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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (30/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de mayo del año 2022; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de mayo del año 2022; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera; en el Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2004-EF; y, en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Aprobar los índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de mayo del año 2022 a ser aplicados a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Nacionales beneficiados, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2081744-1 Amplían los plazos de implementación del numeral 4.1 del punto 4 de los “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso” contenidos en el Anexo de la R.D. N° 0013-2022-EF/50.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0017-2022-EF/50.01 Lima, 28 de junio de 2022 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene, entre otras funciones, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes, así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria y la mejora de las capacidades y competencias en la gestión presupuestaria; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0013- 2022-EF/50.01, se aprueban los “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso” (en adelante, Lineamientos); Que, el numeral 2.2 del punto 2 de los Lineamientos establece que el titular de la entidad registra, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al(los) responsable(s) de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, en el caso de Gobiernos Locales, al Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces y, para el caso del compromiso, registra al funcionario facultado de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF- SP, utilizando su DNIe; Que, asimismo, el numeral 2.3 del punto 2 de los Lineamientos dispone que el responsable de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, en el caso de Gobiernos Locales, el Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces, determina al(los) responsable(s) titular(es) y suplente(s) encargado(s) de autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y registra los datos de los mismos en el citado aplicativo, utilizando su DNIe; Que, asimismo, el numeral 2.4 del punto 2 de los Lineamientos señala que el funcionario facultado de contratar y comprometer el presupuesto a nombre de la entidad determina al(los) responsable(s) titular(es) y suplente(s) encargado(s) de autorizar el registro del Compromiso y registra los datos de los mismos en el mencionado aplicativo, utilizando su DNIe; Que, de otro lado, los numerales 3.2 y 3.3 del punto 3 de los Lineamientos establecen que los responsables de autorizar los registros de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso realizan dichos procedimientos a través del aplicativo informático “Módulo de Autorización de la Administración Financiera” del SIAF-SP, y acceden a dicho aplicativo utilizando su DNIe y proceden a la autorización respectiva utilizando una clave dinámica generada por el referido aplicativo, la cual es enviada al correo electrónico del responsable; Que, de conformidad con el numeral 4.1 del punto 4 de los Lineamientos, las entidades sujetas a lo establecido en dicha norma tienen los siguientes plazos para su implementación: Para las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, hasta el 01 de julio de 2022; y, para los Gobiernos Locales, hasta el 01 de agosto de 2022; Que, con la finalidad de garantizar la adecuada implementación de los Lineamientos resulta necesario ampliar los plazos para que los responsables de las entidades del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, que realizan sus operaciones a través del SIAF-SP, gestionen todo lo necesario para dicho fin; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Ampliar los plazos de implementación del numeral 4.1 del punto 4 de los “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso” contenidos en el Anexo de la Resolución Directoral N° 0013-2022-EF/50.01, conforme a lo siguiente: - Para las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, hasta el 01 de setiembre de 2022. - Para los Gobiernos Locales, hasta el 03 de octubre de 2022. Artículo 2. PublicaciónPublicar la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LISSETH PILAR RAMSDEN RAMOS Directora GeneralDirección General de Presupuesto Público 2081743-1