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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2022 (08/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Domingo 8 de mayo de 2022 El Peruano / 19. Conformar órganos colegiados de carácter técnico administrativo y de gestión. 20. Aprobar o disponer la reconstrucción de los expedientes administrativos y declarar su reconstrucción o imposibilidad. 21. Celebrar los Actos, Contratos y Convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. 22. Suscribir el Formato de Declaración Jurada (D100- Anexo 9.2) a la Unidad Central de Focalización - UCF. 23. Instruir y resolver todo lo relacionado a la conformación de los comités de gestión y la ejecución de obras comunales. 24. Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en nombre y representación de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, con atribuciones especí fi cas su fi cientes pueda participar en conciliaciones y suscribir los acuerdos en el ámbito extrajudicial, en salvaguarda de los intereses de la Entidad y dentro de los parámetros establecidos por el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la delegación de facultades descrita en el artículo primero, de la presente Resolución, deberá efectuarse en el marco de las normas legales vigentes, y las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, respecto de cada caso concreto. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 341- 2021-A/MDSJL, de fecha 12 de mayo del 2021, y todo acto administrativo o de administración que se oponga o limite la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Plani fi cación, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la Republica y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Quinto.- Disponer a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen su publicación en el Portal Institucional (web.munisjl.gob.pe) Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2064906-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Provincial del Callao RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 116-2022- ALC/MPC Callao, 18 de abril del 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Vistos, el Memorando N° 350-2022-MPC/GGPPIDI de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional, que adjunta el informe N° 045-2022-MPC/GGPPIDI-GDI, de la Gerencia de Desarrollo Institucional y el Memorando N° 339-2022-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, sobre aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Provincial del Callao, y, CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado –TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad se establece la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, en la Municipalidad Provincial del Callao, se han aprobado servicios no exclusivos de los Establecimientos de Salud y de alquiler de módulo metálico para venta, no existiendo un Texto Único de Servicios No Exclusivos- TUSNE compendiado de toda la Entidad; Que, en ese sentido, mediante Memorando Múltiple N° 006-2021-MPC/GGPPIDI se solicitó a cada órgano que revise los servicios no exclusivos que tienen aprobados mediante Resolución de Alcaldía, a fi n de actualizarlos en un nuevo formato. Asimismo, que revisen si tienen servicios no exclusivos que brindan y que no están aprobados, para su incorporación en el proyecto de TUSNE de la Municipalidad del Callao, con el estudio de mercado respectivo; Que, con las propuestas de servicios no exclusivos de las Gerencias Generales de Protección del Medio Ambiente y de Salud y el servicio de “Alquiler de módulo metálico para venta” de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, la Gerencia de Desarrollo Institucional, dependiente de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional elaboró, el proyecto del TUSNE, que contiene la denominación del servicio, los requisitos, precio y plazo en días de atención. Asimismo, para determinar los precios en los servicios se ha realizado el cálculo de los recursos que se consumen para su prestación, como: gastos de personal, útiles de o fi cina, servicios varios (como movilidad, servicio de impresiones, etc.). De igual forma, se ha elaborado el estudio de mercado, donde se compara que el precio determinado es similar al que ofrecen las demás entidades públicas o empresa privadas, no representando competencia desleal para el sector privado; Que, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú recoge el Principio de Subsidiaridad, por el cual se establece que el Estado únicamente puede realizar actividad empresarial en la medida que cuente con ley autoritativa expresa, tenga carácter subsidiario, y se sustente en un alto interés público o una mani fi esta conveniencia nacional; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Provincial del Callao, cuyos requisitos, precios y plazos se detallan en el anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 45-2020-ALC/MPC de fecha 20 de febrero del 2020 y la Resolución de Alcaldía N° 261-2021-ALC/MPC de fecha 17 de setiembre del 2021, así como todo dispositivo que se oponga a la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente, Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización y a la Gerencia General de Salud el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario O fi cial el Peruano y a la Gerencia de Informática la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 2064975-1