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38 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / Médicos y Productos Sanitarios, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011-SA. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONESPresidente de la República OSCAR GRAHAM Y AMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas JORGE ANTONIO LÓPEz PEÑA Ministro de Salud 2081756-3 Autorizan Transferencia Financiera a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, para la adquisición de vacunas contra la Sarampión, Paperas y Rubeola (MMR) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 458-2022/MINSA Lima, 28 de junio del 2022 Visto, el Expediente N° 22-079328-001, que contiene el Memorándum N° 814-2022-DG-CENARES/MINSA y el Informe N° 087-2022-OPPM-CENARES/MINSA, emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, el Informe N° 466-2022-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa N° 609-2022-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se expidió la Resolución Ministerial N° 1341-2021/MINSA, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2022 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud y el EsSalud a través de resolución del titular de la entidad; asimismo, dispone que los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico del Ministerio de Salud y del EsSalud, según corresponda, que demuestre las ventajas del convenio en términos de eficiencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna. Dicho informe debe contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento, así como con un informe legal de la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces; Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley N° 31365, establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la citada disposición. Dichas transferencias financieras se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, el Ministerio de Salud y la Organización Panamericana de la Salud suscribieron el Convenio N° 002-2012/MINSA, Convenio de Cooperación Técnica N° 002-2012/MINSA para la adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados, el mismo que se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a la Carta LEG/L/147/22, emitido por el precitado organismo internacional; Que, a través del Memorándum N° 814-2022-DG- CENARES/MINSA, que adjunta el Informe N° 087-2022-OPPM-CENARES/MINSA, la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, por el importe de hasta S/ 3 055 717,00 (TRES MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 200,000 dosis de vacunas contra la Sarampión, Paperas y Rubeola, en el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Ley N° 31365; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe Nº 466-2022-OGPPM-OP/MINSA, emite opinión favorable para expedir la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera del presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma S/ 3 055 717,00 (TRES MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES) a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, para la adquisición de vacunas contra la Sarampión, Paperas y Rubeola para el Programa Presupuestal 1001: Productos Específicos para Desarrollo Infantil Temprano; Con los vistos del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (e); y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 3 055 717,00 (TRES MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), para la adquisición de 200,000 dosis de vacunas contra la Sarampión, Paperas y Rubeola (MMR), destinada al Programa Presupuestal 1001: Productos Específicos para Desarrollo Infantil Temprano, a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento El egreso y detalle de los bienes a ser adquiridos, que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios,