NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Jueves 22 de setiembre de 2022 El Peruano / En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones4 (en adelante, Reglamento) 1.6. El artículo 16 contempla lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación […] [resaltado agregado]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El 3 de junio de 2022, el señor alcalde solicitó ante el Concejo Distrital de Pueblo Nuevo una licencia sin goce de haber, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. En el Acuerdo de Concejo Nº 017-2022-MDPN del 22 de julio de 2022, se aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde, la que debe efectivizarse en el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.1.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.5.), resulta procedente convocar a don Santos Adilmer Reyes Gómez, identi fi cado con DNI Nº 19031249, primer regidor del mencionado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la referida municipalidad por el periodo del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. Asimismo, se convoca a don Francisco García Julca, identi fi cado con DNI Nº 19241751, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del concejo mencionado por el mismo periodo, esto es, del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, del 25 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Segundo Alberto Aguirre Calderón, alcalde del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén y departamento de La Libertad, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.2. CONVOCAR a don Santos Adilmer Reyes Gómez, identi fi cado con DNI Nº 19031249, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Francisco García Julca, identi fi cado con DNI Nº 19241751, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2107773-1 Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 2889-2022-JNE Expediente Nº JNE. 2022074529 GUADALUPE - PACASMAYO - LA LIBERTAD LICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de agosto de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 335-2022-MDG/A, recibido el 16 de agosto de 2022, mediante el cual don Benjamín Javier Banda Abanto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Guadalupe (en adelante, señor recurrente), comunicó la licencia concedida a don Luis Ángel Gabriel Pichen, regidor del concejo de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. Con fecha 8 de junio de 2022, el señor regidor solicitó licencia sin goce de haber a fi n de participar como candidato en las ERM 2022. 1.2. A través del Acuerdo de Concejo N° 044-2022- MDG del 15 de agosto de 2022, se aprobó la licencia sin goce de haber a favor del señor regidor por el periodo del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022.