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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Jueves 22 de diciembre de 2022 El Peruano / del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; En esa línea, el numeral 8.2 del citado artículo establece que para el proceso de nombramiento es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), según corresponda. Asimismo, que las plazas o puestos a ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y cuenten con la respectiva certi fi cación del crédito presupuestario. Que, el Decreto Supremo Nº 025-2019-SA, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693; Que, conforme al Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, que establece en el numeral 14.1 del artículo 14, la autorización para continuar el proceso de nombramiento dispuesto en la ley Nº 30957 hasta el 40% (cuarenta por ciento) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento. Que, según la Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA, en su contenido especi fi ca que todo personal de salud apto para nombramiento tiene que estar aprobado en el CAP-P, de acuerdo a la relación nominal del personal apto a nombrarse en nuestra unidad ejecutora en la presentación de CAP-P 2020 hubo una observación con respecto a una de las plazas a nombrarse con el cargo de Asistente en Servicio de Salud, en atención a ello se realizó las coordinaciones con MINSA dando como resultado la Resolución Secretarial Nº 225-2021-MINSA el cual modi fi ca el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de Salud aprobado con Resolución Ministerial Nº 595-2008/MINSA y sus modi fi catorias, mediante el cual se incorpora los cargos de Asistente en Servicios de Salud a efectos de continuar con la ejecución del nombramiento del personal de la salud conforme a la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA. Que, mediante Resolución Directorial Nº 666-2021-OGGRH-MINSA aprueba la lista nominal de hasta 20% de personal de salud declarado apto para el proceso de nombramiento, considerado en el Anexo 1º de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA, y su modi fi catoria, que le corresponde nombrar en el tercer trimestre del año 2021, en el marco de lo dispuesto en el inciso n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 781-2021-OGGRH/MINSA se aprueba la recti fi cación del error material incurrido en el anexo de la Resolución Directoral Nº 666-2021-OGGRH/MINSA. Por otro lado, el MINSA mediante Resolución Directoral Nº 074-2022-OGGRH/MINSA, aprobó la relación nominal de 1238 declarados aptos para el nombramiento considerados en el Anexo 1 A de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA y su modi fi catoria, cuyo nombramiento corresponde efectuarse durante el año 2022, en el marco de lo dispuesto en el inciso ñ) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en cuyo literal B) del numeral 5.1 de fi ne el CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su Estructura Orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda; Que, para la elaboración de la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Lima y 7 Unidades Ejecutoras, se siguieron los criterios técnicos que establece los lineamientos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro Para Asignación de Personal Provisional” aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE; Que, con O fi cio Nº 000574-2022-SERVIR-PE, de fecha de recepción 05 de octubre del 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite el Informe Técnico Nº 000162-2022-SERVIR-GDSRH, de fecha 21 de setiembre del 2022, que constituye la Opinión Técnica Favorable de SERVIR, en conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE; Que, mediante el O fi cio Nº 2603-2022-GRL-GRDS- DIRESA LIMA-DG-OEGDRRHH, de fecha 18 de octubre del 2022, la Dirección Regional de Salud Lima, a través de la O fi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima, el Proyecto de Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Lima y 7 Unidades Ejecutoras para la opinión favorable a fi n de gestionar el trámite de aprobación de dicho documento de gestión ante el Consejo Regional de Lima. Que, mediante el Informe Nº 653-2022-GRL-GRPPAT/ OP del 27 de octubre del 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite Opinión Técnica Favorable del proyecto de CAP Provisional propuesto de la Dirección Regional de Salud Lima y 7 Unidades Ejecutoras; Que, mediante el Informe Nº 1794-2022-GRL/SGRAJ, de fecha 07 de noviembre de 2022, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA que el Proyecto de Modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Salud Lima y 7 Unidades Ejecutoras, luego de su análisis, debate y de considerar el Pleno del Consejo Regional su aprobación, debe o fi cializarse mediante Ordenanza Regional. De conformidad con lo establecido en el Reglamento Interno del Consejo Regional, deberá remitir el Informe técnico favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el presente Informe Legal; En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 14 de noviembre de 2022, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes en la sesión ordinaria del consejo regional. En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL, QUE: