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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 198

198 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / proceso ONCOLÓGICO - Enfermedad CANCER, misma que la Gerencia General de Salud hace suya mediante el Memorando Nº 1882-2022-MPC/GS de fecha 22.11.2022, para la cual solicita su revisión, modi fi cación y su conformidad por la materia tributaria propuesta; Que, mediante Memorando Nº 2540 -2022-MPC- GGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, formula correcciones al proyecto de Ordenanza Municipal presentado, de modo tal que incorpora modi fi caciones al proyecto de Ordenanza Municipal propuesta para los pacientes oncológicos, contribuyentes y propietarios de un solo inmueble, los cuales deberán cumplir ciertos requisitos, los cuales se plasman para un mejor entendimiento; proyecto que remite a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, para que emita su Informe Legal al respecto, asimismo, respecto a la veri fi cación de las normas invocadas por la Gerencia General de Salud; Que mediante Memorando Nº 1261-2022-MPC- GGAJC de fecha 20 de diciembre de 2022 la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación determina la viabilidad del Proyecto de Ordenanza Municipal presentado por los regidores provinciales y revisado por la Gerencia General de Salud, por la cual detalla la conformidad y viabilidad de la misma, tal como lo establece las modi fi caciones realizadas por la Gerencia General de Administración Tributaria por ser una medida de bene fi cios tributarios; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS GENERADAS POR ARBITRIOS MUNICIPALES, INTERESES Y MORAS, ASÍ COMO COSTAS Y COSTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE COBRANZA COACTIVAS A LOS CONTRIBUYENTES QUE PADECEN DE CÁNCER Artículo 1.- OBJETIVO CONDONAR el 100% de la deuda pendiente de pago por concepto de Arbitrios Municipales (Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana) intereses y moras generados, así como costas y costos de los procedimientos de cobranza coactiva, a los contribuyentes que sean titulares de un (01) único predio, con diagnóstico de cáncer comprobado (neoplasia maligna) y no cuenten con ingresos su fi cientes para solventar el pago de sus obligaciones tributarias, lo cual será aplicable desde el momento de la admisibilidad de expediente administrativo presentado. Artículo 2.- AMBITO DE APLICACIÓN Pueden acogerse al presente bene fi cio aquellos contribuyentes propietarios de un solo predio, cuyo diagnóstico sea de cáncer (neoplasia maligna), adjuntando los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ordenanza. Artículo 3.- REQUISITOS 3.1 Solicitud dirigida al señor Alcalde requiriendo acceder al bene fi cio tributario. 3.2 Documentos que acrediten que es propietario de una única propiedad a nivel nacional, considerándose también como única propiedad aquellas unidades inmobiliarias adicionales constituidas por el estacionamiento, azotea, deposito, u otros de naturaleza similar. 3.3 En los casos que parte del predio este destinado parcialmente a una actividad comercial o de servicios debidamente autorizada por el área competente, el bene fi cio recaerá únicamente sobre el área destinada a casa habitación. 3.4 Informe médico de un Centro Médico Estatal o Particular fi rmado por médico oncólogo registrado en el Colegio Médico del Perú con numero de especialista habilitado y con colegiatura vigente, adjuntando copias de biopsia de tumor maligno, si es sólido tiene que ser infi ltrante; o tumor maligno hematológico: leucemia, linfoma, mieloma múltiple, fi rmado por un médico patólogo o anatomo patólogo.3.5 Informe social firmado por la Asistenta Social de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales que indique que la persona no cuenta con los ingresos suficientes para solventar el pago de estas obligaciones. 3.6 Acreditar que se encuentra recibiendo el tratamiento oncológico en el año fi scal, para lo cual deberá adjuntar esquema de tratamiento fi rmado por el médico oncólogo tratante. Artículo 4.- Procedimiento 4.1 Que, mediante la presentación del expediente administrativo con los documentos que sustentan el presente bene fi cio, la Gerencia General de Salud verifi cará los mismos que, de no ser originales, deberán ser copia fedateada, a efectos que la Gerencia General de Salud emita el informe inicial de admisibilidad y de la procedencia del expediente presentado, para luego ser derivado a la Gerencia de Servicios Sociales y Culturales, donde el/la Asistente Social realizará la evaluación correspondiente y el informe que sustente la procedencia o no, de lo solicitado por el contribuyente. 4.2 Con el informe realizado por el/la Asistenta Social de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, se elaborará un informe detallado señalando la procedencia o la improcedencia de lo solicitado por el contribuyente, así como la situación económica del mismo, producidos por la condición oncológica. 4.3 La renovación del presente bene fi cio es anual en caso cumpla los requisitos, o que por evolución de enfermedad el paciente ya no reciba tratamiento oncológico por ser paciente estadio IV o terminal (neoplasia maligna). Conforme a lo indicado en el informe médico fi rmado por el oncólogo y adjuntando imágenes tomografías o resonancias que determinen metástasis o secundaríamos de la enfermedad oncológica. 4.4 Una vez que tenga la documentación antes mencionada se remitirá a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el Informe Final, señalando la procedencia o improcedencia de lo solicitado a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas para la emisión de la Resolución Gerencial correspondiente. Artículo 5.- CONDONAR DE LAS DEUDAS POR ARBITRIOS MUNICIPALES Condonar el 100% de las deudas pendientes de pago por Arbitrios Municipales (Barrido de Calles, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo) de los años anteriores incluyendo las del 2022, de igual forma se condonarán los gastos y costas si estuvieran en proceso de ejecución coactiva, suspensión del procedimiento de Cobranza Coactiva, además de la condonación de las Multas Tributarias pendientes de pago, para lo cual se emitirá la Resolución Gerencial correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Primero.- DEL CUMPLIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA Encárguese a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia de Recaudación, Gerencia de Fiscalización, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Ejecutoria Coactiva y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la publicidad y la promoción de la misma con los demás órganos y/o unidades orgánicas competentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; cuya vigencia es inde fi nida. Artículo Segundo.- DE LA PUBLICACIÓN DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal institucional