Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2022 (07/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 7 de enero de 2022 El Peruano / que se reporte de manera periódica a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, con excepción de aquella correspondiente al reporte anual a ser enviado para la elaboración de la Cuenta General de la República en el marco del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. 1.3 En materia normativaAprobar directivas, planes, manuales, programas, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores 1.4 En materia de Contrataciones del EstadoResolver los recursos de apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo de los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios; desde la convocatoria hasta aquellos actos emitidos antes de la celebración del contrato cuyo monto de su valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta unidades impositivas tributarias (50 UIT). 1.5 En materia de gestión administrativaa) Suscribir y remitir las solicitudes de pago de honorarios del personal altamente cali fi cado, contratado en el marco de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; así como informar los casos en que dicho personal deje de prestar servicios, supuestos a los que se re fi eren el numeral 6.2 del artículo 6 y el numeral 8.1 del artículo 8, respectivamente, de los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, aprobados con Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF/43. b) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante los órganos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en aquellos procedimientos en los que éste constituya la última instancia. c) Constituir comisiones, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como disponer la modi fi cación de la conformación de estos, de ser el caso. d) Suscribir convenios de gestión, y de colaboración y cooperación interinstitucional en materia de su competencia y sus respectivas adendas, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. Artículo 2.- De la delegación al Titular de la O fi cina General de Administración. Delegar en el (la) jefe (a) de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores las siguientes facultades: 2.1 En materia de Contrataciones del Estadoa) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como sus modi fi catorias. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como sus modi fi catorias. c) Autorizar los procesos de estandarización.d) Aprobar las bases de los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores; así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público, y las contrataciones directas establecidas en el literal e) del presente numeral. e) Aprobar contrataciones directas bajo los supuestos establecidos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 082-2019-EF. f) Designar a los miembros integrantes de los comités de selección que tendrán a su cargo la preparación, conducción y realización de los procedimientos de selección hasta su culminación, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Reglamento de la Ley N.º 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 344-2018-EF. g) Aprobar la asignación su fi ciente de recursos para el otorgamiento de la buena pro para la contratación de obras y consultorías de obras, cuando las propuestas económicas superen el valor referencial hasta el límite máximo de diez por ciento (10%), debiéndose veri fi car que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto, siempre que se cuente con certi fi cación presupuestal. h) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria su fi ciente, ambas hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes, servicios en general y consultorías, para el caso de procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público y las contrataciones directas establecidas en el literal e) del presente numeral. i) Aprobar los expedientes de contratación correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como las adjudicaciones simplificadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público, y las contrataciones directas establecidas en el literal e) del presente numeral. j) Aprobar los expedientes técnicos de las obras que recibe la unidad ejecutora 00045 - Ministerio de Relaciones Exteriores, por administración directa o a través de la contratación de terceros, en el marco de la normatividad legal y vigente sobre la materia. k) Autorizar la participación de expertos independientes en los comités de selección, para el caso de procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica y selección de consultores individuales, así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público. l) Suscribir los contratos y adendas que se deriven de procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios, contratación directa, así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público. ll) Cancelar los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios y contrataciones directas que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público.