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45 NORMAS LEGALES Sábado 22 de octubre de 2022 El Peruano / y Mejoramiento de la Carretera Huallanca - Caraz” y los valores de las Tasaciones de los mismos, ascendentes a S / 13 389.52 (TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 52/100 SOLES) correspondiente al código HC-T-007, y, S/ 26 994,09 (VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 09/100 SOLES) correspondiente al código HC-T-027, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga las Partidas Registrales 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los bienes inmuebles expropiados a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma.3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga las Partidas Registrales. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 01 VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA HUALLANCA - CARAZ” N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOCODIGO: HC-T-007AREA AFECTADA: 41.10AFECTACIÓN: Parcial del InmuebleVALOR DE LA TASACIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTI- CESLADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1MINISTERIO DE TRANSPOR- TES Y COMU- NICACIONES – PROVIAS NACIONALCRISTINA TRINIDAD GRACIELA VILLANUEVA BURILLO VDA DE VEGALINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:- Por el Norte: Colinda con la propiedad de Amery Marizol Estación Villanueva, con una línea recta de 1 tramo: tramo 5-1 de 1.95 m. - Por el Sur: Colinda con la propiedad de Suc. de Cristina Trinidad Graciela Villanueva Vda. de Vega, con una línea recta de 1 tramo: tramo 2-3 de 16.98 m. - Por el Este: Colinda con la carretera Caraz- Huallanca, con una línea recta de 1 tramo: tramo 1-2 de 27.47 m. - Por el Oeste: Colinda con la propiedad de Suc. de Cristina Trinidad Graciela Villanueva Vda. de Vega, con una línea quebrada de 2 tramos: tramo 3-4 de 6.68 m, tramo 4-5 de 3.15 m.1 1-2 27.47 190184.0938 8999256.8259 13,389.522 2-3 16.98 190194.7245 8999231.4970 3 3-4 6.68 190185.9553 8999246.0403 4 4-5 3.15 190183.9993 8999252.4315 Partida Registral N° 02201539 del registro de predios de la O fi cina Registral de Huaraz, Zona Registral N° VII-Sede Huaraz.Informe Técnico N° 064-2022-VCS/CLS-173-2021-MTC-20.11 , de fecha 13.07.2022, suscrito por el veri fi cador catastral.5 5-1 1.95 190182.8122 8999255.3533