Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2022 (28/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / correspondiente Corte Superior de Justicia no asista a la instalación, el profesional contratado para la función de secretario del JEE dará cuenta de inmediato a la SG por la vía más rápida, a fi n de que, excepcionalmente, el presidente del JNE tome juramento a los miembros y secretario del JEE. Con posterioridad a dicho acto, el secretario elabora el acta de juramentación que, una vez suscrita digitalmente, es remitida a la SG. Posteriormente, el presidente del JEE prestará juramento ante el presidente del JNE. En el supuesto de que el segundo miembro o el tercer miembro no asistan a la instalación del JEE, esta se llevará a cabo en su ausencia. El miembro ausente a la instalación puede incorporarse al JEE en fecha posterior, previo juramento del cargo ante el presidente del JEE. El secretario levanta el acta correspondiente y la remite a la SG. En estos casos, se reconoce como fecha de inicio de su función la de su incorporación y juramentación. 9.4. Capacitación El JNE brinda capacitación a los presidentes, miembros y personal que presta servicios en el JEE, para el ejercicio de sus funciones y actividades. La capacitación se realiza a través de plataformas virtuales. 9.5. Panel de publicacionesEl JEE habilita un panel de publicaciones que debe estar ubicado en un lugar visible al público. El secretario del JEE es responsable de las publicaciones que se realicen a través del panel, para lo cual debe coordinar con el personal que realiza labores en modalidad presencial. 9.6. Horario de atención al públicoEl horario de recepción virtual de documentos a través de la mesa de partes del SIJE es el siguiente: Los siete (7) días de la semana De 8:00 a 20:00 horas La mesa de partes presencial de los JEE atiende la recepción física de documentos en el siguiente horario: Lunes a viernes De 8:00 a 16:00 horas Sábados, domingos y feriados De 8:00 a 14:00 horas A efectos del cómputo de los plazos legales, todos aquellos documentos que ingresen con posterioridad a la hora establecida, según sea el canal de recepción, serán considerados como presentados al día siguiente. 9.7. Quorum y emisión de resoluciones El quorum necesario para las sesiones del JEE es de tres (3) miembros. Para la emisión de un fallo, se requiere de dos (2) votos conformes. Si alguno de los integrantes del JEE no considera suficientes los fundamentos de la resolución o discrepa con ellos, pero no de su sentido, debe firmar la resolución, así como fundamentar por escrito su voto y firmarlo, en un plazo no mayor de 48 horas, bajo responsabilidad. Si alguno de los integrantes del JEE no comparte el sentido del fallo, debe elaborar su voto, por escrito, y fi rmarlo, en un plazo no mayor de 48 horas, bajo responsabilidad. Solo para las resoluciones de mero trámite basta la fi rma de dos (2) integrantes del Pleno del JEE. 9.8. Comisiones de servicioNo se autoriza comisiones de servicio durante el desarrollo de un proceso electoral en contexto de emergencia sanitaria. Excepcionalmente, se autorizará comisión de servicios al presidente del JEE y ERS para la rendición de cuentas al final del proceso electoral. 10. TIEMPO EN LAS ACTUACIONES PROCESALES10.1. Las actuaciones procesales son desarrolladas por el JEE en días hábiles o calendario, según se indiquen en las leyes electorales y en las disposiciones emitidas por el JNE. 10.2. Son horas hábiles las comprendidas entre las 8:00 y las 20:00 horas. 10.3. La noti fi cación de pronunciamientos de los JEE a través de la casilla electrónica se efectúa entre las 8:00 y las 20:00 horas. Los plazos se computan desde el día siguiente de la noti fi cación. 10.4. El Pleno del JNE puede declarar en sesión permanente, presencial o virtual, según el caso, a los órganos de justicia electoral, con lo que se habilitará los sábados, domingos y feriados para la realización de actuaciones procesales. 11. PROCLAMACIÓN Y ENTREGA DE CREDENCIALES 11.1. Los JEE deben proclamar los resultados de cómputo de las circunscripciones que corresponden a su competencia en el plazo máximo de dos (2) días calendario luego de haberse cargado en el SIJE los resultados del cómputo y siempre que haya recibido el reporte del cómputo al 100 %, remitido por la ODPE. 11.2. Reglas para la entrega de credenciales: a. El JEE competente para proclamar a las autoridades electas es el que emite y entrega las respectivas credenciales. b. Las credenciales son fi rmadas digitalmente y son almacenadas de forma automática en el repositorio del SIJE. c. A aquellos candidatos proclamados que cuentan con casilla electrónica se les remitirá la respectiva credencial a través de dicho medio, dentro del plazo máximo de tres (3) días calendario contados a partir del día siguiente de que el acta de proclamación adquiera firmeza. d. Para el caso de los candidatos proclamados que no cuenten con casilla electrónica, el JEE debe gestionar la entrega presencial de las credenciales, dentro del plazo máximo de tres (3) días calendario contados a partir del día siguiente de que el acta de proclamación adquiera firmeza. e. Después del cierre del JEE, las credenciales emitidas por este que no fueron recibidas por la autoridad proclamada y que se encuentran en el repositorio del SIJE serán entregadas por el JNE. f. Las constancias de entrega de credenciales según sea la modalidad, por casilla electrónica o de manera presencial, son remitidas a la SG al cierre del JEE. 12. TÉRMINO DE LA FUNCIÓN Y CIERRE DEL JURADO ELECTORAL ESPECIAL 12.1. El JEE culmina su función jurisdiccional el día programado para la última entrega de credenciales. Luego de dicho acto, se levanta un acta de cierre de la función jurisdiccional y el JEE se desactiva como órgano colegiado. En ese momento culmina la función de los miembros del JEE y la prestación de servicios del secretario y asistentes jurisdiccionales. 12.2. A partir del cierre del JEE la mesa de partes se desactiva de fi nitivamente. 12.3. La falta de candidatos, en la totalidad de distritos electorales a cargo de un JEE tendrá como consecuencia el cierre de este. 12.4. El calendario de cierre es el siguiente: