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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2022 (31/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Domingo 31 de julio de 2022 El Peruano / referida información se presentará al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su análisis y pronunciamiento que corresponda. Asimismo, establecer que las O fi cinas Distritales de Productividad Judicial reciban la información sobre la labor jurisdiccional que remitan los Presidentes de las Salas Superiores Especializadas y Mixtas de las Cortes Superiores de Justicia del país. Los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, remitirán al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial copia de la mencionada información, para su análisis por la O fi cina de Productividad Judicial; conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 000316-2021-CE-PJ. Artículo Undécimo.- (…)”. 3. De otro lado, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 323-2016-CE-PJ, se estableció que el horario de atención a los señores justiciables y/o abogados patrocinantes por parte de los señores Jueces de Paz Letrados, Especializados, Mixtos y Superiores de los Distritos Judiciales del país; así como, por los señores Jueces de los Juzgados y Salas Penales Nacionales, es el siguiente: De lunes a viernes, de 08:15 a 9:15 horas y de 16:15 a 16:45 horas. Asimismo, mediante el Correlativo N° 94513-2018 se integró el citado artículo primero, con la siguiente disposición: “La atención a los señores justiciables y/o abogados patrocinantes por parte de los señores jueces de todos los distritos judiciales del país, será como máximo una vez por semana respecto del mismo expediente o proceso; siendo facultad discrecional del juez atender más de una vez a la semana si lo considera pertinente, de acuerdo a las circunstancias de cada caso.” 4. La Gerencia de Administración Distrital por medio del Informe N° 000008-2022-GAD-CSJLI-PJ del 27 de junio de 2022 hizo de conocimiento a esta Presidencia del resultado de las visitas de veri fi cación del aforo y las medidas y elementos de bioseguridad contra la COVID-19 en 26 sedes judiciales, que se realizó en coordinación con el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo; informando que se determinó las sedes judiciales (y en su caso los pisos) que cumplen con la implementación de las disposiciones sanitarias y protocolos de bioseguridad al 100%, incluyéndose las que presentan el 91%, 82% y 73%, en tanto se trata de aspectos relevantes subsanables. También se identi fi caron sedes judiciales que no cumplen con las citadas disposiciones, para lo cual con Memorando N° 001906-2022-GAD-CSJLI-PJ se ha solicitado a la Unidad Administrativa y de Finanzas disponer a los administradores/as las medidas necesarias orientadas a la implementación de las mencionadas disposiciones. En ese sentido, recomendó que se evalúe y se determinen las medidas en el marco de lo dispuesto por el CEPJ y el Gobierno Central. Por lo que, a fi n de garantizar la atención al ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario, se dispondrá jornada presencial diaria de ocho horas solamente en aquellas sedes que cumplen con el 100% de los protocolos de bioseguridad contra la COVID-19. 5. Por otro lado, el 27 de julio de 2022 la Unidad de Planeamiento y Desarrollo por medio del O fi cio N° 000565-2022-UPD-GAD-CSJLI-PJ remitió el Informe N° 000407-2022-CI-UPD-CSJLI-PJ de la Coordinación de Informática, donde se indica lo siguiente: a) La Corte Superior de Justicia habilitó el 19 de mayo del 2020 el correo juzfamilialima@pj.gob.pe y el WhatsApp 970807304, para la recepción de denuncias por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, a través del cual se podrían adjuntar documentos, audios e imágenes, y que será administrado por el personal especializado. b) La Presidencia de la Corte por medio de sendas resoluciones dispuso que dichos canales de recepción de denuncias sigan vigentes hasta la actualidad como consecuencia de las medidas restrictivas por el COVID-19. c) El CEPJ con Resolución Administrativa N° 000235-2022-CE-PJ dispuso que «en las materias en las que la defensa es cautiva (defensa que no requiere asesoramiento de abogado), la Corte Superior podrá habilitar correos electrónicos para la recepción de demandas y escritos. Este medio no es aplicable para las instituciones o litigantes que tienen acceso a la “Mesa de Partes Electrónica”» [artículo 3.11]. d) El correo electrónico y el número de WhatsApp antes han sido habilitados por la Presidencia de la Corte, la Coordinación de Informática no puede dar de baja los citados medios de comunicación, requiriéndose una orden de la Presidencia para tal fi n. Evaluada la propuesta de la Unidad de planeamiento y Desarrollo, corresponde estimarla, es decir, dejar sin efecto el correo juzgfamilialima@pj.gob.pe y el número de WhatsApp 970807304, respecto de las instituciones o litigantes que tienen acceso a la “Mesa de Partes Electrónica”, atendiendo a lo dispuesto por el artículo tercero numeral 3.11 de la Resolución Administrativa N° 000276-2022-CE-PJ, cuyo texto ha sido citado en los párrafos precedentes. Por tanto, a partir de la fecha la presentación de denuncias por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar deben ser ingresadas a través de la Mesa de Partes Electrónica. 6. En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 90 incisos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Justicia de Lima, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y encargada de la política interna de su distrito Judicial, disponer las acciones complementarias y urgentes. Por estas razones: SE RESUELVE:Artículo Primero.- El horario del trabajo presencial diario del personal jurisdiccional y administrativo de las sedes de la Corte Superior de Justicia de Lima que se indican a continuación, del 1 al 31 de agosto de 2022, se efectivizará en la jornada laboral de ocho horas, de 08:00 a 17:00 horas, con una hora de refrigerio comprendido de 13:00 a 14:00 horas: - Surco y San Borja, Lince y San Isidro, La Mar, Iquitos, Basadre, Virrey, El Progreso, Carlos Zavala Loayza y Alfonso Ugarte. Artículo Segundo.- Las labores del personal jurisdiccional y administrativo de las sedes no comprendidas en el artículo precedente, del 1 al 31 de agosto de 2022 se desarrollarán de la siguiente manera: 1. La labor presencial diaria obligatoriamente en cinco horas diarias y, con el fi n de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios: a) Primer turno: de 08:00 horas a 13:00 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. b) Segundo turno: de 13:30 horas a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será aprobado por el/la jefe/a inmediato/a. 2. De manera excepcional, los señores magistrados/ as y jefes inmediatos, autorizarán que su personal labore ocho horas diarias, previo informe del administrador de la sede o piso que garantice el cumplimiento de las condiciones del aforo y el distanciamiento social, bajo responsabilidad funcional. 3. El personal que, por la naturaleza de sus funciones, labora en el Centro de Distribución General, mesas de partes físicas, SERNOT, áreas de transportes, mantenimiento, Archivo, legajos, mesas de partes periféricas no adscritas a la Unidad de Servicios Judiciales, atención al público, Módulo de Atención al Usuario Presencial, administradores de sede, módulo o piso, soporte técnico informático, grupo itinerante de apoyo, personal contratado en las plazas relacionados en