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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2022 (28/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / f. Apoyar al coordinador de fi scalización en las actividades de fi scalización electoral que este le requiera. g. Otras tareas a fi nes a la fi scalización electoral que le sean encomendadas por la DNFPE o el JEE. 8.12. Del fi scalizador distrital 8.12.1. Fiscalizador distritalEs el profesional o técnico encargado del desarrollo y ejecución de las actividades de fi scalización electoral de acuerdo al ámbito geográ fi co asignado. Es seleccionado por el JNE. El número de fi scalizadores distritales será establecido por el JNE . El fi scalizador distrital tiene a su cargo a los fi scalizadores de local de votación que se le asigne. El fi scalizador distrital presta servicios bajo la modalidad mixta. Tiene la obligación de cautelar el uso adecuado de la indumentaria, materiales y documentación que le sean asignados. 8.12.2. Actividades del fi scalizador distrital Tiene a su cargo:a. Procesar la información recabada en campo, así como aquella reportada por los fi scalizadores de local de votación, generar reportes, elaborar informes y ponerlos en conocimiento del Coordinador de Fiscalización o del personal de la DNFPE, de acuerdo con las indicaciones dadas. b. Cumplir las actividades y procedimientos establecidos en el documento denominado “Instrucción de Trabajo - Fiscalización Electoral Descentralizada”, así como los protocolos de prevención, protección y control sanitarios que la institución determine. c. Ejecutar el plan de actividades conforme a los lineamientos establecidos por la DNFPE. d. Registrar la información de la fi scalización electoral en el SIPE de manera oportuna y reportarla a través de otros mecanismos previstos, de acuerdo con las indicaciones dadas por la DNFPE. e. Preservar la documentación generada en las actividades de fi scalización, según los criterios establecidos en el Procedimiento de Gestión Documentaria de la DNFPE. f. Apoyar al coordinador de fi scalización en las actividades de fi scalización electoral que este le requiera. g. Otras tareas a fi nes a la fi scalización electoral que le sean encomendadas por la DNFPE o el JEE. 8.13. Del fi scalizador de hoja de vida 8.13.1. Fiscalizador de hoja de vidaEs el profesional o técnico encargado de fi scalizar las DJHV de los candidatos integrantes de las fórmulas y listas presentadas ante el JEE donde presta servicios, desarrolla sus actividades conforme al respectivo reglamento. Es seleccionado por el JNE. El número de fi scalizadores de hoja de vida será establecido por el JNE. El fi scalizador de hoja de vida presta servicios bajo la modalidad mixta. Tiene la obligación de cautelar el uso adecuado de la indumentaria, materiales y documentación que le sean asignados. 8.13.2. Actividades del fi scalizador de hoja de vida Tiene a su cargo:a. Ejecutar el plan de actividades conforme a los lineamientos establecidos por la DNFPE. b. Cumplir con el desarrollo de la fi scalización electoral conforme al documento denominado “Instrucción de Trabajo - Fiscalización Descentralizada de Hoja de Vida de los Candidatos”, según sus competencias. c. Coordinar con el ERS el envío oportuno de los ofi cios elaborados y dirigidos a las entidades públicas o privadas que requieran información sobre los candidatos inscritos en el JEE. d. Ejecutar las actividades para la fi scalización de las DJHV de los candidatos y emitir reportes. e. Registrar la información de cada candidato fi scalizado en el SIPE de manera oportuna, de acuerdo con las indicaciones dadas por la DNFPE. f. Informar al presidente del JEE y a su respectivo monitor de hoja de vida sobre la fi scalización de las DJHV. g. Registrar y archivar la documentación que se genere por cada candidato fi scalizado, de acuerdo con las indicaciones dadas por la DNFPE y entregarla al respectivo monitor de hoja de vida, según los criterios establecidos. h. Otras tareas a fi nes a la fi scalización electoral que le sean encomendadas por la DNFPE. 8.13.3. Servicio de mensajería para las actividades de fi scalización de hoja de vida En apoyo de las actividades de fi scalización de las DJHV de los candidatos, el JEE puede contratar los servicios de mensajería para el diligenciamiento de los ofi cios a las entidades públicas o privadas; siempre que las entidades destinatarias no cuenten con la mesa de partes virtual. 8.14. Del fi scalizador técnico 8.14.1. Fiscalizador técnicoEs el profesional o técnico encargado de desarrollar actividades de fi scalización electoral en el ámbito del uso de tecnologías de información, de comunicaciones y administración de centros de cómputo que la ODPE haya implementado. Tiene la obligación de cautelar el uso adecuado de la indumentaria, materiales y documentación que se encuentre a su cargo. Es seleccionado por el JNE. El fi scalizador técnico presta servicios bajo la modalidad mixta. El número de fi scalizadores técnicos será establecido por el JNE. 8.14.2. Actividades del fi scalizador técnico Tiene a su cargo:a. Fiscalizar la instalación y funcionamiento del centro de cómputo, la “puesta a cero” de las bases de datos y la ejecución del software . b. Ejecutar el procedimiento de fi scalización del cómputo de resultados y demás actividades relacionadas. c. Elaborar y ejecutar el plan de actividades conforme a los lineamientos establecidos por la DNFPE. d. Generar reportes, elaborar informes y ponerlos en conocimiento del coordinador de fi scalización o del monitor de la DNFPE, de acuerdo con las indicaciones dadas. e. Registrar la información de la fi scalización electoral en el SIPE de manera oportuna, de acuerdo con las indicaciones dadas por la DNFPE. f. Reportar información a la DNFPE a través del SIPE y otros mecanismos previstos. g. Cumplir con el desarrollo de la fi scalización técnica conforme al documento denominado “Guía de Fiscalización Técnica”, según sus competencias. h. Otras tareas a fi nes a la fi scalización electoral que le sean encomendadas por la DNFPE o el JEE. 8.15. Del fi scalizador de local de votación 8.15.1. Fiscalizador de local de votaciónEs el encargado de fi scalizar la legalidad de las acciones y conducta de los actores electorales durante los días previos al sufragio, así como en el local de votación que se le asigne el día de las elecciones. Tiene la obligación de cautelar el uso adecuado de la indumentaria, materiales y documentación que le sean asignados. Es seleccionado por el JEE.