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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / La actualización de los costos se efectuará de acuerdo al Artículo 15 utilizando los factores aplicables a la instalación de Acometida según el tipo de medidor que corresponda. “ Artículo 9.- Modi fi car el pie de página 1 del ANEXO 1 de la Resolución N° 079-2022-OS/CD, según lo siguiente: “El sustento técnico y económico del Plan Quinquenal de Inversiones se encuentra detallado en el Informe N° 427-2022-GRT.” Artículo 10.- Modi fi car el numera 4) del ANEXO 1 de la Resolución N° 079-2022-OS/CD, según lo siguiente: “4) Valorización del Plan Quinquenal de Inversiones 2022 - 2026 Se ha procedido con la valorización de los metrados proyectados del Plan Quinquenal de Inversiones para lo cual se han utilizado los costos unitarios del Baremo de Costos, el mismo que se encuentra sustentado en el Informe Técnico N° 430-2022-GRT. En el siguiente cuadro se presenta la valorización de las instalaciones para el periodo 2022-2026 que se reconocerán en la Tarifa Única de Distribución. Cuadro N° 1.2 Grupo SubGrupo Unidad Proyectado Total 2022 2023 2024 2025 2026 Gasoducto Acero USD 1 324 609 1 304 458 7 442 225 - - 10 071 292 PE USD 46 129 404 33 484 533 21 878 674 11 806 135 5 893 935 119 192 681 Tubería de ConexiónAcero USD 9 472 1 856 - - - 11 328 PE USD 15 068 168 12 205 228 9 778 581 8 881 737 7 682 155 53 615 869 Estaciones de Regu- laciónERP USD 1 036 847 - 1 215 322 - - 2 252 169 City Gate USD - - - - - - Válvulas Acero USD 24 755 - 31 476 - - 56 231 PE USD 80 666 73 525 45 383 21 403 9 649 230 626 Obras EspecialesCruce de RíosUSD - - 181 561 181 561 - 363 122 Hot Tap USD 77 937 194 843 97 422 - - 370 202 Cruce de VíasUSD 42 107 189 480 189 480 94 740 21 053 536 860 Otras USD 683 840 683 840 1 367 680 683 840 911 786 4 330 986 Total USD 64 477 805 48 137 763 42 227 804 21 669 416 14 518 578 191 031 366 La valorización antes mostrada ha sido obtenida aplicando los respectivos costos unitarios calculados por Osinergmin para los diferentes tipos de ductos, tuberías de conexión y obras especiales. El Plan Quinquenal de Inversiones proyectado para el periodo 2022 - 2026 asciende a la suma de USD 191,03 millones. De acuerdo con el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, las tarifas se calculan para el periodo de cuatro (4) años, por ello, el monto de inversiones del Plan Quinquenal de Inversiones que se incorpora a la tarifa corresponde a los cuatro primeros años, el mismo que alcanza a la suma de USD 176,51 millones.” Artículo 11.- Modi fi car el pie de página número 2 del ANEXO 2 de la Resolución N° 079-2022-OS/CD, según lo siguiente: “El sustento técnico y económico del Plan de Conexiones Residenciales a bene fi ciarse con los Gastos de Promoción se encuentran detallados en el Informe N° 429-2022-GRT.” Artículo 12.- Modi fi car el Cuadro N° 2.6 del ANEXO 2 de la Resolución N° 079-2022-OS/CD, según lo siguiente: Cuadro N° 2.6 Descuento de Promoción para la conexión de hasta 1 artefacto a gas natural Estratos de nivel de ingreso per cápita del hogar según el INEICosto de Promoción USD/Cliente Medio, Medio Bajo y Bajo 138,49Artículo 13.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y consignarla junto con los Informes Técnicos N° 430-2022-GRT, N° 429-2022-GRT, N° 428-2022-GRT y N° 427-2022-GRT en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2083753-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la “Norma que modifica el Reglamento Interno del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios, aprobado por Resolución N° 102-2017-CD/OSIPTEL” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 108-2022-CD/OSIPTEL Lima, 1 de julio de 2022 MATERIANORMA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS DE USUARIOS VISTOS: (i) El Proyecto de Norma presentado por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), que modi fi ca el Reglamento Interno del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 102 -2017-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias; y, (ii) El Informe Nº 0027-STSR/2022 elaborado por la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos, presentado por la Gerencia General del OSIPTEL, que recomienda la aprobación de la Norma a que se re fi ere el numeral precedente, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 25° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM (Reglamento General), este Organismo, en ejercicio de su función normativa, puede dictar reglamentos o disposiciones de carácter general referidos a su organización interna; Que, los artículos 58° y 59° del referido Reglamento General establecen que este Organismo tiene competencia exclusiva para conocer y resolver los