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20 NORMAS LEGALES Jueves 27 de abril de 2023 El Peruano / Presupuesto Inicial de Apertura - PIA del Sector Energía y Minas, para el año 2023, dentro del cual se encuentra el presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electri fi cación Rural asignados mediante Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 por la suma de S/ 533 997 053,00 (Quinientos Treinta y Tres Millones Novecientos Noventa y Siete Mil Cincuenta y Tres y 00/100 Soles); Que, la Décima Disposición Complementaria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, en adelante Ley Nº 31358, dispone que, para la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles), son objetos de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, establece que, para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de la citada ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, de conformidad con lo dispuesto en el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que, cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053.Control Concurrente”, en la Finalidad “0348747.Control Concurrente” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. a Otras Unidades del Gobierno Nacional”; ello, va acorde con lo establecido en el numeral 7.3 de la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas de expansión del control concurrente”, aprobada a través de la Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 139-2023-CG; Que, mediante los O fi cios Nº 000131-2023-CG/SGE, Nº 000734-2023-CG/SGE y Nº 000739-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República comunica que se han priorizados diversas inversiones a cargo del Ministerio de Energía y Minas, cuyo costo de inversión durante su horizonte de ejecución se encuentra en el rango de cinco (05) a diez (10) millones de soles, por lo que solicita efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, así como disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia fi nanciera para los servicios de control concurrente de diez (10) proyectos de inversión de electri fi cación rural hasta por la suma de S/ 1 017 836,50 (Un Millón diecisiete mil ochocientos treinta y seis y 50/100 soles); Que, mediante Informe Nº 005-2023-MINEM/DGER/ JAF-PYF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable para que se realice la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para fi nanciar el control concurrente de diez (10) proyectos de inversión de electri fi cación rural hasta por la suma de S/ 1 017 836,50 (Un Millón diecisiete mil ochocientos treinta y seis y 50/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, adjuntando las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 00375, Nº 00376, Nº 00377, Nº 00378, Nº 00379, Nº 00380, Nº 00381, Nº 00382, Nº 00383 y Nº 00384-2023-MINEM/DGER- para efectuar la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República; Que, mediante el Informe Nº 131-2023-MINEM/ DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural señala que corresponde realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente; Que, con Informe Nº 128-2023-MINEM/OGPP-OPPIC, la Ofi cina de Planeamiento, Programación de inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que los diez (10) Proyectos de Inversión considerados en la solicitud de transferencia de recursos de la Contraloría General de la República se ha veri fi cado en el Aplicativo del Banco de Inversiones, así como en el Sistema de Seguimiento de Inversiones y en el PMI del Sector; Que, mediante Informe Nº 093-2023-MINEM-OGPP/ OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto opina que es técnicamente factible, desde el punto de vista presupuestal, efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, por el importe de S/ 1 017 836,50 (Un Millón diecisiete mil ochocientos treinta y seis y 50/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para habilitar recursos a los diez (10) proyectos de inversión de electri fi cación rural; Que, mediante Informe Nº 456-2023/MINEM-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 1 017 836,50 (Un Millón diecisiete mil ochocientos treinta y seis y 50/100 soles), para fi nanciar las acciones de control concurrente de los diez (10) proyectos de inversión de electri fi cación rural, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1440, el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a fi n de fi nanciar los servicios de control concurrente hasta por el monto de S/ 1 017 836,50 (Un Millón diecisiete mil ochocientos treinta y seis y 50/100 soles). Artículo 2.- La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electri fi cación Rural asignado mediante Ley N° 31365, acción de inversión 6000053 Control concurrente, Fuente de Financiamiento 5: Recursos Determinados, Gastos de capital 2.4: Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO NACIONAL PLIEGO : 016 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASFUNCIÓN : 12 ENERGÍAPROGRAMA FUNCIONAL : 028 ENERGÍA ELÈCTRICASUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0057 DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÈCTRICA UNIDAD EJECUTORA : 005 DIRECCIÓN GENERAL DE ELECTRIFICACIÓN RURAL PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 ACCESO Y USO DE LA ELECTRIFICACIÓN RURAL