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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Sábado 24 de setiembre de 2022 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba el Plan Específico “Hacienda Monterrico Grande” en el distrito de La Molina (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° D001212-2022-MML-SGC, recibido el 22 de setiembre de 2022) ORDENANZA N° 2413-2021 Lima, 16 diciembre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 195 de la Constitución Política del Perú, la Municipalidad Metropolitana de Lima es competente para plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zoni fi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, la Ordenanza Nº 1862, publicada en el diario Ofi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, que regula el proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial – Urbano del Área Metropolitana de Lima, establece en su Artículo 20, el procedimiento de Aprobación del Reajuste Integral de Zoni fi cación y los Planos de Zoni fi cación Distrital; Que, con Ordenanza N° 2288 publicada en el diario ofi cial El Peruano el 17 de enero de 2021, se modi fi có, entre otros aspectos, el procedimiento de aprobación de las solicitudes de Plan Especí fi co regulado por la Ordenanza 1862; Que, mediante el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, se regulan los procedimientos técnicos que siguen los gobiernos locales a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano de sus circunscripciones; establece el contenido y forma de aprobación del Planeamiento Integral de un predio rústico no contenido en el Plan de Desarrollo Urbano, sobre el cual se evalúa la presente solicitud; Que, mediante expediente N° 1879-19-IMP, el señor Eduardo Salkeld Meiggs y otros, propietarios de los inmuebles denominados Lote Acumulado del 1 al 40 y Lote 41 de la Manzana K, Urbanización Santa Raquel, Primera Etapa Zona Este – Sector B, Distrito de La Molina, con un área de 7,347.66m2 inscritos en las partidas electrónicas N° 14168612 y N° 12141487, solicitan la aprobación de la Propuesta de Plan Especí fi co “Hacienda Monterrico Grande”, el cual, incluye la modi fi cación de Comercio (CV) a Zona de Reglamentación Especial (ZRE) del Plano de Zoni fi cación de Usos del suelo del Distrito de La Molina actualizado con la Ordenanza N° 1661; en el marco establecido por el Artículo 23 de la Ordenanza N° 1862; Que, con Informe N° 0021-20-MML-IMP-DE/DGVT- MCA de 17 de enero del 2020, la Dirección General de Vialidad y Transporte del Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP, considera que se necesita mayor información con relación al proyecto a desarrollar, sobre los ingresos y salidas de vehículos ya que el único frente hacia la Avenida Constructores es de reducida dimensión, que existe congestión vehicular en hora punta en la Av. Constructores en el tramo comprendido por la Av. Flora Tristán - Los Ingenieros, y trá fi co mucho más lento del habitual. De acuerdo a la propuesta de uso, deberán adecuarse las vías metropolitanas y locales según el RNE. La propuesta vial debe considerar como un futuro mediato la zoni fi cación aprobada a efectos de estimar una demanda probable producto de esta modi fi cación, ámbito de in fl uencia, transporte publico autorizado, volúmenes vehiculares en todas las vías del sector; Que, mediante correo electrónico de 12 de agosto 2020 se dio inició a la exhibición pública en la página web institucional del Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP, conforme lo establece la Ordenanza N° 1862, cumpliéndose como fecha límite el día jueves 10 de octubre del 2020, habiéndose cumplido con dicho plazo sin recibir observaciones y recomendaciones al citado Plan Especí fi co, por lo que se procedió a elaborar el informe técnico correspondiente; Que, mediante O fi cio N° 043-2020-MDLM-GDU de 18 de setiembre del 2020, la Municipalidad Distrital de La Molina, remitió el Informe N° 311-2020-MDLM-GDU-SHUPUC de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro, unidad orgánica competente, conteniendo la evaluación del citado Plan Especí fi co, con el cual concluye que técnicamente no resulta viable, mientras no se ejecuten los grandes proyectos de movilidad urbana (Líneas 2 y 4 del Metro de Lima) y las obras viales priorizadas por la Municipalidad Distrital de La Molina, difícilmente se podría intensi fi car esta zona, con la ubicación de proyectos que generen hitos importantes y provoquen mayor demanda inmobiliaria; Que, mediante Carta s/n de 30 de octubre del 2020, el señor Ramón Chehade Herrera identi fi cado con CAL N° 24823 en representación de los propietarios del citado inmueble, remite el levantamiento de las observaciones formuladas en el Informe N° 034-2020-MML-IMP-DE/DGPT de 16 de octubre del 2020, de la Dirección General del Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP. De igual modo, mediante Carta s/n de 11 de marzo del 2021 el citad representante , precisa que luego de sostener diversas reuniones con los funcionarios de la Municipalidad Distrital de La Molina, respecto a la propuesta de alturas edi fi catorias y posibles impactos viales que el proyecto podría generar en el entorno urbano, decidieron modi fi car la solicitud original, tomando en consideración seis (06) modi fi caciones puntuales en la aplicación de parámetros urbanísticos y edi fi catorios sobre el predio y doce (12) lineamientos de índole vial, con el propósito de mitigarlos y disminuir cualquier incidencia en las urbanizaciones colindantes a la propuesta. De esta manera, solicita remitir a la Municipalidad Distrital de La Molina, lo propuesto, así como acogerse a las disposiciones y alcances contenidos en la Ordenanza N° 2288, para la prosecución del trámite correspondiente, ante el Concejo Metropolitano de Lima;