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28 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / a favor del Ministerio Público, Unidad Ejecutora 011: Carpeta Fiscal Electrónica; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), hasta por la suma de S/ 55 000 000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio Público, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 55 000 000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio Público, para financiar los proyectos de inversión: (i) CUI 2457517 “Mejoramiento de los servicios de justicia a través de la implementación de la carpeta fiscal electrónica a nivel nacional Distrito de – Todos - Provincia de – Todos – Departamento de -Mul.Dep-”; y, (ii) CUI 2480977: “Mejoramiento del servicio de peritaje en los distritos fiscales de Lima, Madre de Dios, Lambayeque, Arequipa, Loreto, San Martín, Ucayali y Junín del Ministerio Público 8 Departamentos”, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 051 : Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración–OEFA PROGRAMA PRESUPUESTAL 0144 : Conservación y uso sostenible de ecosistemas para la provisión de servicios ecosistémicos PROYECTO 2281508 : Mejoramiento, ampliación del servicio de control de la calidad ambiental a nivel nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos no Financieros 55 000 000,00 ============= TOTAL EGRESOS 55 000 000,00 ============= A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 022 : Ministerio Público UNIDAD EJECUTORA 011 : Carpeta Fiscal Electrónica CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0086 : Mejora de los servicios del sistema de justicia penal PROYECTO 2457517 : Mejoramiento de los servicios de justicia a través de la implementación de la carpeta fiscal electrónica a nivel nacional Distrito de–Todos–- Provincia de–Todos–- Departamento de -Mul.Dep- FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 47 004 933,00 PROYECTO 2480977 : Mejoramiento del servicio de peritaje en los distritos fiscales de Lima, Madre de Dios, Lambayeque, Arequipa, Loreto, San Martín, Ucayali y Junín del Ministerio Público 8 DepartamentosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 7 995 067,00 ============= TOTAL EGRESOS 55 000 000,00 ============= Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo “Ingresos” que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Específica; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONESPresidente de la República OSCAR GRAHAM Y AMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2081757-7 Aprueban Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas DECRETO SUPREMO N° 151-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Capítulo II del Título II de la Ley Nº 29173 regula el Régimen de Percepciones del Impuesto General a las