Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2022 (13/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 13 de mayo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, se establece que las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre - ATFFS se incorporan al SERFOR, como órganos desconcentrados de actuación local, cuyo responsable es el Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre, quien es designado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva y depende jerárquica, funcional, administrativa y presupuestalmente de la Dirección Ejecutiva del SERFOR; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000019-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE, se designó al señor Ovedio Mancha Mamani en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la ATFFS Puno, cargo considerado de con fi anza; Que, con Informe Nº D000231-2022-MIDAGRI- SERFOR-GG-OGA, la O fi cina General de Administración brinda su conformidad al Informe Nº D000269-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA-ORH a través del cual la Ofi cina de Recursos Humanos señala que por disposición de la Alta Dirección ha efectuado la revisión de la hoja de vida del señor Rosendo Vilca Mamani, y veri fi ca que cumple con los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos del SERFOR vigente, para ocupar el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la ATFFS Puno, cuya plaza se encuentra presupuestada; Que, asimismo, la O fi cina de Recursos Humanos señala en el citado Informe, que estando a lo anteriormente expuesto corresponde dar por concluida la designación efectuada al servidor Ovedio Mancha Mamani en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la ATFFS Puno; Que, mediante el Informe Legal Nº D000180-2022- MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, indica que, en atención a lo informado y opinado por la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo (e) en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita el acto resolutivo que de por concluida la designación efectuada al servidor Ovedio Mancha Mamani en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la ATFFS Puno; y a su vez, designe, al señor Rosendo Vilca Mamani en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la ATFFS Puno, cargo considerado de con fi anza; Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo; Con el visado del Gerente General, del Director General de O fi cina General de Administración, de la Directora de la O fi cina de Recursos Humanos, y del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR por concluida la designación efectuada al servidor Ovedio Mancha Mamani en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre - ATFFS Puno, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2.- DESIGNAR al señor Rosendo Vilca Mamani en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre - ATFFS Puno, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la noti fi cación de la presente Resolución a los señores Ovedio Mancha Mamani y Rosendo Vilca Mamani, así como a la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.HILARIO LÓPEZ CÓRDOVA Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2066755-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de la Municipalidad Distrital de La Esperanza DECRETO SUPREMO Nº 093-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluidas en el Anexo 5 de dicha Ley y cuya ejecución está a cargo de los Gobiernos Regionales o de los Gobiernos Locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, para fi nanciar las mencionadas invesiones, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio, el cual debe suscribirse por el costo total de la inversió n o monto pendiente de fi nanciamiento respecto al costo total de la inversió n y debe precisar i) el presupuesto multianual requerido hasta la culminación de la inversió n y, ii) los montos a fi nanciar en cada añ o fi scal por parte del Gobierno Nacional y, de corresponder, por los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales sin demandar recursos adicionales al Tesoro Pú blico; Que, asimismo, el numeral 14.2 del artí culo 14 de la Ley Nº 31365, establece que las inversiones bajo el á mbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, cuyo fi nanciamiento sea propuesto en el marco de dicho artículo, deben contar con la opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector o la que haga sus veces, y la unidad orgánica competente, según corresponda, sobre el cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización aprobados por el Sector, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones del Sector, a fi n de veri fi car que se encuentren alineadas con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones; asimismo, dispone que para el caso de las referidas inversiones que no cuenten con expediente técnico o documento equivalente, la