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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2022 (28/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / locales de los JEE. El personal de limpieza del JEE es el encargado de tales tareas, para dicha labor utiliza los productos de acuerdo a los procedimientos determinados en el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la COVID-19 en el Trabajo del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, Plan), así como las disposiciones relacionadas a los periodos de limpieza en atención a la afl uencia de personas, en lo que fuera aplicable. 1.2. El especialista de Recursos y Servicios (ERS) debe veri fi car el cumplimiento de las labores de limpieza y desinfección; asimismo, debe evaluar la situación a fi n de determinar la frecuencia de estas labores, según se requiera en el contexto de la emergencia sanitaria. 1.3. El personal de limpieza recibe capacitaciones virtuales sobre limpieza y desinfección de los ambientes y super fi cies del trabajo, conforme a lo establecido en el Plan, a través de la plataforma Zoom. 1.4. El ERS determina la necesidad, efectúa la compra y entrega los equipos de protección personal, así como los materiales de desinfección necesarios para todos los trabajadores; asimismo, debe velar por la adquisición adicional del material de limpieza para la desinfección de los ambientes del JEE. 1.5. Las disposiciones relacionadas a las obligaciones e incumplimientos del Plan son de obligatoria observancia en los JEE. LINEAMIENTO 2: EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DEL TRABAJADOR 2.1. Los miembros del JEE que pertenecen al grupo de riesgo deben priorizar la modalidad de trabajo remoto. Las personas incluidas en los grupos de riesgo que deban concurrir de manera presencial al local del JEE deben aplicar el procedimiento establecido en el Plan. 2.2. El ERS en coordinación con el responsable del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo a las precisiones establecidas en el Plan, puede gestionar la aplicación de pruebas serológicas para el control del virus SARS-CoV-2 (COVID 19) de acuerdo con las normas del Ministerio de Salud, según se trate del personal con puestos de trabajo de mediano y bajo riesgo, conforme a la indicación del profesional de la salud o de la Autoridad Nacional o Regional de Salud, según corresponda. 2.3. Previo ingreso a las sedes institucionales y bajo responsabilidad, los trabajadores que realicen la modalidad de trabajo presencial, mixta o asistan a alguna de las sedes de la entidad a efectuar actividades, según corresponda, deben llenar en su totalidad y presentar vía web la “Ficha Sintomatológica COVID-19” 1, la misma que tiene carácter declarativo. 2.4. De identi fi carse trabajadores que pudieran considerarse como caso sospechoso, conforme a lo establecido en el numeral 5.1 del título V de la Norma Técnica de Salud Nº 1788-MINSA/DGIEP-2021, o sus modi fi catorias, se procede de acuerdo con lo dispuesto en el Plan. En caso de que el JEE esté instalado en el local de una o fi cina desconcentrada (OD), los casos sospechosos son informados a dicha OD y a la Dirección Nacional de O fi cinas Desconcentradas (DNOD). 2.5. Para el caso de los trabajadores que cuentan con alta epidemiológica del virus SARS-CoV-2 (COVID 19), luego de haber tenido un diagnóstico positivo o haber sido contacto de un caso positivo y cumplido el aislamiento respectivo, se procede con la reincorporación de acuerdo con lo establecido en el Plan, en lo que fuera aplicable, entendiéndose en este caso que el ERS efectúa las coordinaciones con el responsable del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo o los profesionales de la salud contratados para tal fi n. LINEAMIENTO 3: LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO Resulta aplicable a los servidores del JEE lo dispuesto en el Lineamiento 3 del Plan, para lo cual el ERS proporciona a los trabajadores materiales para su aseo: jabón líquido o jabón desinfectante, papel toalla y alcohol gel, dentro de la entidad. El reabastecimiento de dichos insumos es de carácter permanente.LINEAMIENTO 4: SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO Es de aplicación a los trabajadores del JEE el Plan, referido a la realización de actividades de sensibilización para la prevención del contagio del virus SARS-CoV-2 (COVID 19), en el local del JEE, en el hogar y en la comunidad. Estas actividades están a cargo de los profesionales de la salud contratados para tal fi n. LINEAMIENTO 5: MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACIÓN COLECTIVA El Plan establece acciones dirigidas a reducir la transmisión del virus SARS-CoV-2 (COVID 19), debiendo tenerse en cuenta los siguientes aspectos enfocados en la jerarquía de controles: 5.1. Evitar la exposición al virus SARS-CoV-2 (COVID 19) en el local del JEE: a. Mediante la priorización del trabajo remoto. b. Las reuniones de trabajo o capacitación serán preferentemente virtuales. Las reuniones presenciales serán excepcionales, bajo responsabilidad de quien las convoque. c. Las mujeres gestantes y las que dan lactancia materna realizarán trabajo remoto, de preferencia hasta los seis (6) meses posteriores al parto. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo evaluará la continuidad del trabajo remoto. d. Se establecerán turnos para el consumo de alimentos del personal o se evaluará la opción de facilitar la ingesta de estos en las o fi cinas si las condiciones lo permiten. e. Los asistentes de mesa de partes que atiendan a los ciudadanos estarán protegidos mediante mamparas para mostradores, además de la doble mascarilla correspondiente o una KN95. Los trabajadores que brinden el servicio de limpieza realizarán la desinfección de las mamparas como mínimo 3 veces al día. 5.2. Establecer controles administrativos:a. Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre medidas preventivas contra del virus SARS-CoV-2 (COVID 19). b. Para el caso excepcional de reuniones de trabajo presencial, se respetará el distanciamiento físico respectivo y el uso obligatorio de mascarillas. No se consumirán alimentos y tendrán una duración del menor tiempo posible. c. Se prioriza el empleo de medios digitales para evitar el contacto y aglomeraciones (correos electrónicos, entre otros). d. El ERS mantendrá el control permanente del aforo del local. 5.3. Establecer el uso obligatorio de barreras o equipos de protección personal: a. El uso de mascarilla KN95 o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela) es de carácter obligatorio, siendo consecuentes con las indicaciones y recomendaciones del Ministerio de Salud al respecto. b. Se establecerán puntos estratégicos para el acopio de equipos de protección personal usados, material descartable posiblemente contaminado (guantes, mascarillas u otros). LINEAMIENTO 6: MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL El ERS es el responsable de adquirir los implementos de protección personal y desinfección a los trabajadores (mascarillas, papel higiénico, papel toalla, alcohol, jabón líquido, etc.), así como de la entrega de los implementos de protección personal y de desinfección a los trabajadores, y debe dejar constancia de dicha entrega mediante el registro correspondiente.