco (en adelante, JEE), que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la candidata a vicegobernadora regional, cuatro candidatos titulares y tres candidatos accesitarios como consejeros regionales para el Gobierno Regional de Huánuco (en adelante, señores candidatos), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. b) En el numeral 1.1. de los antecedentes:1.1. A través de la Resolución Nº 00233-2022-JEE- HNCO/JNE, del 22 de junio de 2022, el JEE declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la fórmula y lista para el Gobierno Regional de Huánuco , presentada por la organización política Movimiento Independiente Regional Mi Buen Vecino (en adelante, OP), entre otros, por no haber presentado el Anexo 1 de los señores candidatos; y don Gil Ayvar Huamani, candidato a consejero accesitario por la provincia de Puerto Inca, no acreditó arraigo domiciliario.c) En el numeral 1 de la parte resolutiva: 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Arturo Pulgar Lucas, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Mi Buen Vecino; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00386-2022-JEE-HNCO/JNE, del 28 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la candidata a vicegobernadora regional, cuatro candidatos titulares y tres candidatos accesitarios como consejeros regionales al Gobierno Regional de Huánuco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, conforme se detalla en el siguiente cuadro: PROVINCIA Nº CARGO NOMBRES Y APELLIDOS HUÁNUCO VICEGOBERNADORA REGIONALSULLY DENSY GODOY DOMINGUEZ HUÁNUCO 1 CONSEJORO REGIONAL VELITSH FRANCIS BAUMAN RIVERA HUÁNUCO 1 ACCESITARIO FREDY MITIGUEL ESPINOZA REYNOSA LEONCIO PRDO1 CONSEJORO REGIONAL HUGO ALFREDO HUAMANI YUPANQUI AMBO 2 CONSEJERO REGIONAL MARTHA NIEVES INOCENTE YAROWILCA 1 ACCESITARIO ZOMELI ALVINO CRUZ PUERTO INCA 1 ACCESITARIO GIL AYVAR HUAMANI MARAÑÓN 1 CONSEJERO REGIONAL SOFIA CAROLINA HERRERA CALDAS MARAÑÓN 1 ACCESITARIO ENITH VICTORIA CORONEL PIMENTEL 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 2133102-1 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES