NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (10/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 144
TEXTO PAGINA: 54
54 NORMAS LEGALES Sábado 10 de setiembre de 2022 El Peruano / derivados de atribuciones o encargos legales, que generan productos distintos a los servicios de control; y que son llevados a cabo por los órganos del Sistema Nacional de Control con el propósito de coadyuvar al desarrollo del control gubernamental; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 161- 2022-CG, se modi fi có el Reglamento de Organización y Funciones de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado y modi fi cado, respectivamente, por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG y N° 047-2022-CG, asignándose a la Gerencia de Control Social y Denuncias, en el artículo 117 del citado Reglamento, la responsabilidad de diseñar y proponer políticas, estrategias, procedimientos y normas que regulen la atención de la demanda imprevisible de control proveniente de denuncias recibidas y/o autogeneradas; Que, en el marco de la función prevista en el considerando precedente, así como del artículo 166 literal e) del Reglamento de Organización y Funciones, en concordancia con lo dispuesto en los numerales 7.1.1 y 7.1.2 de la Directiva N° 003-2021-CG/GJN “Gestión de Documentos Normativos”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 010-2021-CG, la Gerencia de Control Social y Denuncias, mediante la Hoja Informativa N° 000024-2022-CG/GCSD, ha propuesto y sustentado técnicamente la necesidad que se deje sin efecto la Resolución de Contraloría N° 206-2020-CG, mediante la cual se aprobó la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias”, y, asimismo, que se apruebe un nuevo marco normativo ágil y oportuno que permita optimizar el proceso de recepción y evaluación de las denuncias, y promover activamente la participación ciudadana; propuesta derivada por la Vicecontraloría de Integridad y Control, para su evaluación y trámite de aprobación, a través del Proveído N° 001683-2022-CG/VCIC, en su condición de órgano superior jerárquico del cual depende el órgano proponente; Que, de acuerdo a lo señalado por la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, a través de la Hoja Informativa N° 000197-2022-CG/NORM, resulta jurídicamente viable dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 206-2020-CG que aprobó la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias”, y emitir el nuevo marco normativo que regule el servicio relacionado de gestión de denuncias. Asimismo, de conformidad con lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, mediante Hoja Informativa N° 000236-2022-CG/GJNC, en su condición de órgano de asesoramiento encargado de supervisar la revisión y visar los proyectos de resolución a ser suscritos por la Alta Dirección, puestos a su consideración, conforme a lo dispuesto en el literal k) del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones; resulta jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría que deje sin efecto la citada directiva y apruebe la directiva “Servicio de Gestión de Denuncias”; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 020-2022-CG/ GCSD “Servicio de Gestión de Denuncias”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 206-2020-CG que aprobó la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias”. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la RepúblicaDirectiva N° 020-2022-CG/GCSD “Servicio de Gestión de Denuncias” ÍNDICE 1. FINALIDAD 2. OBJETIVO 3. ALCANCE 4. SIGLAS Y REFERENCIAS 5. BASE NORMATIVA 6. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 Competencia de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional 6.2 Sistema Nacional de Denuncias (SINAD) 6.3 De la Denuncia 6.3.1 De fi nición de Denuncia 6.3.2 Modalidades de presentación de la denuncia 6.3.3 Requisitos para la presentación de la denuncia 6.4 De los derechos y deberes de los denunciantes 6.4.1 Derechos del Denunciante 6.4.2 Deberes del Denunciante 6.5 Reserva de la identidad del denunciante y del contenido de la denuncia 6.6 Alcance y naturaleza del Servicio de Gestión de Denuncias . 6.7 Responsabilidades del Titular, funcionarios y servidores públicos 6.8 Comunicación al denunciante 6.9 Denuncia maliciosa . 7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 7.1 Servicio de Gestión de Denuncias 7.1.1 Recepción de la denuncia 7.1.2 Evaluación de la denuncia 8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Absolución de consultas Segunda.- Medidas de protección y bene fi cios al denunciante en el marco de la Ley N° 29542 Tercera.- Denuncia autogenerada . Cuarta.- Noti fi cación electrónica . Quinta.- Seguimiento de las denuncias a nivel nacional 9. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Denuncias en Trámite Segunda.- Adecuación de herramientas informáticas . 1. FINALIDADLa presente Directiva tiene por fi nalidad promover la participación ciudadana en el control social mediante la gestión de las denuncias, evaluando las situaciones comunicadas, referidas a presuntos hechos irregulares ocurridos en las entidades sujetas a control. 2. OBJETIVORegular el servicio de gestión de denuncias por parte de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional. 3. ALCANCELas disposiciones de la presente Directiva, son aplicables a: - La ciudadanía en general. - Los funcionarios y servidores públicos, independientemente de su modalidad de contratación, cargo, nivel jerárquico o función que desarrollen en las entidades sujetas a control por el Sistema Nacional de