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48 NORMAS LEGALES Viernes 28 de enero de 2022 El Peruano / de Certi fi cación Digital debidamente acreditado que se encuentre dentro de la Infraestructura O fi cial de Firma Electrónica (IOFE), y que no medie ninguno de los vicios de la voluntad, previstos en el Título VIII del Libro II del Código Civil. e. Jurado Nacional de EleccionesOrganismo electoral constitucionalmente autónomo, con competencia nacional, que imparte justicia en materia electoral, fi scaliza la legalidad de los procesos electorales, vela por el cumplimiento de la normativa electoral y ejerce las demás funciones que le asigna la Constitución y su Ley Orgánica. f. Jurado Electoral EspecialÓrgano de carácter temporal instalado para un determinado proceso electoral. Las funciones y atribuciones del JEE están establecidas en la LOJNE, LOE y demás normas pertinentes. g. O fi cial de seguridad de la Información del Jurado Nacional de Elecciones Es el profesional de la DRET responsable de plani fi car, coordinar y controlar la gestión de las políticas, procedimientos y acciones sobre mejora de la seguridad de la información en el JNE. h. Presidente del Jurado Electoral EspecialEs el juez superior designado por la Corte Superior de Justicia bajo cuya circunscripción se encuentra la sede del JEE. i. Prestación de servicio bajo la modalidad presencial Es la prestación de servicios que se realiza de manera presencial en el local del JEE. j. Prestación de servicio bajo la modalidad virtualEs aquella que realizan los locadores desde cualquier ubicación física que no requiere la presencia en la sede del JEE. k. Prestación de servicio bajo la modalidad mixta Es la combinación de la prestación de servicios de manera presencial y virtual, de acuerdo con las necesidades del servicio. l. Segundo miembro del Jurado Electoral Especial Es el fi scal superior designado por la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal respectivo. m. Tercer miembro del Jurado Electoral EspecialEs el ciudadano con domicilio en el distrito sede del JEE, seleccionado de manera aleatoria por el Reniec y designado por el JNE mediante sorteo en acto público. n. Trabajo remoto Prestación de servicios con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita. Este no se limita al trabajo que puede ser realizado a través de medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos, sino que se extiende a cualquier tipo que no requiera la presencia física del trabajador en el centro de labores. 7. DISPOSICIONES GENERALES7.1. Del contenido del reglamento El presente reglamento es un instrumento técnico de gestión que precisa la naturaleza, estructura funcional, funciones generales y especí fi cas de los JEE, así como disposiciones sobre su inicio y cierre. 7.2. Naturaleza de los Jurados Electorales Especiales Los JEE son órganos de carácter temporal creados para un proceso electoral especí fi co. Son competentes para dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de gestión jurisdiccional y administrativa, así como controlar y coordinar las actividades fi scalizadoras y educativas, dentro de sus respectivas circunscripciones administrativas y de justicia electoral. 7.3. Del desarrollo de la función jurisdiccionalLos JEE imparten justicia electoral con autonomía y en aplicación de la Constitución Política del Perú y las leyes electorales. La función jurisdiccional tiene primacía sobre el desarrollo de otras actividades del JEE. 7.4. Competencia de los Jurados Electorales Especiales Su competencia territorial la determina el JNE mediante la resolución que de fi ne las circunscripciones administrativas y de justicia electoral. 7.5. Funciones de los Jurados Electorales Especiales Son las siguientes:a. Impartir justicia electoral en primera instancia, con arreglo a la Constitución Política del Perú, los Tratados Internacionales, las leyes, las normas emitidas por el Pleno del JNE y los principios generales del Derecho. b. Cali fi car y conceder, de ser el caso, los recursos de apelación que se interpongan contra sus pronunciamientos, elevando los actuados al JNE. c. Tramitar las solicitudes de reconocimiento de los personeros en los procesos electorales. d. Cali fi car e inscribir las fórmulas y las listas de candidatos. e. Resolver las tachas contra candidatos y contra fórmulas y listas de candidatos. f. Resolver las exclusiones contra candidatos.g. Resolver las tachas formuladas contra los postulantes a los cargos de jefe de ODPE, administrador de ODPE y coordinador de local de votación de ODPE. h. Resolver las tachas formuladas contra los ciudadanos sorteados para conformar las mesas de sufragio, así como excluir de o fi cio a los ciudadanos sorteados que tengan comprobado impedimento para asumir la función de miembro de mesa. i. Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, de acuerdo con la reglamentación, directivas y procedimientos establecidos por el JNE. j. Fiscalizar la legalidad de la realización del proceso electoral de acuerdo con los procedimientos establecidos por el JNE y en coordinación con la DNFPE. k. Velar por el cumplimiento obligatorio de las resoluciones, directivas y otras normas del JNE, sobre el desarrollo del proceso electoral, así como las demás disposiciones referidas a la impartición de justicia electoral. l. Elevar al JNE las quejas que se presenten contra el JEE. m. Expedir las credenciales correspondientes a los candidatos elegidos. n. Declarar la nulidad del proceso electoral, en primera instancia, conforme a ley. o. Poner en conocimiento del JNE y de la autoridad competente, las infracciones o delitos cometidos por las personas, autoridades, funcionarios, trabajadores públicos y prestadores de servicios, en aplicación de las normas electorales. p. Resolver las impugnaciones contra las decisiones de los miembros de mesa hechas durante la votación y el escrutinio en las mesas de sufragio.