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49 NORMAS LEGALES Domingo 8 de mayo de 2022 El Peruano / MASCULINO FEMENINO Señor gerente general Señora gerenta general Señor coordinador sectorial Señora coordinadora sectorial Señor consejero regional Señora consejera regional Señor vicegobernador regional Señora vicegobernadora regional Señor jefe Señora jefa Los que no cumplan los requisitosLas personas que no cumplan con los requisitosQuienes no cumplan con los requisitos c. Sobre el uso de los nombres y apellidos, se debe colocar el/los Sobre el uso de los nombres y apellidos, se debe de colocar el/los nombre/s de pila y apellidos tanto paterno como materno de las personas destinatarias, ya sea una mujer o un hombre. En caso de que la persona tenga más de un nombre de pila, se puede optar por colocar solo uno de ellos: NO INCLUSIVO INCLUSIVO Señor López Señor Juan López Pérez Señorita Rivera Señora Fiorella Rivera VargasSeñora Vargas Señora Lidia Vargas Amaro d. En los dispositivos legales se debe evitar el uso constante de la barra oblicua (/), para ello se debe optar términos colectivos o neutralizar el género. NO INCLUSIVO INCLUSIVO Artículo 1º.- Constituir la Comisión para Transversalizar el Enfoque de Género en la munici-pal de Chorrillos, la cual estará conformada por los siguientes miembros:Artículo 1º.- Constituir la Comisión para Transversalizar el Enfoque de Género en mu-nicipalidad de Chorrillos, la cual estará conformada por las y los siguientes integrantes: e. En redacción de las ofertas de empleo o convocatorias a concurso laborales, becas u otros, se deberá expresar claramente que dichas ofertas están dirigidas para mujeres y hombres y, no son solo exclusivas para los hombres. NO INCLUSIVOFORMAS DE APLICAR EL LENGUAJE INCLUSIVOINCLUSIVO El postulante deberá presentar Desdoblamiento La/el postulante deberá presentarLas y los postulantes deberán presentar Término persona Las personas postulantes deberán presentar Termino neutralQuienes postulen deberán presentar Se requiere con- tratar un abogadoDesdoblamientos Se requiere contratar un/a abogado/a Termino neutral Se requiere contratar un profesional en derecho Se debe evitar hacer referencia a aspectos que aludan o requieran especi fi car el estado civil de la persona, la edad, la fi sonomía u otra característica que genere discriminación hacia quien postula.NO INCLUSIVO INCLUSIVO Se requiere señorita joven con experiencia para Se requiere profesional con experiencia para f. En el portal institucional (página web), el lenguaje a utilizar en los diseños y redacción debe visibilizar la presencia de mujeres y hombres, en igualdad de condiciones y oportunidades. NO INCLUSIVO INCLUSIVO Bienvenidos VecinoAtención al ciudadanoBienvenidas/os Vecino/aAtención ciudadana Contacta con nosotros Contáctanos ContáctenosBuzón de contacto Usuraria Usuario Persona usuaria Espacio del contribuyente Espacio para contribuyentes Espacio de las/los contribuy-entes Artículo 13.- CRITERIOS PARA EL USO DE LENGUAJE INCLUSIVO EN LA COMUNICACIÓN ORAL Toda comunicación oral debe evitar las expresiones verbales cotidianas que por su forma o contenido discriminen por motivos de género, etnia, origen social, orientación sexual, edad, discapacidad, entre otros, o reproduzcan estereotipos de género. Para ello se deberán tomar en cuenta las siguientes consideraciones: a) Abandonar todo tipo de expresiones verbales que vulneren la dignidad de la persona o refuercen estereotipos de género, comentarios de la vida sexual de las personas, bromas obscenas, preguntas, chistes o piropos con contenido sexual. b) La información institucional (comunicación interna) y campañas o anuncios (comunicación externa) sean radiofónicos y/o televisivos deben utilizar el lenguaje inclusivo y difundir mensajes que propugnen la igualdad de género. c) En la locución radiofónica y/o televisiva se debe evitar la asociación de las voces a determinados contenidos vinculados a roles tradicionales de género. d) En los actos públicos institucionales se procurará la representación paritaria de hombres y mujeres en la mesa de honor y en las intervenciones, asumiendo las mujeres un protagonismo igualitario a los hombres. e)f) Al hablar de las mujeres y de los hombres, en actos públicos y/o reuniones de trabajo, utilizara el lenguaje inclusivo y se les nombrara por sus cargos, profesionales o títulos, evitando la alusión a su estado civil o parental. g) Abandonar el uso de apelativos por el aspecto físico de una persona, color de piel, características fi sonómicas, discapacidad, grupo étnico o condición económica, ya que estos constituyen exteriorizaciones de actitudes discriminatorias. h) Respetar en los debates y reuniones los turnos del habla para ambos géneros, sin priorizar, ampliar o acortar las intervenciones por razones de género. i) Considerar en los procesos de capacitaciones a especialistas de ambos géneros, para que se desempeñen como ponentes y/o expositores sobre temas de género, familia, niñez y cuidado del/a menor; considerando que la especialización temática la pueden tener mujeres o hombres y evitando considerar dichos temas como de exclusivo interés de las mujeres, sino de todas las personas, igualmente las que pertenecen a la administración pública. Artículo 14.- CRITERIOS PARA EL USO DE LENGUAJE INCLUSIVO EN LAS REPRESENTACIONES GRÁFICAS. Toda representación grá fi ca constituye una forma de comunicación; por lo que el diseño de las publicaciones