Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (03/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 133

133 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / de conformidad con lo establecido en el presente título y dentro de los plazos que señale el SAT. Artículo 37.- Sustitución de la garantía mobiliaria La garantía mobiliaria sólo puede ser sustituida por una carta fi anza. Para tal efecto, debe formalizarse dicha garantía ante el SAT a fi n de proceder al levantamiento de la garantía mobiliaria. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Vigencia El presente reglamento entra en vigencia a los noventa (90) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Segunda.- Procedimiento de Ejecución de Garantías Con relación al procedimiento de Ejecución de Garantías, se aplica supletoriamente las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 010-093-JUS, en lo que fuera pertinente. Tercera.- Compromisos de pagoEl compromiso de pago es el documento suscrito por el solicitante, mediante el cual deja constancia de su compromiso voluntario de pagar su deuda tributaria o no tributaria a cargo del SAT en cualquiera de sus estados, en una determinada cantidad de cuotas y según un cronograma de fechas preestablecidas. La aceptación de un compromiso de pago en materia tributaria o no tributaria es una facultad discrecional del SAT, aplicable cuando la Entidad considera que el deudor no cumple con los requisitos mínimos para acceder a un fraccionamiento. El otorgamiento de un compromiso de pago no obliga al SAT a suspender el procedimiento de ejecución coactiva, ni a levantar medida cautelar alguna, de ser el caso. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Adecuación de los fraccionamientos pendientes de pago Los fraccionamientos de deuda aprobados antes de la entrada en vigencia del presente reglamento y que se encuentren pendientes, se adecuan a lo establecido en el presente reglamento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Lima, 24 de mayo de 2022 MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 2073876-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 2466-2022 Mediante O fi cio N° D000683-2022-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 2466-2022, publicada en la edición del día 25 de mayo de 2022. En el artículo 2; DICE:“[…] TABLA DE INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS AL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO Código Infracción Cali fi caciónMedida PreventivaMedida CorrectivaSanciónResponsable SolidarioReincidencia V03No contar con identi fi cación de la Placa en el vehículo de acuerdo con lo previsto en el literal e.2 del numeral 43.3 del artículo 43 de la presente Ordenanza.GraveSuspensión precautoria hasta la regularización de la conducta infractora2.5% UITPersona jurídica autorizada5% UIT TABLA DE INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS A LA PERSONA JURÍDICA O TRANSPORTADOR AUTORIZADO Código Infracción Cali fi caciónMedida PreventivaMedida CorrectivaSanciónResponsable SolidarioReincidencia V20No mantener actualizada la información de los conductores asignados a cada vehículo.Leve 1.5% UIT 3% UIT […]”