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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (03/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 127

127 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / UNO CON 08/100 SOLES (S/ 7, 307,501.08), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto, con CUI N° 2175430 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL DEL LA I.E.I 251, DISTRITO DE FLORENCIA DE MORA – TRUJILLO – LA LIBERTAD”; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financiera que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado, bajo responsabilidad; y, poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de La Libertad para efectos del control concurrente a la ejecución del Proyecto detallado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Articulo Quinto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo RegionalGobierno Regional La Libertad 2073242-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA Año Fiscal 2022 CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGIONAL Nº 162-2021-GRU-CR Pucallpa, veinte y ocho de diciembre del dos mil veinte y uno. POR CUANTO:Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, modi fi cado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el artículo 192° inciso 3) de la Constitución Política del Perú, señala que: “Los Gobiernos Regionales son competentes para administrar sus bienes y rentas, siendo considerados como tales las transferencias especí fi cas que les asigna la Ley Anual de Presupuesto”. Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre de 2021, mediante Citación N° 021-2021-GRU-CR-SCR, se dispone como segundo punto de agenda, el Ofi cio N° 793-2021-GRU-GR., de fecha 17 de diciembre de 2021, remitido por el Gobernador Regional (e) de Ucayali – Médico Cirujano Ángel Luis Gutiérrez Rodríguez, quien solicita la aprobación del “Presupuesto Institucional de Apertura – PIA, Año Fiscal 2022”; por el monto aprobatorio de S/ 1,003’790,053.00 (Un Mil Tres Millones Setecientos Noventa Mil Cincuenta y Tres y 00/100 soles), la distribución por Fuentes de Financiamiento corresponde 71.97% a Recursos Ordinarios; 0.90% a Recursos Directamente Recaudados; 1.99% Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; 0.00% a Donaciones y Transferencias; y, 25.14% a Recursos Determinados. Que, el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA para el año fi scal 2022 del Gobierno Regional de Ucayali, fue elaborado por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, el cual se presenta a través de la Gobernación Regional de Ucayali al Consejo Regional, el cual debe ser aprobado mediante Acuerdo Regional, conforme lo establece la Ley N° 31365 – Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, y el numeral 31.3 del artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para luego ser promulgado a través de una Resolución Ejecutiva Regional. El Artículo 35° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; concordante con el Artículo 10° numeral 1 literal c), establece como una de las competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, mediante Informe N° 191-2021-GRU-GG-GRPP, de fecha 16 de diciembre de 2021, elaborado por la Magister Contadora Pública Colegiada María Dania Ochoa Ríos – Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, quien señala que, el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA 2022, tiene por misión institucional: Conducir y organizar la gestión pública regional, orientada a la población vulnerable del Departamento de Ucayali con efectividad y transparencia, con ello los indicadores de competitividad Regional de Ucayali, metas físicas y presupuestarias vinculadas a los Programas Presupuestales, Categorías Presupuestales, que permitan fortalecer la calidad del gasto público. Que, mediante Informe Legal N° 030-2021-GRU- GGR-ORAJ/RDCSH, de fecha 16 de diciembre de 2021 la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, quien concluye: Opina que es viable que el Consejo Regional apruebe el Presupuesto Inicial de Apertura – PIA 2022, del Pliego 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, de S/ 1,003’790,053.00 (Un Mil Tres Millones Setecientos Noventa Mil Cincuenta y Tres y 00/100 soles). Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre de 2021, celebrada de manera virtual en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente: