NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 144
TEXTO PAGINA: 130
130 NORMAS LEGALES Sábado 24 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, mediante el O fi cio N° 980-2021-ML-IMP-DE de 21 de octubre del 2021, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP remite el Informe N° 034-21-MML- IMP-DE/DGPT con el cual concluye que, los propietarios y responsables de la propuesta de Plan Especí fi co “Hacienda Monterrico Grande”, el cual, incluye la modi fi cación de Comercio Vecinal (CV) a Zona de Reglamentación Especial (ZRE) del Plano de Zoni fi cación de Usos del suelo del Distrito de la Molina actualizado con la Ordenanza N° 1661, del Lote Acumulado del 1 al 40 y Lote 41 de la Manzana K, Urbanización Santa Raquel, Primera Etapa Zona Este – Sector B, Distrito de La Molina, con un área de 7,347.66m2 inscritos en las partidas electrónicas N° 14168612 y 12141487; han subsanado las observaciones formuladas, por lo que, resulta conforme, para la prosecución del procedimiento administrativo establecido en el Artículo 25 de la Ordenanza N° 1862; con la cual, fue remitida a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, para continuar con el proceso de aprobación; Que, estando a lo señalado en los Considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 136-2021-MML-CMDUVN de 25 de agosto de 2021; por el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESPECÍFICO “HACIENDA MONTERRICO GRANDE” EN EL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo 1.- Aprobar el Plan Especí fi co “Hacienda Monterrico Grande”, ubicado en el Lote Acumulado del 1 al 40 y Lote 41 de la Manzana K, Urbanización Santa Raquel, Primera Etapa Zona Este – Sector B, Distrito de La Molina, con un área de 7,347.66m2 inscritos en las partidas electrónicas N° 14168612 y 12141487, de propiedad del señor Eduardo Salkeld Meiggs y otros copropietarios, solicitado a través del expediente N° 1879-19-IMP. Artículo 2.- Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del Distrito de La Molina, actualizado con la Ordenanza N° 1661, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de marzo del 2013, de Comercio Vecinal (CV) a Zona de Reglamentación Especial (ZRE) para el inmueble descrito en el Artículo 1, conforme al Anexo N° 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Aprobar el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios, así como, el Índice de Usos para la ubicación de las actividades urbanas del Plan Especí fi co formulado en el Artículo 1, conforme a los anexos N° 2 y N° 3 que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 4.- Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Molina, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluidos los anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. Artículo 6.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo aprobadas en la presente Ordenanza. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2108581-1MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Ordenanza de Regularización y Saneamiento Tributario - RESTRI ORDENANZA Nº 579-2022-MDB Barranco, 15 de septiembre de 2022 ORDENANZA DE REGULARIZACION Y SANEAMIENTO TRIBUTARIO – RESTRI POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTOS:El Informe Nº 047-2022-GAT-MDB emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 318-2022-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 815-2022-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 039-2022-MDB/COAJyEAP emitido por la Comisión Conjunta de Asuntos Jurídicos y Economía, Administración y Planeamiento de la Municipalidad Distrital de Barranco; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las leyes Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico dentro de su circunscripción; Que, numeral 8 del artículo 9º de la norma mencionada establece como atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo en su numeral 9 señala que son atribuciones del consejo Municipal, crear, modi fi car, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, el artículo 195º de la Constitución, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que los gobiernos locales mediante ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Gerencia de Administración Tributaria pone a consideración el proyecto de ordenanza de “Regularización y Saneamiento Tributario - RESTRI” que establece bene fi cios e incentivos para la regularización de la deuda tributaria en el distrito de barranco, que nace con la fi nalidad de diseñar instrumentos técnicos normativos facilitadores para los vecinos y contribuyentes del Distrito de Barranco, que vienen atravesando situaciones económicas de salud, y laborales, que hacen di fi cultoso el cumplimiento de sus obligaciones tributarias oportunamente, aunado al clima de incertidumbre política y social del país, que