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26 NORMAS LEGALES Sábado 11 de junio de 2022 El Peruano / Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia autoriza excepcionalmente y de manera extraordinaria hasta el 15 de agosto de 2022, al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural–AGRO RURAL, para adquirir en el mercado internacional el fertilizante nitrogenado Urea, y garantizar su entrega a nivel nacional, a las organizaciones de productores agrarios y productores agrarios individuales durante el inicio de la campaña agrícola 2022-2023, hasta por la suma de S/ 348 887 735,00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), durante el inicio de la Campaña Agrícola 2022-2023; Que, con la Resolución Directoral Ejecutiva N° 158-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE se modi fi ca los referidos Lineamientos para la Contratación de Bienes y Servicios con proveedores no domiciliados en el país, aprobados mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 139-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE; en donde señala en el numeral 7.5.2, el Comité de evaluación será conformado de la siguiente manera: Miembros Titulares: Un Representante del Área Usuaria, el cual debe tener conocimiento técnico con el objeto de la contratación, Presidente; un Representante del Órgano encargado de las Contrataciones de la Entidad, Primer miembro; un Especialista en Contrataciones, Segundo Miembro; un Especialista en Temas Aduaneros, Tercer miembro; un Especialista en Asesoría Legal, Cuarto Miembro; el Jefe de la Unidad del Área Usuaria de la Contratación, Miembro suplente; Que, Mediante Memorando N° 1362-2022-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA la Unidad de Administración adosa el Informe N° 2126-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA-SUA, de la Sub Unidad de Abastecimiento, que solicita la reconformación del Comité de Negociación, conforme lo establece los “Lineamientos para la Contratación de Bienes y Servicios con Proveedores no Domiciliados en el país”; Que, a través del Informe Legal N° 226-2022-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UAJ la Unidad de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal favorable, respecto a la reconformación del Comité de Negociación; De conformidad con las disposiciones previstas en el Decreto Urgencia 013-2022, la Resolución Directoral Ejecutiva N° 139-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, modi fi cada por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 144-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE y la Resolución Directoral Ejecutiva N° 158-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, con el visto del Jefe de la Unidad de Administración, el Jefe de la Sub Unidad de Abastecimiento y el Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- RECONFORMAR, al Comité de Negociación para la Contratación Internacional “ADQUISICIÓN DE FERTILIZANTE NITROGENADO DE UREA DE USO AGRÍCOLA EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 013-2022-MIDAGRI, PARA LA ATENCIÓN DE LOS AGRICULTORES EN LA CAMPAÑA AGRICOLA 2022-2023”, en cumplimiento a lo dispuesto en los “LINEAMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS CON PROVEEDORES NO DOMICILIADOS EN EL PAÍS, EN EL ÁMBITO LITERAL F) DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N° 30225, LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL – AGRO RURAL”, el mismo que será integrado por los siguientes miembros: Miembros Titulares: • Ismael Leonidas Oscco Sihui Representante del Área Usuaria, el cual debe tener con- ocimiento técnico con el objeto de la contratación.Presidente• Juan Carlos Guerrero Ochoa Representante del Órgano encargado de las Contrata- ciones de la Entidad1er Miembro • Daniel Rodrigo Moscoso Vargas Especialista en Contrataciones2do Miembro • Catherine Margaret Navarro Acosta de Herrera Especialista en Temas Aduaneros3er Miembro • Carlos Agustín Ortiz Lluquin Especialista en Asesoría Legal4to Miembro Miembro Suplente: • José Luis Franco Apaza Jefe de la Unidad de Cadena de Valor Agrícola y Ganadera Artículo 2.- DISPONER, en caso de ausencia de un titular, este deberá ser reemplazado por el suplente, respetándose la conformación establecida en la presente Resolución Directoral Ejecutiva y en el marco a los dispuesto en los “LINEAMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS CON PROVEEDORES NO DOMICILIADOS EN EL PAÍS, EN EL ÁMBITO LITERAL F) DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N° 30225, LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL – AGRO RURAL” Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (https://www.gob.pe/agrorural). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO JAVIER HUAMANI CARBAJAL Director EjecutivoPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 2076806-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2022-MIDIS Lima, 10 de junio de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2014-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; indicándose que dicho programa contará con un Director Ejecutivo designado por Resolución Suprema; Que, por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, señalando que se comprende entre los Programas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2020-MIDIS se designa a la señora Mabel Gálvez Gálvez en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; por lo que, corresponde aceptarla y designar al nuevo/a Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; y