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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2022 (29/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 102

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 29 de julio de 2022 El Peruano / observadores de la Organización de Estados Americanos (OEA) sobre el Protocolo aplicable a los observadores durante el proceso electoral, entre otros puntos; Cabe destacar, que en virtud de las modi fi caciones de los documentos normativos emitidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, y con el fi n de actualizar los Protocolos de Seguridad y Prevención contra la COVID – 19, elaborados por la ONPE, se coordinó con el MINSA la actualización de los siete (07) Protocolos, solicitando su revisión y opinión para su aplicación en los procesos electorales a realizarse durante el presente año, para ello se llevaron a cabo diversas coordinaciones entre los equipos técnicos del MINSA y ONPE, informándonos por parte del MINSA su opinión favorable el 26 de abril de 2022 respecto a la actualización planteada por ONPE de los referidos Protocolos, entre los cuales fi guraba como medida para el ingreso de las sedes y de los locales de votación, la solicitud del DNI y el carné físico o virtual que acredite haber recibido su vacunación completa contra la COVID-19, primera, segunda y tercera dosis (de corresponder, según el esquema nacional de vacunación para la COVID-19 vigente), en caso de no demostrar el citado carné se debe restringir el ingreso; Con fecha 13 de julio de 2022, la Secretaría General del MINSA emitió el O fi cio Nº 3418-2022-SG/MINSA a través del cual remite adjunto el Informe N° 254-2022-SDV--DGIESP/MINSA elaborado por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública que, a su vez, hace referencia al Memorando Nº 542-2022-OGAJ/MINSA, señalando en el numeral 2.5 del Informe, señala lo siguiente: “Respecto de la propuesta remitida por la ONPE sobre el requerir la presentación del carné de vacunación para el ingreso al local de votación, con el documento de referencia b) 1 la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud opinó lo siguiente: (…) De igual forma, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 016-2022-PCM (…) precisa de manera taxativa los lugares y/o establecimientos de carácter público en los que se exige la presentación del carné de vacunación que respalde la aplicación de las dosis respectivas, dentro de las cuales, no se encuentran incluidos los centros de votación, a miras de los próximos comicios electorales a celebrarse en el presente año. (…)” Concluyendo el citado Informe en el numeral 3.2: “Respecto de la propuesta remitida por la ONPE sobre el requerir la presentación del carné de vacunación para el ingreso al local de votación, ello no se encuentra establecido en el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM y modi fi catorias, de acuerdo con lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud”, asimismo, recomienda que la ONPE establezca acciones para cumplir las medidas de prevención, por ejemplo el uso de espacios abiertos y la veri fi cación del uso adecuado de la mascarilla; Por su parte, la Secretaría General del MINSA mediante Ofi cio N° 3559-2022-SG/MINSA de fecha 21 de julio de 2022, adjuntando el Informe N° 010-2022-UFETP-DGIESP/MINSA elaborado por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública que, a su vez, hace referencia en el numeral 2.6 a lo señalado en el 2.5 del Informe Nº 254-2022-SDV-DGIESP/MINSA, reiterando las mismas conclusiones que este último Informe; En ese contexto, mediante el Informe N° 000201-2022-GOECOR/ONPE que referencia el Informe N° 000067-2022-ERM-GOECOR/ONPE, la GOECOR sustenta la necesidad de actualizar siete (7) Protocolos señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta, las disposiciones normativas contenidas en la Resolución Ministerial N° 1275-2021/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N°321-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2, así como, la Resolución Ministerial N° 1218-2021/MINSA que aprueba la NTS N° 178-MINSA/DGIESP-2021, Norma Técnica de Salud para la prevención y control de la COVID-19 en el Perú, entre otras; así como, el Decreto Supremo N° 076-2022-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, precisando que la actualización de los protocolos cuenta con la opinión señalada precedentemente de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; Por su parte, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe de vistos, informa a la Gerencia General que efectuó el asesoramiento para la actualización de los documentos antes referidos, concluyendo que cumplen con el fl ujo establecido en el OD09-GPP/GC “Estructura de información documentada interna” y, con las disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad vigente; De conformidad con los literales c) y g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y adecuado por la Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General y las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 001845-2022-JN/ONPE. Artículo Segundo.- Disponer la actualización de siete (7) documentos, denominados “Protocolos de Seguridad y Prevención Contra la COVID 19”, aprobados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, que en anexos forman parte de la presente resolución y que se detallan a continuación: 1. OD04-GOECOR/IMO: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 en la ODPE y ORC. (versión 05). 2. OD14-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 en el local de votación y espacios abiertos. (versión 06). 3. OD15-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 en la mesa de sufragio. (versión 05). 4. OD16-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para los electores. (versión 06). 5. OD17-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para los personeros durante el proceso electoral. (versión 05). 6. OD18-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para los observadores durante el proceso electoral. (versión 05). 7. OD19-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para periodistas. (versión 05). Artículo Tercero.- Disponer que los documentos citados en los artículos precedentes son de cumplimiento obligatorio por todos los servidores y ciudadanos intervinientes en los procesos electorales convocados. Artículo Cuarto.- Disponer que los documentos aprobados mediante la presente resolución jefatural tendrán vigencia en tanto dure la Emergencia Sanitaria y/o el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Poder Ejecutivo. Artículo Quinto .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y de la resolución y sus anexos, en la Plataforma Única para la Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/onpe), en el Portal institucional, www.onpe.gob.pe, y en el Portal de Transparencia de la ONPE. Regístrese, publíquese y comuníquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1 Memorando N° 542-2022-OGAJ/MINSA (02 de junio 2022) del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. 2090660-1