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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2022 (16/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Lunes 16 de mayo de 2022 El Peruano / no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Catache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, para que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia solicitada en contra de la regidora Katherin Basila Villegas Ramírez; respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, de conformidad con lo dispuesto en el considerando 2.9. de la presente resolución; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Catache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, o a quien haga sus veces, para que remita, en original o copia certi fi cada, los documentos indicados en el considerando 2.10. del presente pronunciamiento; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2067299-1 Declaran nulo acto de convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo y los actos posteriores que se hayan emitido en el procedimiento de vacancia seguido en contra de regidor de la Municipalidad Distrital de Jacas Chico, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 0458-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022003209 JACAS CHICO - YAROWILCA - HUÁNUCOVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, tres de mayo de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 035-2022-MDJCH, recibido el 28 de marzo de 2022, remitido por don Narciso Nemecio Abad Salvador, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jacas Chico, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco (en adelante, señor alcalde), respecto al procedimiento de vacancia en contra de don Diner Amos Doroteo Olortin, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Primero. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, el señor alcalde solicitó la convocatoria de candidato no proclamado debido a la declaración de vacancia del señor regidor. Para ello, adjuntó, entre otros, lo siguiente: a) Solicitud de vacancia del señor regidor, presentada por don Sócimo Niño Tolentino, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. b) Actas de Sesiones Ordinarias N. os 004, 005, 006- 2022, de la Municipalidad Distrital de Jacas Chico, del 4, 9 y 16 de febrero de 2022, respectivamente, en las que el señor regidor no asistió. c) Citaciones N. os 004, 005 y 006-2022-MDJCH-SG- YMFG, del 1, 7 y 11 de febrero de 2022, respectivamente, para las convocatorias a las sesiones ordinarias del 4, 9 y 16 de febrero de 2022. d) Constancias del 2, 7 y 11 de febrero de 2022, en donde se señala que las citaciones N. os 004, 005 y 006-2022-MDJCH-SG-YMFG fueron recibidas por la esposa del señor regidor. e) Citación Nº 009-2022-MDJCH-SG-YMFG, del 17 de febrero de 2022, con atención a los señores regidores de la municipalidad, emitida por la secretaria general de dicha entidad edil, que convocó a la sesión extraordinaria de concejo del 23 de febrero de 2022, en donde se discutiría la vacancia del señor regidor, recibida por Luz María Macino Solórzano. f) Acta de Sesión Extraordinaria del Concejo Nº 002- 2022 de la Municipalidad Distrital de Jacas Chico, del 23 de febrero de 2022, en donde se aprobó la vacancia del señor regidor. g) Acuerdo de Concejo Nº 008-2022-MDJCH/A, del 24 de febrero de 2022, que formalizó la aprobación de la vacancia del señor regidor. h) Carta Múltiple Nº 031-2022-MDJCH/SG/YMFG, del 24 de febrero de 2022, dirigida a todos los regidores del concejo municipal incluida la autoridad cuestionada, mediante la cual se noti fi có el Acuerdo de Concejo Nº 008-2022-MDJCH/A. i) Informe Nº 012-2022-MDJC/SG/YMFG, del 23 de marzo de 2022, emitido por la secretaria general, dirigido al señor alcalde, por el cual informó sobre el proceso de vacancia del señor regidor, y solicitó elevar los actuados al presidente del JNE. j) Resolución de Alcaldía Nº 039-2022-MDJCH/A, del 23 de marzo de 2022, la cual declaró consentido el Acuerdo de Concejo Nº 008-2022-MDJCH/A, del 24 de febrero de 2022, el cual declaró la vacancia del señor regidor. CONSIDERANDOSPrimero. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. Los numerales 3 y 14 del artículo 139 establecen, como principios y derechos de la función jurisdiccional, lo siguiente: 3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.