Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2022 (08/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Domingo 8 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Convocan el Proceso de Presupuesto Participativo del año fiscal 2023, y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2022-MPL Pueblo Libre, 28 de abril de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO: El Memorando N° 231-2022-MPL-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 186-2022-MPL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 051-2022-MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento del Presupuesto Participativo, se regula el Proceso de Presupuesto Participativo, el cual es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad mediante el cual se de fi nen prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementarse en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos; Que, mediante Ordenanza Nº 357-MPL publicada en el diario o fi cial El Peruano el 23 de marzo del 2011, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre, estableciéndose que anualmente la programación del respectivo Proceso de Presupuesto Participativo se desarrollará según la Convocatoria y Cronograma que mediante Decreto de Alcaldía efectuará el Alcalde; Que mediante Informe N° 051-2022-MPL-GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone se convoque y de inicio al Proceso de Presupuesto Participativo para el periodo 2023, enmarcado en lo establecido en la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, elevando el correspondiente proyecto de Decreto de Alcaldía que incluye la designación del Equipo Técnico Municipal responsable y el Cronograma propuestos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que mediante Informe N° 186-2022-MPL-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente que la propuesta de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto para que se convoque y de inicio al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2023, se designe al Equipo Técnico Municipal responsable y se apruebe el Cronograma de Actividades del referido proceso, sean sometidas a la aprobación del Alcalde mediante Decreto de Alcaldía; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 Y EL ARTICULO 42 DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR el Proceso de Presupuesto Participativo del año fi scal 2023 por los fundamentos expuestos y con la aplicación de los mecanismos de tecnología virtual desarrollados. Artículo Segundo.- DESIGNAR el Equipo Técnico Municipal responsable del Proceso de Formulación del “Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Año Fiscal 2023” del distrito de Pueblo Libre, el mismo que estará conformado por: - Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. - Gerente de Desarrollo Urbano y del Ambiente.- Gerente de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA.- Gerente de Coordinación de la Seguridad Ciudadana.- Gerente de Cultura, Turismo y Educación.- Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional.- Subgerente de Participación Vecinal.- Representante de la Sociedad Civil, propuesto por el Consejo de Coordinación Local de la Sociedad Civil (CCLD). Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma General de las acciones del Proceso de Formulación del “Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Año Fiscal 2023”, que comprende reuniones y otras actividades virtuales para su desarrollo: ACTIVIDADES FECHA PREPARACIONConvocatoria pública 09 de mayo de 2022 Comunicaciones e invitaciones10 al 14 de mayo de 2022 Inscripción y registro de los agentes participantes (virtual)09 al 14 de mayo de 2022 Subsanación de documentos de inscripción16 y 17 de mayo de 2022 Publicación de agentes participantes inscritos 18 de mayo de 2022 Taller de capacitación de agentes participantes (virtual) 31 de mayo de 2022 CONCERTACION Taller de diagnóstico e identi fi cación y priorización de resultados (virtual)3 de junio de 2022 Presentación de propuestas de proyectos (reuniones con los sectores)6 al 13 de junio de 2022 Evaluación técnica de las propuestas de proyectos 15 y 16 de junio de 2022 Taller de priorización de proyectos, suscripción del acta de acuerdos, compromisos y elección del comité de vigilancia (virtual)23 de junio de 2022 COORDINACION Coordinación y articulación de proyectos de competencia provincial, de presentarse con el gobierno provincialDurante todo el proceso FORMALIZACION Taller de rendición de cuentas (virtual) 27 de junio de 2022 Formalización del documento fi nal del presupuesto participativo 2023 y su inclusión en el Presupuesto Institucional de Apertura, en sesión del CCLD, Concejo Municipal30 de junio de 2022 Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA, Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, Gerencia de Cultura, Turismo y Educación, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Subgerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal institucional www.muniplibre.gob.pe y demás redes sociales o fi ciales, respectivamente. Regístrese, publíquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2064968-1