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34 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2022 El Peruano / de transferencia fi nanciera para el control gubernamental, se encuentra bajo los alcances de la Ley N° 31358, recomendando el cumplimiento de la norma. Es así que, la Unidad de Administración solicitó la disponibilidad presupuestaria remitiendo el cálculo del control concurrente referido al servicio de limpieza; por su parte la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización aprobó la modifi cación presupuestaria respectiva para contar con los recursos que permitan viabilizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por el monto de S/ 41,605.00 (Cuarenta y un mil seiscientos cinco con 00/100 soles), correspondiente al costo de control concurrente referido a dicho servicio, respecto del costo total determinado por la Contraloría General de la República; Que, la citada Unidad señala que se remitió a la Contraloría General el O fi cio N° 1215-2022-SUNARP/ ZRIX/JEF del 31 de octubre de 2022, con la información referida al procedimiento de selección antes citado, precisándose que se cuenta con los recursos presupuestarios aprobados hasta por el monto de S/ 41,605.00, concordante con la excepción señalada en el numeral 7.3 de la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL “Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”; Que, asimismo, respecto al control concurrente para los años 2023 a 2025, la referida Unidad comunica que de la Programación Presupuestaria Multianual 2023-2025 se destinará la previsión de los recursos para dicha fi nalidad, en el Presupuesto Institucional de Gastos de dichos ejercicios; y, de existir saldos disponibles antes del cierre del presente ejercicio presupuestal se evaluará la propuesta de la ampliación de transferencia fi nanciera a la Contraloría General hasta completar el monto requerido; Que, a través del Informe Técnico Nº 064-2022-SUNARP/OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, señala que el Presupuesto Institucional de Gastos para el año fi scal 2022 de la Unidad Ejecutora 002 SUNARP Sede Lima, contempló los recursos para el procedimiento de selección denominado “Servicio de Limpieza, Mantenimiento y apoyo técnico en los locales de la Zona Registral N° IX - Sede Lima”, cuyo valor de contratación asciende a S/ 14’977,604.16, correspondiendo el costo del control concurrente para el año 2022 el monto ascendente a S/ 41,605.00 soles, según lo informado por el área de Logística y Servicios de la Unidad de Administración de la citada Zona Registral. Asimismo, con respecto al control concurrente para los años 2023 a 2025, indica que de la Programación Presupuestaria Multianual 2023-2025 se destinará la previsión de los recursos para dicha fi nalidad, en el Presupuesto Institucional de Gastos de dichos ejercicios. En ese sentido, sobre la base de lo informado por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Unidad Ejecutora Sede Lima, a través del Informe Nº 355-2022-SUNARP/ZRIX/UPPM, emite opinión técnica favorable sobre la solicitud de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 41,605.00 (Cuarenta y un mil seiscientos cinco con 00/100 soles), con cargo a los recursos presupuestales de la referida contratación; Que, mediante el Informe Nº 1137-2022-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por la suma de S/ 41,605.00 (Cuarenta y un mil seiscientos cinco con 00/100 soles), correspondiente al control concurrente del año 2022, referido a la contratación del “Servicio de Limpieza, Mantenimiento y Apoyo Técnico en los locales de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima”, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; siendo competencia del despacho de la Superintendencia Nacional, emitir el citado acto resolutivo, conforme a lo dispuesto en la precitada norma y en el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Sunarp, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN, que establece que el Superintendente Nacional es la más alta autoridad jerárquica y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional;Que, no obstante lo señalado, atendiendo a que el Superintendente Nacional se encuentra con descanso médico, el precitado órgano de asesoramiento mani fi esta que, en el presente caso se ha con fi gurado el supuesto de impedimento temporal previsto en artículo 15 de la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado en la parte fi nal del artículo 10 del Texto Integrado del ROF de la Sunarp; donde se dispone que, en caso de ausencia o impedimento temporal el Superintendente Nacional, es reemplazado por el Superintendente Adjunto; Que, en ese sentido, considerando que mediante la Resolución Suprema N° 061- 2022-JUS publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 07 de abril de 2022, se designa al señor Eduar Jesús Salazar Sánchez en el cargo de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica concluye que corresponde que el acto resolutivo a emitir sea formalizado a través de una Resolución de la Superintendencia Adjunta de los Registros Públicos, que será publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, asimismo, el Órgano de Asesoramiento señala que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el citado informe legal, así como el Informe Técnico Nº 064-2022-SUNARP/OPPM, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, forman parte integrante de la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, Unidad Ejecutora: 002 Sunarp Sede Lima, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 41,605.00 (Cuarenta y un mil seiscientos cinco con 00/100 soles), correspondiente al control concurrente del año 2022, referido a la contratación del “Servicio de Limpieza, Mantenimiento y Apoyo Técnico en los locales de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima”, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- FinanciamientoLa transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado para el Año Fiscal 2022 del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora: 002 Sunarp Sede Lima, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle: DEL Pliego : 067 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS UNIDAD EJECUTORA : 002 SUNARP SEDE LIMA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 3 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD : 5001254 TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES