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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Jueves 22 de diciembre de 2022 El Peruano / 0686-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Anexo Nº 10778- 2022; el Informe Técnico Nº 0972-2022-SGCA-GDUMA/MM; la Carta Nº 0970-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Técnico Nº 1094-2022-SGCA-GDUMA/MM; la Resolución Nº 257-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Nº 155-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Nº 79-2022-GDUMA/MM, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el Expediente Nº 4193-2022, el señor Carlos Ernesto Huaman Egoavil, en representación de los señores Harris Sayre Posner y Paulina Posner, solicitó el acogimiento voluntario a los alcances de la Ordenanza Nº 387/MM para el inmueble ubicado en la Avenida 28 de Julio Nº 660 Interior Nº 19, del distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, adjuntando la documentación pertinente establecida en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 401/MM, ordenanza que establece disposiciones de aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, que constituye y regula microzonas de valor urbanístico y ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano en el distrito; Que, mediante Resolución Nº 257-2022-SGCA- GDUMA/MM de fecha 17 de noviembre de 2022, la Subgerencia de Catastro resolvió declarar procedente la solicitud señalada en el párrafo anterior; Que, el artículo 6º de la Ordenanza Nº 401/MM, establece que en virtud al informe señalado en el artículo 4º de la citada ordenanza, la Subgerencia de Catastro emitirá una resolución que declare procedente o improcedente la solicitud de acogimiento a los alcances de la Ordenanza Nº 387/MM, la cual asimismo establecerá las recomendaciones a considerar para la puesta en valor del predio a conservar, determinará los derechos edifi catorios y solicitará a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente que emita el Certi fi cado de Derechos Edi fi catorios y proyecte el decreto de alcaldía correspondiente. Asimismo, señala que la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente emitirá el Certi fi cado de Derechos Edi fi catorios y elevará a Secretaría General el proyecto de decreto de alcaldía para su suscripción; De acuerdo a lo actuado y de conformidad a lo expuesto en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- DECLARAR que el predio ubicado en la Avenida 28 de Julio Nº 660 Interior Nº 19, del distrito de Mira fl ores, se encuentra sometido al régimen especial de conservación establecido en las Ordenanzas Nrs. 387/MM y 401/MM, conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 257-2022-SGCA-GDUMA/MM de fecha 17 de noviembre de 2022 emitida por la Subgerencia de Catastro; consecuentemente, los propietarios del predio en mención se encuentran sujetos a los deberes y obligaciones que emanen de dicho régimen. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Carga Técnica Registral del inmueble ubicado en la Avenida 28 de Julio Nº 660 Interior 19, del distrito de Mira fl ores, inscrito en la Partida Electrónica Nº 49062020 de la Zona Registral Nº IX sede Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, consistente en el cumplimiento de las limitaciones y restricciones referidas a la demolición, ampliación y/o remodelación de las áreas intangibles del predio, así como el deber de mantenerlo en buen estado de manera permanente, según lo dispuesto en el artículo tercero de la Resolución Nº 257-2022-SGCA-GDUMA/MM. Artículo Tercero.- DISPONER que los propietarios del predio ubicado en la Avenida 28 de Julio Nº 660 Interior 19, del distrito de Mira fl ores, realicen las acciones necesarias para la puesta en valor del mismo, de conformidad con las disposiciones de las Ordenanzas Nrs. 387/MM y 401/MM, comprometiéndose a proteger el estado físico del predio una vez restaurado y manteniendo su estado original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones comprendidas en el Informe Técnico Nº 1094-2022-SGCA-GDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 4193-2022. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y a la Subgerencia de Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob. pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS MOLINA ARLES Alcalde 2135803-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que aprueba incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2023 ORDENANZA Nº 471/MDSM San Miguel, 19 de diciembre de 2022EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2022; VISTOS, el memorando Nº 1316-2022-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 364-2022-OAJ/MDSM, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el memorando Nº 424-2022-OATF/MDSM, emitido por la Ofi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el segundo párrafo de la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013- EF, establecen que el Concejo Municipal ejerce su función normativa a través de ordenanzas; Que, constituye política municipal incentivar el pago voluntario de los tributos que administra, por lo que conscientes de la situación económica que atraviesan los vecinos de San Miguel, es necesario tomar medidas que bene fi cien a los contribuyentes que cancelen en forma adelantada el total de sus arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2023; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR PRONTO PAGO DE ARBITRIOS DEL EJERCICIO 2023 Artículo 1º.- Otórguese a favor de los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de San Miguel, incentivos tributarios por el pago adelantado del total de los arbitrios del ejercicio 2023, en el siguiente orden: a) Diez por ciento (10%) para los contribuyentes que no tengan deudas tributarias hasta el 31 de diciembre de 2022.