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47 NORMAS LEGALES Sábado 22 de octubre de 2022 El Peruano / de Telecomunicaciones en el Perú”, incorporados mediante Decreto Supremo N° 003-2007-MTC al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la velocidad mínima para el acceso a Internet de Banda Ancha, por un plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01; los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú”, incorporados mediante Decreto Supremo N° 003-2007-MTC al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Ministerial a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a través de la mesa de partes virtual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, o vía correo electrónico a la dirección spaucar@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones 2117492-1 Designan Asesora de Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1304-2022-MTC/20 Lima, 12 de setiembre del 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesora de Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, en consecuencia resulta necesario designar al profesional que desempeñara el cargo referido; Que, en el literal m), del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura Nacional – PROVÍAS NACIONAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, publicada el 24.11.2020, se estipula que dentro de las funciones de la Dirección Ejecutiva, se encuentra la de designar o encargar, según corresponda, al personal de confi anza de PROVÍAS NACIONAL; así como, encargar las direcciones, o fi cinas y jefaturas de las unidades zonales, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Estando a lo expuesto, es pertinente emitir el acto de administración respectivo; Con la visación de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; En mérito al Decreto Supremo 033-2002-MTC, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, Resolución Ministerial N° 828-2020-MTC/01.02; y la Resolución Ministerial N° 482-2022-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a la abogada LUISA FERNANDA CORONADO QUIROZ en el cargo de confi anza de Asesora de Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional–PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la abogada LUISA FERNANDA CORONADO QUIROZ y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna y de Línea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUFINO GALINDO CARO Director EjecutivoProvías Nacional 2117932-1 Designan Directora de la Dirección de Puentes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1490-2022-MTC/20 Lima, 19 de octubre del 2022 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019- MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada;