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91 NORMAS LEGALES Viernes 29 de julio de 2022 El Peruano / contiene la Exposición de Motivos y la Formula Legal respectiva. Que, de conformidad a las consideraciones jurídicas y fácticas expuestas precedentemente, en sujeción a lo dispuesto por los artículos 13º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas por la precipitada norma legal en concordancia con el artículo 12º numeral 2, 46 y 70º del Reglamento Interno de Concejo – RIC, previa la deliberación, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Urubamba, aprueba por MAYORÍA CALIFICADA. ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR y AUTORIZAR el VIAJE del Señor LUIS ALBERTO VALCARCEL VILLEGAS – ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA; del Señor EUFEMIO CJUIRO MESCCO – REGIDOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, y del Ing. NERIO ALFREDO PALMA ESPINOZA GERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO, a la Ciudad de Rio Branco, capital del Estado de Acre – Brasil, para la participación en la EXPOACRE 2022, del 03 de agosto del 2022, al 09 de agosto del 2022. Con el objeto de promover e impulsar la comercialización y exportación de diversos productos agropecuarios, para dar estrategias de posicionamiento de la Provincia de Urubamba. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerente Municipal, a la Gerencia de Administración, O fi cina de Presupuesto por Resultados, Unidad de Contabilidad y demás unidades orgánicas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para que realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente Acuerdo de Concejo Municipal, bajo estricto cumplimiento con la normatividad establecida para estos viajes. Artículo Tercero.- DISPONER, a la O fi cina de Gerencia de Administración, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Acuerdo de Concejo Municipal; bajo responsabilidad Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Secretaria General la Noti fi cación del acuerdo de Concejo Municipal al Señor Alcalde Luis Alberto Valcarcel Villegas, al Señor Regidor Eufemio Cjuiro Mescco, Ing. Nerio Alfredo Palma Espinoza. Artículo Quinto.- DISPONER, a la O fi cina de Tecnologías de Información y Comunicación, publique en la página Web Institucional www.gob.pe/muniurubamba, así como en el panel publicitario de la Municipalidad Provincial de Urubamba. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.LUIS ALBERTO VALCÁRCEL VILLEGAS Alcalde 2090678-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Constitucion del Centro para los Servicios de Informacion y Asesoramiento sobre la Comercializacion de los Productos Pesqueros en America Latina y el Caribe (INFOPESCA) CONSTITUCION DEL CENTRO PARA LOS SERVICIOS DE INFORMACION Y ASESORAMIENTO SOBRE LA COMERCIALIZACION DE LOS PRODUCTOS PESQUEROS EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE (INFOPESCA) PREAMBULO Las Partes Contratantes,Conscientes de la gran importancia de la pesca y la acuicultura siendo un sector signi fi cativo del desarrollo de los países de América Latina y del Caribe; Reconociendo que la mayor parte de los países de América Latina y del Caribe obtendrían grandes bene fi cios del desarrollo de sus pesquerías, lo cual puede depender en parte del establecimiento de un servicio de información y de asesoramiento sobre el mercado internacional de productos pesqueros que permita lograr una situación más equilibrada de los suministros en los mercados, promover una estructura más bene fi ciosa de los precios y fomentar el aprovechamiento más apropiado de los recursos pesqueros; Conscientes de que la promoción y el éxito de tales servicios se pueden facilitar mediante la cooperación regional; Considerando que la mejor forma de lograr dicha cooperación es el establecimiento de una organización intergubernamental que lleve a cabo sus actividades en colaboración con Estados, otras organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales, instituciones y también empresas privadas que puedan ofrecer apoyo fi nanciero y técnico; han convenido en establecer el Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe en adelante denominado “INFOPESCA”, que se organizará y funcionará de conformidad con la presente Constitución: ARTICULO 1 Defi niciones En la presente Constitución, se entenderá por:(a) “Miembros”, los Estados Miembros, así como los Miembros Asociados mencionados en el Artículo 6; (b) “Estatutos”, los estatutos del Centro que apruebe su Asamblea General; (c) “Presidente”, el Presidente de la Asamblea General y del Comité Ejecutivo; (d) “Institución”, cualquier órgano nacional o internacional u otro organismo público relacionado con la pesca y acuicultura; (e) “Región” (o “regional”), la Región constituida por América Latina y el Caribe. ARTICULO 2 Objetivos Los objetivos de INFOPESCA serán la prestación de servicios de información y asesoramiento sobre la comercialización de los productos pesqueros de América Latina y del Caribe para que sus Miembros logren una participación más bene fi ciosa en el mercado mundial de los productos pesqueros, así como la asistencia en el procesamiento y control de calidad de acuerdo a las exigencias del mercado, y el mejoramiento de los productos. ARTICULO 3 Funciones Para el logro de sus objetivos, INFOPESCA deberá:(a) facilitar a sus Miembros información sobre las oportunidades de comercialización y perspectivas de suministro de productos pesqueros dentro y fuera de América Latina y del Caribe; (b) asesorar sobre las especi fi caciones técnicas, métodos de elaboración y normas de calidad de los productos de conformidad con los requisitos del mercado, de acuerdo con las solicitudes de los Estados Miembros; (c) promover el intercambio de experiencias entre