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27 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 3 165 000,00 ———————— TOTAL EGRESOS 49 778 247,00 ============= A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego UNIDAD EJECUTORA 011 : Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural–AGRORURAL CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000582 : Conservación de abonos provenientes de las aves marinas y el abastecimiento a los productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 46 613 247,00 GASTO CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 165 000,00 ——————— TOTAL EGRESOS 49 778 247,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONESPresidente de la República OSCAR GRAHAM Y AMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2081757-6 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor del Ministerio Público DECRETO SUPREMO N° 150-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modificaciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos; Que, mediante Decreto Supremo N° 398-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional”; y asimismo, mediante Decreto Supremo N° 172-2020-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa “Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo N° 8680-PE y el Contrato de Préstamo N° 4959/OC-PE, respectivamente; Que, mediante el Oficio N° 00195-2022-MINAM/SG el Ministerio del Ambiente solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 55 000 000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Ministerio Público, para financiar los proyectos de inversión: (i) CUI 2457517 “Mejoramiento de los servicios de justicia a través de la implementación de la carpeta fiscal electrónica a nivel nacional Distrito de – Todos –- Provincia de –Todos – Departamento de –Mul.Dep-”; y, (ii) CUI 2480977: “Mejoramiento del servicio de peritaje en los distritos fiscales de Lima, Madre de Dios, Lambayeque, Arequipa, Loreto, San Martín, Ucayali y Junín del Ministerio Público 8 Departamentos”, del Programa “Mejoramiento de los servicios de justicia en materia penal en el Perú”, con cargo a los recursos disponibles del proyecto de inversión con CUI 2281508 “Mejoramiento, ampliación del servicio de control de la calidad ambiental a nivel nacional” del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA); adjuntando, para dicho efecto, los Informes N°s. 00059-2022-MINAM/SG/OGPP/OPPMI y 00021-2022- OEFA/OPP de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), respectivamente, con los sustentos correspondientes; Que, mediante el Memorando N° 165-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite información del estado situacional de los proyectos de Inversión (PI) incluidos en la solicitud del Ministerio del Ambiente, de acuerdo a los registros realizados en el Banco de Inversiones por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y el Ministerio Público; Que, mediante el Memorando N° 0157-2022- EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, opina favorablemente sobre la habilitación de recursos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), hasta por la suma de S/ 55 000 000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES),